Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2011 (04/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de noviembre de 2011

Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3005-2011MTC/15 de fecha 11 de agosto de 2011, se autorizo a la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES EL VOLANTE S.A.C., en adelante La Escuela, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en la MORDAZA de MORDAZA, a fin de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, asi como la formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoria II y III y Clase B Categoria II-c; Que, mediante Parte Diario Nº 109577 de fecha 19 de septiembre de 2011, La Escuela solicita autorizacion para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I; Que, la Octava Disposicion Complementaria Final del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0402008-MTC, en adelante El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, ademas de capacitar a los conductores de las clases A categoria II y III, podran impartir cursos de capacitacion a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento y cuenten con la autorizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el primer parrafo del articulo 61º del Reglamento dispone que procede la solicitud de modificacion de autorizacion de la Escuela de Conductores cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º de El Reglamento; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 6752011-MTC/15.03.EC.rgy, de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se procede a emitir el acto administrativo correspondiente; y, De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES EL VOLANTE S.A.C., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I, en los locales, con la plana docente y flota vehicular autorizados en la Resolucion Directoral Nº 3005-2011MTC/15. Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transportes Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - Sutran, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES EL VOLANTE S.A.C., los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 708886-1

Otorgan a la Escuela de Conductores Integrales E. MORDAZA Brevetes E.I.R.L. autorizacion para la variacion de ubicacion de circuito destinado a las practicas de manejo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3775-2011-MTC/15 MORDAZA, 5 de octubre de 2011 VISTOS: Los Expedientes Nºs. 2011-0013005 y 2011-0014079 presentados por la empresa E. MORDAZA BREVETES E.I.R.L., solicitando la variacion de la ubicacion del circuito destinado a las practicas de manejo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 397-2011MTC/15 de fecha 03 de febrero de 2011, se otorgo autorizacion a la empresa E. MORDAZA BREVETES E.I.R.L., en adelante La Escuela, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en la MORDAZA de MORDAZA, a fin de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, asi como la formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoria II y III y mediante Resolucion Directoral Nº 1885-2011-MTC/15 de fecha 24 de MORDAZA de 2011, se autorizo a La Escuela para impartir los cursos de capacitacion para obtener licencia de conducir de la Clase A Categoria I; Que, mediante Expediente con Reg. SII. Nº 20110013005 de fecha 23 de agosto de 2011, solicita la variacion del domicilio del circuito destinado a las practicas de manejo, ubicado en Av. Los Ficus Mz. N-6, lote 6, Sector Los Huertos, distrito de Huanchaco, provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad; autorizada mediante Resolucion Directoral Nº 397-2011-MYC/15 de fecha 03 de febrero de 2011; Que, mediante Oficio Nº 7646-2011-MTC/15.03 de fecha 07 de setiembre de 2011, notificado el 10 de setiembre de 2011, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para lo cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, y con Expediente de Reg. SII. Nº 2011-0014079 de fecha 13 de setiembre de 2011, La Escuela, dentro del plazo legal, presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado anteriormente; Que, el articulo 60º del Reglamento Nacional de Licencias de conducir Vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, establece que la autorizacion como Escuela de Conductores, asi como su modificacion, suspension o caducidad, para surtir efectos juridicos seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento, dispone que procede la solicitud de modificacion de autorizacion de La Escuela de Conductores cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º de El Reglamento; Que, de la revision del expediente administrativo se advierte que La Escuela ha cumplido con presentar los requisitos documentales exigidos para la solicitud de autorizacion para variacion de domicilio del circuito destinado a las practicas de manejo, conforme a lo dispuesto en el articulo 51º en concordancia con el articulo 43º de El Reglamento; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la