Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2011 (04/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, y lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1095; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizacion de Intervencion de las Fuerzas Armadas Autorizase la intervencion de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policia Nacional del Peru, del 5 de noviembre al 4 de diciembre del 2011, a fin de garantizar el normal funcionamiento de los servicios publicos esenciales, en establecimientos publicos y privados; servicios de agua, luz, aeropuertos, vias de acceso, entre otros, en las provincias del MORDAZA, Tambopata y Tahuamanu del Departamento de MORDAZA de MORDAZA para prevenir los actos de violencia que pudieran suscitarse por las intervenciones contra la mineria ilegal. Articulo 2º.- De la actuacion de las Fuerzas Armadas 2.1. La actuacion de las Fuerzas Armadas constituira una tarea de apoyo a la mision de la Policia Nacional del Peru y no releva la activa participacion de esta. El control del orden interno permanece en todo momento a cargo de la Policia Nacional del Peru. 2.2. La actuacion de las Fuerzas Armadas estara dirigida a contribuir y garantizar el funcionamiento de los servicios publicos esenciales y resguardar puntos criticos vitales para el normal desarrollo de las actividades de la poblacion afectada, facilitando de este modo que los efectivos de la Policia Nacional del Peru concentren su accionar en el control del orden publico y la interaccion con la poblacion del departamento a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion Suprema.

Articulo 3º.- De la Intervencion de las Fuerzas Armadas La intervencion de las Fuerzas Armadas se efectuara conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1095, que establece las Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, debiendo el Ministro de Defensa aprobar la Directiva especifica para la intervencion de las Fuerzas Armadas, formulada por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Articulo 4°.- Estado de Derecho La intervencion de las Fuerzas Armadas, conforme a la presente Resolucion Suprema, no implica en modo alguno la restriccion, suspension ni afectacion de los derechos fundamentales consagrados en la Constitucion Politica del Peru, las leyes y los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos de los que el Peru es parte. Articulo 5º.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA VALDES DANCUART Ministro del Interior 712673-1

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION