Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2011 (04/11/2011)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

452761

los documentos y bienes a su cargo a su Jefe inmediato superior; disposicion a la que hizo caso omiso, dejando de asistir al centro de trabajo desde el 03 de setiembre 2010 por 4 meses, sin hacer entrega de los documentos en tramite, archivos, llaves y otros bienes de la entidad, ausentandose en forma intempestiva sin comunicar a su superior, demostrando desconocimiento de sus funciones, conducta funcional que ha dado lugar a la paralizacion de tramites administrativos y de problemas en el evento de la Parada Universitaria; razon por la cual, el dia 10 de setiembre 2010 las autoridades de la E.P. de Arte abrieron los archivadores y gavetas con el objeto de que no siga paralizado el tramite de documentos, levantandose el acta correspondiente, encontrandose entre otros documentos de postulantes al concurso de admision 2010 y un sobre MORDAZA de manila, el cual se abrio el dia 16 del mismo mes, sobre que contenia 163 recibos por concepto de pago de matriculas, no se encontro dinero, se levanto el acta correspondiente; Que, con la comision de los hechos expuestos el precitado servidor ha perjudicado el normal tramite de la documentacion de la E.P. de Arte, asi como, perjuicio economico al no poderse ejecutar dichos ingresos en el fin a que estaban destinados, incumpliendo asi sus obligaciones de servidor publico establecidas en el art. 21 del D. Leg. 276, incisos a), c) y d) concordante con el art. 127 del D.S. Nº 005-90-PCM; Que, el senor MORDAZA MORDAZA Malaga MORDAZA, ha sido notificado en forma personal sin que en el plazo de ley MORDAZA efectuado su descargo; Que, de los documentos que obran en el expediente se ha acreditado que el prenombrado servidor ha incurrido en la comision de la falta administrativa imputada, al estar acreditado que se ausento del centro de trabajo sin comunicar a sus superiores y sin hacer entrega de la documentacion a su cargo, llaves y otros bienes de propiedad de la Entidad, omision que dio lugar a la paralizacion de procedimientos administrativos; por otro lado, no cumplio hasta el dia de hoy con entregar los ingresos recaudados por concepto de matricula de la E.P. de Arte (S/. 1,630.00), reteniendo dicho dinero en su poder sin justificacion ni autorizacion alguna, conducta que ha causado perjuicio administrativo y economico a dicha Escuela Profesional, conforme se tiene del Informe de fecha 19 de agosto del 2011, emitido por el docente Lic. MORDAZA Madani MORDAZA, quien desempenaba el cargo de Director de Estudios de la E.P. de Arte en la fecha que ocurrieron los hechos observados, y OFICIO Nº 374-2011DE-EPA-FCS-UNA de fecha 23 de agosto del 2011 emitido por el Presidente de la Comision de Gobierno de la E.P. de Arte. Del Informe Escalafonario del mencionado servidor se tiene que ha sido sancionado en varias oportunidades por haber incurrido en falta administrativa disciplinaria, sin que MORDAZA corregido su conducta funcional; Que, en consecuencia se concluye que se ha acreditado en forma fehaciente que el trabajador nombrado de esta Universidad, don: MORDAZA MORDAZA MALAGA MORDAZA, ha incurrido en falta administrativa disciplinaria tipificada por los incisos a), d), e) y f) del art. 28 del Decreto Legislativo Nº 276, al haberse ausentado sin comunicar a superiores y sin hacer entrega de la documentacion a su cargo, llaves y otros bienes de propiedad de la Entidad y que requerian su tramite, paralizandose procedimientos administrativos, perjudicando el normal desarrollo de las actividades del organo donde labora, ademas de causar perjuicio economico a la Entidad al retener hasta la fecha los ingresos por concepto de matricula del ano academico 2010; Estando a la documentacion sustentatoria que forma parte de la presente Resolucion; acorde con la recomendacion formulada por la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios, conforme a lo establecido en el art. 170 del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; al INFORME Nº 467-2011-UNAPUNO/OGAJ de fecha 15-09-2011, emitido por la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En el MORDAZA de las atribuciones que la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto Universitario y la Resolucion de Asamblea Universitaria Nº 01-2010-AU-UNA, confieren al Despacho Rectoral de esta MORDAZA Superior de Estudios;

Articulo Primero.- IMPONER, la sancion administrativa disciplinaria de DESTITUCION al servidor administrativo nombrado de esta Universidad, don: MORDAZA MORDAZA MALAGA MORDAZA, por haberse acreditado que incurrio en la comision de falta administrativa disciplinaria tipificada por los incisos a), d), e) y f) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, sin perjuicio de las acciones civiles y/o penales que corresponda, por los fundamentos expresados en la parte considerativa de la presente Resolucion, en concordancia con el Informe de CPPAD. A. Articulo Segundo.El Vicerrectorado Administrativo, la Oficina de Recursos Humanos y demas dependencias correspondientes de la institucion, quedan encargados del cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 710848-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Reglamento para el Otorgamiento de Subvenciones Sociales por parte del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 147-AREQUIPA El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. En esa medida, verificada la normatividad nacional y regional que a la fecha regula el otorgamiento de subvenciones, se ha determinado la necesidad de articular las mismas sistematizando un Reglamento. Que, por estas consideraciones, al MORDAZA de lo regulado en la Ley 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, y, el MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 055AREQUIPA; SE ORDENA: Articulo 1º.- Aprobacion APROBAR el Reglamento para el Otorgamiento de Subvenciones Sociales por parte del Gobierno Regional de Arequipa; MORDAZA regional que consta de (01) Titulo, (08) Articulos y (02) Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales. Articulo 2º.- Vigencia La Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.