Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2012 (23/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, martes 23 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

476989

Visto, el expediente N° 12-080850-001 que contiene el Oficio N° 275-2012-MIMP/DM; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 6° de la Ley N° 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, dispone que el Ministerio de Salud, en ejercicio de su rol rector, tiene la responsabilidad de establecer de manera descentralizada y participativa las normas y las politicas relacionadas con la promocion, la implementacion y el fortalecimiento del aseguramiento universal en salud; Que, asimismo, mediante el articulo 9° de la citada Ley se creo la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA sobre la base de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud SEPS, como Organismo Publico Tecnico Especializado adscrito al Ministerio de Salud, con autonomia tecnica funcional, administrativa, economica y financiera y encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular a las instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud, asi como supervisar a las instituciones prestadoras de servicios en salud en el ambito de su competencia; Que, el articulo 36° del Reglamento de la ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2010-SA, establece que el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA estara integrado por cinco miembros, entre ellos, un representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; siendo que los mismos deben ser designados por Resolucion Suprema; Que, con Resolucion Suprema N° 020-2010-SA se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, en representacion del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, a traves del Decreto Legislativo Nº 1098, se aprobo la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el cual constituye un organismo del Poder Ejecutivo, rector en las politicas nacionales y sectoriales sobre mujer y promocion y proteccion de las poblaciones vulnerables; Que, mediante comunicacion de fecha 25 de MORDAZA de 2011, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha formulado renuncia como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA; Que, a traves del Oficio del visto, la senora Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, solicita aceptar la renuncia formulada por el profesional MORDAZA citado y propone que se designe a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante de su Sector, ante el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA; Que, en tal sentido, resulta conveniente aceptar la renuncia formulada por el citado profesional, asi como emitir el acto mediante el cual se designa al MORDAZA representante; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, en el Decreto Supremo N° 008-2010-SA, Reglamento de la Ley N° 29344 y en la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, en representacion del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, en representacion del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 856767-4

VIVIENDA
Establecen monto correspondiente a la asignacion de recursos para proyecto de inversion publica en la provincia de MORDAZA, departamento de Ica
RESOLUCION MINISTERIAL N° 223-2012-VIVIENDA MORDAZA, 22 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, el articulo 4 de la Ley Nº 29800, Ley que promueve la intervencion de las entidades de los Gobiernos Nacional, Regional y Local en las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007, establece que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento prioriza los proyectos que se ejecutan en el MORDAZA de dicha Ley; Que, mediante el Decreto Supremo N° 006-2012VIVIENDA, se aprobo la priorizacion de los Proyectos de Inversion Publica conforme el orden establecido en el Anexo que forma parte integrante del citado Decreto Supremo; Que, el articulo 3 del referido Decreto Supremo, dispone que mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento se estableceran los montos correspondientes a la asignacion de recursos que la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas efectuara a favor de las entidades ejecutoras que lo soliciten, para el financiamiento de los Proyectos de Inversion Publica que MORDAZA priorizados; Que, el Anexo del Decreto Supremo N° 006-2012VIVIENDA, considera al Proyecto de Inversion Publica: "Construccion de Pistas y Veredas y Areas Verdes del Sector Los Bambinos del PPJJ San MORDAZA Grupo N° 01, distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA - Ica", con Codigo SNIP N° 180047; Que, mediante Informe N°175-2012-VIVIENDA/ VMVU-PMIB, de fecha 14 de setiembre de 2012, se emitio el Informe sobre Asignacion de Recursos para el indicado Proyecto de Inversion Publica; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el monto correspondiente al Proyecto de Inversion Publica MORDAZA descrito; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Establecer el monto correspondiente a la asignacion de recursos que la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas efectuara con cargo a los saldos del Fondo para la Reconstruccion - Sismo del 15 de agosto de 2007, creado mediante el Decreto de Urgencia N° 026-2007, hasta cubrir la disponibilidad de recursos, del siguiente proyecto: