Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2012 (23/06/2012)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

468864

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de junio de 2012

Marcas), ubicada en el departamento de Huancavelica, constituye una Ruta Departamental o Regional; Que, con Oficios Nºs. 84-2012/GOB.REG.-HVCA/ GGR y 170-2012/GOB.REG.-HVCA/PR de fechas 13 de marzo y 16 de MORDAZA de 2012, el Gobierno Regional de Huancavelica solicito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en adelante el MTC, la reclasificacion definitiva de la Ruta Departamental o Regional Nº HV105 como Ruta Nacional, al MORDAZA del Reglamento de Jerarquizacion Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC y su modificatoria, en adelante el Reglamento, por cuanto dicha via interconecta los principales centros de produccion agropecuarios e hidrobiologicos, lo que permitira incrementar el desarrollo socio economico de la zona; Que, mediante Memorandum Nº 1225-2012-MTC/20 de fecha 09 de MORDAZA de 2012; el Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - Provias Nacional, opino favorablemente respecto de la reclasificacion definitiva de la citada Ruta Departamental o Regional como Ruta Nacional; Que, con Informe Nº 226-2012-MTC/14.07 de fecha 16 de MORDAZA de 2012; la Direccion de Caminos de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, considera procedente la reclasificacion de la Ruta Departamental o Regional Nº HV-105, como Ruta Nacional, puesto que al interconectar la referida carretera los principales centros de produccion con los principales centros de consumo, reune los criterios de jerarquizacion vial contenidos en el articulo 8 del Reglamento, y a efectos de posibilitar la intervencion del Provias Nacional en la citada via; Que, mediante Memorandum Nos. 1566-2012-MTC/14 y 1811-2012-MTC/14 de fechas 16 de MORDAZA y 06 de junio de 2012; el Director General de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles en merito del Informe Nº 2262012-MTC/14.07 de la Direccion de Caminos, senalo que resulta procedente la reclasificacion de la ruta solicitada por el Gobierno Regional de Huancavelica, asignandosele el Codigo Nº PE-3S M; Que, de acuerdo con los numerales 6.1 y 6.2 del articulo 6 del Reglamento, el Gobierno Nacional como ente normativo, es la autoridad competente para la jerarquizacion del Sistema Nacional de Carreteras; y, las autoridades competentes para la aplicacion del Reglamento, son el MTC, por el Gobierno Nacional; los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, de conformidad con los niveles de Gobierno que corresponden a la organizacion del Estado; Que, de conformidad con el numeral 10.2 del articulo 10 del Reglamento, las autoridades competentes MORDAZA citadas, podran proponer de comun acuerdo la reclasificacion de las carreteras de cualquiera de las Redes Viales del Sistema Nacional de Carreteras SINAC, ubicadas en el ambito de su jurisdiccion, con el correspondiente sustento tecnico y en concordancia con los criterios senalados en el articulo 8 del Reglamento, la cual sera aprobada por el MTC mediante Resolucion Ministerial e incorporada al Clasificador de Rutas y al Registro Nacional de Carreteras - RENAC; Que, ademas, el articulo 9 del Reglamento, dispone que corresponde al MTC, a traves de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, efectuar la Clasificacion de las Carreteras que conforman el Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, en aplicacion de los criterios establecidos en el articulo 8 del Reglamento considerando para tales efectos, la informacion que proporcionen las autoridades competentes a que se refiere el articulo 6 del Reglamento; Que, en consecuencia, estando a lo opinado por el Provias Nacional y la Direccion de Caminos de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles; y a lo solicitado por el Gobierno Regional de Huancavelica, resulta procedente reclasificar la jerarquia de la Ruta Departamental o Regional Nº HV-105 ubicada en el departamento de Huancavelica, como Ruta Nacional, asignandosele el Codigo Nº PE-3S M; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 017-2007-MTC, Nº 006-2009-MTC y Nº 036-2011-MTC, asi como el Decreto Supremo Nº 0212007-MTC;

Articulo Unico.- Reclasificar la jerarquia de la Ruta Departamental o Regional Nº HV-105 de Trayectoria: Emp. PE-3S (Mcal. MORDAZA La Mejorada) - Jullpacancha - Piscomarca - Molinos Paccho - cruza HV-106 - Dv. MORDAZA - Dv. Andabamba - Calzada - Tororumi Acobamba - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA - Emp. PE-3S (Dv. Marcas), ubicada en el departamento de Huancavelica, como Ruta Nacional, asignandosele el Codigo Nº PE-3S M. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 804643-1

Autorizan viajes de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a Costa Rica, MORDAZA y EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 316-2012 MTC/02 MORDAZA, 18 de junio de 2012 VISTOS: El Informe Nº 206-2012-MTC/12.07 emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe Nº 110-2012-MTC/12.07 emitido por la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, senala que la autorizacion de viajes al exterior de las personas que viajen en representacion del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Publico, se otorgara mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, la empresa Trans American Air Lines S.A. ha presentado ante la autoridad aeronautica civil, su solicitud para ser atendida durante el mes de junio de 2012, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA de los Procedimientos Nºs. 10, 12 y 16 correspondientes a la Direccion General de Aeronautica Civil, previstos en el