Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2011 (04/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES

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de 2009, a horas 12:45 horas, la Juez del Juzgado Mixto de MORDAZA, doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en compania de la Fiscal de la Provincia de MORDAZA, doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Fiscal Adjunto Provincial MORDAZA Lam Chong, la Administradora del Modulo Basico de MORDAZA y el Sub Oficial de Tercera de la Comisaria de MORDAZA se constituyeron al Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de MORDAZA a cargo del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la finalidad de realizar el citado operativo anticorrupcion, quien de manera espontanea reconocio haber recibido la suma de S/. 100.00 nuevos soles, habiendo entregado en el acto los billetes, los que al ser comparados con los fotocopiados obrantes a fojas 54 y 55 dio como resultado que cada uno de los billetes coincidian y concordaban con todos y cada uno de los billetes fotocopiados; Decimo.- Que, el 23 de octubre de 2009, a las 2:30 horas, el doctor MORDAZA MORDAZA presto su declaracion ante el representante del Ministerio Publico, siendo acompanado por su abogado defensor, ratificandose del Acta de Intervencion que le hiciera la Juez del Juzgado Mixto de MORDAZA, la Fiscal Provincial de MORDAZA y su Adjunto; Decimo Primero.- Que, asimismo, en dicha diligencia el doctor MORDAZA MORDAZA, ante la pregunta narre la forma y circunstancias en que sucedieron los hechos materia de la investigacion, senalo que " La primera semana de octubre del presente ano...en horas de la manana me encontraba en mi despacho, fue en esa circunstancia que ingresaron tres personas siendo MORDAZA Jans MORDAZA MORDAZA y el padre de este y otra persona que no conozco...en la cual me indica el senor MORDAZA Jans que habia adquirido un motocar y que como no tenia documentos personales dicha compra la hizo a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cunanay, por lo que en la actualidad este senor MORDAZA se ha apoderado de mi motocar, no obstante que sigo pagando las letras, solicitandole si tenia prueba de dicha compra, por lo que indica que no tenia documentos como podia hacer...en esa circunstancia aparece el senor Defensor de Oficio, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chong, en el cual le explico el problema y el me da una salida de que podia recibirle una denuncia verbal para llamar a las partes y asi solucionar dicho problema, es en esa circunstancia que todos se retiran manifestandome esta MORDAZA persona que lo conozco por sus apellidos y me dice que no me preocupe que me iba a reconocer, por la tarde regresan MORDAZA Jans MORDAZA, encontrandome afuera de mi despacho quien me entrega la suma de S/. 200.00 nuevos soles, posteriormente por disposicion superior me traslade el dia 10 de octubre de 2009 a la provincia de Contamana a cubrir las vacaciones del Juez de Paz Letrado de la Provincia, retornando el dia de ayer 22 del presente, siendo las 10:00 a.m llega el senor MORDAZA MORDAZA sugiriendome cuando me va a citar, por lo que le pregunto a mi secretario judicial senor Wilder MORDAZA MORDAZA que hay sobre la demanda del senor, el cual me refiere que recien este martes se va a notificar a las partes, regresando a mi despacho, por lo que aceptando dicha respuesta me entrega voluntariamente S/. 100.00 nuevos soles, retirandose raudamente..." ; Decimo Segundo.- Que, dicha declaracion guarda coherencia con la declaracion prestada por el doctor MORDAZA MORDAZA ante el Consejo Nacional de la Magistratura, quien, ante la pregunta como es que llega a su despacho el denunciante a partir del 2 de octubre de 2009, manifesto que " El problema era la titularidad de la moto que no estaba a nombre del denunciante, habiendole dicho el defensor de oficio que puede hacer una demanda para eventualmente buscar una conciliacion... y le hizo el documento y fue ingresado al Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y dispuso que lo recibiera el secretario, se habia comprometido a resolver el conflicto solamente citandolo a conciliacion. .. en un primer momento cuando recien hablaron con el denunciante reconoce que este le entrego S/. 180.00 nuevos soles por el apoyo que le iba a dar, luego recibio S/. 100.00 nuevos soles..."; Decimo Tercero.- Que, por otro lado, en dicha declaracion, el doctor MORDAZA MORDAZA ante la pregunta sobre si le pregunto al secretario el dia 22 de octubre de 2009 sobre la situacion del senor MORDAZA MORDAZA senalo que

" Si es verdad si le pregunto al secretario el 22 de octubre de 2009, sobre la demanda de MORDAZA Calle. El 22 de octubre de 2009, le dice el secretario que si los iba a citar a conciliar" ; Decimo Cuarto.- Que, asimismo, en el expediente obra la denuncia verbal interpuesta por don MORDAZA Jans MORDAZA MORDAZA contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cunanay y otro, sobre apropiacion indebida de motocarro y estafa, de fecha 2 de octubre de 2009, e ingresada al Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA, de conformidad con el Libro de Cargo y Recepcion de escritos de dicho Juzgado, el 5 de octubre de 2009; Decimo Quinto.- Que, de lo expuesto en los considerandos precedentes se aprecia que el 2 de octubre de 2009, dia en que el senor MORDAZA MORDAZA converso con el magistrado MORDAZA MORDAZA sobre el problema de la titularidad del motocar se redacto la mencionada denuncia verbal, ingresando al Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA el 5 de octubre de 2009, por lo que cuando ocurrio el operativo anticorrupcion, dicha denuncia se encontraba tramitandose ante el despacho del magistrado procesado. Asimismo, el 22 de octubre de 2009, el senor MORDAZA MORDAZA regresa al Juzgado, preguntandole al Juez MORDAZA MORDAZA cuando lo va a citar, ante lo cual el Juez le pregunta al secretario judicial al respecto, el cual le refirio que el martes se les iba a notificar a las partes, es decir, dicha denuncia verbal se tramito ante el juzgado del procesado, el cual se comprometio a resolver el conflicto en base a una conciliacion; Decimo Sexto.- Que, en ese sentido, en base a las pruebas actuadas, entre ellas, el Acta de Intervencion Anticorrupcion, se ha acreditado que el doctor MORDAZA MORDAZA recibio la suma de S/. 300.00 nuevos soles, de parte de MORDAZA Jans MORDAZA MORDAZA, con la finalidad de favorecerlo en el tramite de la denuncia verbal interpuesta en su Juzgado, tratativas economicas que se concentraron en dos momentos, S/. 200.00 nuevos soles el 2 de octubre de 2009 y S/ 100.00 nuevos soles el 22 de octubre de 2009, fecha en que se realizo el operativo de control en que se encontro esta MORDAZA suma de dinero al magistrado; Decimo Setimo.- Que, lo expuesto, desvirtua lo alegado por el procesado en el sentido que en ningun momento le ofrecio al senor MORDAZA Jans MORDAZA MORDAZA el favorecimiento del MORDAZA ni menos que dicho MORDAZA se llevaria ante el juzgado donde en ese momento despachaba, por no ser de su competencia, ya que el doctor MORDAZA MORDAZA iba a resolver dicho conflicto en base a una conciliacion; Decimo Octavo.- Que, finalmente, cabe senalar que por Resolucion N° 02, de 23 de octubre de 2009, la MORDAZA Sala Penal de Maynas de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, abre instruccion en la via ordinaria contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el delito de cohecho pasivo especifico en agravio del Estado, dictandose medida de detencion contra el mismo, y por Resolucion N° 20, de 28 de MORDAZA de 2010, la MORDAZA Sala Penal de MORDAZA, condena al citado doctor MORDAZA MORDAZA, como autor del delito de cohecho pasivo especifico en agravio del Estado a 6 anos de pena privativa de la libertad; Decimo Noveno.- Que, el Codigo de Etica del Poder Judicial, aprobado en Sesiones de Sala Plena de fechas 9, 11 y 12 de marzo del 2004, establece en su articulo 3 que "El Juez debe actuar con honorabilidad y justicia, de acuerdo al Derecho, de modo que inspire confianza en el Poder Judicial" y el articulo 5 senala que "El Juez debe ser imparcial tanto en su decisiones como en el MORDAZA de su adopcion. Su imparcialidad fortalece la imagen del Poder Judicial..."; sin embargo, en el presente caso el procesado no observo los valores MORDAZA invocado y desmerecio el cargo con su conducta irregular, la misma que resulta compatible con la sancion solicitada; Vigesimo.- Que, de todo lo actuado se ha acreditado que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA recibio la suma de S/. 300.00 nuevos soles, de parte de MORDAZA Jans MORDAZA MORDAZA, con la finalidad de favorecerlo en el tramite de una denuncia verbal interpuesta en su Juzgado, tratativas economicas que se concentraron en dos momentos S/. 200.00 nuevos soles el 2 de octubre de 2009 y los otros