Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2012 (23/06/2012)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

468889

- Escuela Academico Profesional de Ciencia Politica y Gobernabilidad. Articulo 2º.- Aprobar, en virtud a que se ha cumplido con los requisitos establecidos en los articulos 23º, 24º y los incisos e) y f) del articulo 92º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, la creacion de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de una (01) Sede y dos (02) Subsedes de Facultades y sus correspondientes Escuelas Academico Profesionales en los distritos de Haquira y Tambobamba, provincia de Cotabambas del departamento de MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle: · Sede en el Distrito de Tambobamba: FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL - Escuela Academico Profesional de Ingenieria Civil · Sub Sede en el Distrito de Tambobamba: FACULTAD DE ADMINISTRACION -,Escuela Academico Profesional de Administracion de Empresas. · Sub Sede en el Distrito de Haquira: FACULTAD DE INGENIERIA DE MINAS - Escuela Academico Profesional de Ingenieria de Minas Articulo 3º.- Registrar en los archivos pertinentes de la Asamblea Nacional de Rectores lo dispuesto en la presente resolucion y transcribirla a la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion, asi como a la Direccion de Carnes Universitarios y la Unidad de Registro Nacional de MORDAZA y Titulos de la Asamblea Nacional de Rectores, para los fines que dispone la Ley. Articulo 4º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la Asamblea Nacional de Rectores. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 805747-1

Aprueban percepciones economicas de miembros del Comite Electoral Externo de la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA de Ica
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 0641-2012-ANR MORDAZA, 6 de junio de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 90º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, los Rectores de las universidades publicas y privadas constituyen la Asamblea Nacional de Rectores, cuyos fines son el estudio, la coordinacion y orientacion de las actividades universitarias del pais; asi como velar por la institucionalidad y autonomia universitaria;

Que, la Ley Nº 26490, ampliada por Ley Nº 27602, ha establecido como una atribucion de la Asamblea Nacional de Rectores intervenir universidades publicas y privadas ante graves irregularidades academicas, administrativas, normativas y economicas; Que, mediante Resolucion Nº 0898-2002-ANR, de fecha 22 de noviembre de 2002, se aprobo el Reglamento de las precitadas Leyes Nº 26490 y Nº 27602, el mismo cuyo articulo 30º establece que el presupuesto necesario para el cumplimiento de las medidas de intervencion es aprobado por el Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores e incluye las dietas, honorarios, remuneraciones y demas gastos que correspondan, precisandose que todo gastos en que incurra la Asamblea Nacional de Rectores al ejecutar cualquier modalidad de intervencion es asumido integramente por la Universidad objeto de la misma; Que, dentro del precitado MORDAZA legal, mediante Resolucion Nº 1365-2011-ANR, de fecha 25 de noviembre de 2011, se declaro en conflicto de gobernabilidad a la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA de Ica y se conformo una Comision de Orden y Gestion para la mencionada universidad, otorgandole el plazo de noventa (90) dias para que subsane las indicadas irregularidades y restituya la gobernabilidad universitaria; plazo MORDAZA por ciento veinte (120) dias mediante Resolucion Nº 01782012-ANR, de fecha 27 de febrero de 2012; Que, asimismo, mediante Resolucion Nº 0506-2012ANR, de fecha 07 de MORDAZA de 2012, se conformo el Comite Electoral Externo para la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA de Ica, con las atribuciones previstas en el articulo 39º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, a fin de organizar y conducir el procesos electoral que permita conformar la Asamblea Universitaria, Consejo Universitario y los Consejos de Facultad mediante la eleccion de representantes docentes y estudiantiles, asi como la eleccion de Decanos de las respectivas facultades, Rector y Vicerrectores dentro del plazo establecido para la Comision de Orden y Gestion; Que, mediante oficio de vistos, el Presidente de la Comision de Orden y Gestion de la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA de Ica solicita a la Asamblea Nacional de Rectores se precise los haberes de los integrantes del referido Comite Electoral Externo; Que, los miembros del referido Comite Electoral Externo son reconocidos docentes universitarios y destacados profesionales que tienen que desplazarse desde sus ciudades de residencia para radicar temporalmente en la MORDAZA de Ica, con la finalidad de cumplir con la labor encomendada por la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboracion de una resolucion por la que se apruebe las percepciones economicas de los miembros del Comite Electoral Externo de la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA de Ica, designado mediante Resolucion Nº 0506-2012-ANR; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las percepciones economicas de los miembros del Comite Electoral Externo de la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA de Ica, integrada por el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la preside, Mag. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Mag. MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, conforme al siguiente detalle: · Presidente S/. 10 000,00 mensuales · 1er Miembro S/. 9 500,00 mensuales · 2do Miembro S/. 9 500,00 mensuales Articulo 2º.- Precisar que las percepciones economicas aprobados por la presente resolucion, asi como los gastos de vivienda y alimentacion de los