Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2012 (23/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

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Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 805784-2

Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 805784-3

Designan representante de la Autoridad Maritima Nacional ante el Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua
RESOLUCION SUPREMA Nº 188-2012-PCM MORDAZA, 22 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hidricos, crea el Sistema Nacional de Gestion de los Recursos Hidricos con el objeto de articular el accionar del Estado, para conducir los procesos de gestion integrada y de conservacion de los recursos hidricos en los ambitos de cuencas, de los ecosistemas que lo conforman y de los bienes asociados; asi como, para establecer espacios de coordinacion y concertacion entre las entidades de la administracion publica y los actores involucrados en dicha gestion; Que, el articulo 14º de la Ley MORDAZA acotada establece que la Autoridad Nacional del Agua es el ente rector y la MORDAZA autoridad tecnico-normativa del Sistema Nacional de Gestion de los Recursos Hidricos, responsable del funcionamiento de dicho sistema; Que, asimismo, el articulo 19º del dispositivo legal MORDAZA invocado preve que el Consejo Directivo es la MORDAZA instancia de la Autoridad Nacional del Agua, el cual estara conformado, entre otros, por un representante de la Autoridad Maritima Nacional, quien sera designado mediante Resolucion Suprema de la Presidencia del Consejo de Ministros, considerando como requisito que el designado sea un funcionario del mas alto nivel con rango de director general o similar; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, se aprobo el Reglamento de la acotada Ley, el cual en el numeral 1.4 del articulo 1º, establece que el mismo es de aplicacion, en lo que corresponda a aquellas entidades con competencia sobre el agua maritima, las que se rigen por su legislacion especial siempre que no se oponga a las disposiciones de la citada Ley; Que, asimismo, el literal j) del numeral 10.1 del articulo 10º del citado Reglamento, dispone que la Autoridad Maritima del Peru es miembro integrante del Sistema Nacional de Gestion de Recursos Hidricos; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 210-2012DE/MGP, de fecha 21 de MORDAZA de 2012, se designo al Vicealmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA Deville Del MORDAZA, como Director General de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Peru; en consecuencia, en su condicion de representante de la Autoridad Maritima Nacional, funcionalmente le asiste el cargo de miembro del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29338 - Ley de Recursos Hidricos; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al Vicealmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA Deville Del MORDAZA, Director General de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Peru como representante de la Autoridad Maritima Nacional ante el Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua.

Crean Comision Sectorial con el objeto de estudiar, evaluar y analizar la estructura, funcionamiento y reorganizacion del CONCYTEC
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 146-2012-PCM MORDAZA, 21 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 067-2012-PCM, publicado el 16 de junio de 2012, se adscribio el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica - CONCYTEC a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la Primera Disposicion Complementaria de la precitada MORDAZA otorga el plazo de 5 (cinco) dias habiles, contado a partir de la vigencia del Decreto Supremo MORDAZA invocado, para la creacion de una Comision Sectorial de naturaleza temporal que tenga por objeto el estudio, evaluacion y analisis sobre la estructura, funcionamiento y reorganizacion del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica - CONCYTEC; Que, el numeral 1 del articulo 36 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que las comisiones sectoriales son de naturaleza temporal, creadas con fines especificos para cumplir funciones de fiscalizacion, propuesta o emision de informes tecnicos. Se crean formalmente por resolucion ministerial del titular a cuyo ambito de competencia corresponden; Que, en este contexto, corresponde crear la Comision Sectorial de naturaleza temporal mencionada en los considerandos precedentes, conforme lo establece la Primera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo N° 067-2012-PCM; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo Nº 067-2012-PCM, que adscribe el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica - CONCYTEC a la Presidencia del Consejo de Ministros; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Creacion y objeto de la Comision Sectorial de Naturaleza Temporal Crease la Comision Sectorial de naturaleza temporal con el objeto de estudiar, evaluar y analizar sobre la estructura, funcionamiento y reorganizacion del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica - CONCYTEC, conforme lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 067-2012-PCM; adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 2º.- Conformacion de la Comision Sectorial de naturaleza temporal La Comision Sectorial de naturaleza temporal estara conformada por: - Dos (2) representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros, uno de los cuales lo presidira; y, - Un (1) representante del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica - CONCYTEC.