Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2011 (04/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES

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concurso publico de meritos a los jefes de los Organos de Control Institucional, y hasta un veinticinco por ciento (25%) de los mismos, por designacion directa del personal profesional de la Contraloria General; asimismo, establece que los jefes de los Organos de Control Institucional pueden ser trasladados a otra plaza por necesidad de servicio; Que, de acuerdo al articulo 26° del Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado mediante Resolucion de Contraloria Nº 459-2008-CG, modificado mediante Resoluciones de Contraloria Nos 099-2010-CG y 220-2011-CG, los jefes de Organos de Control Institucional designados por la Contraloria General, ejerceran sus funciones en las entidades por un periodo de tres (03) anos. Excepcionalmente, y por razones debidamente fundamentadas y calificadas, podran permanecer por un periodo menor a los tres (03) anos o, de ser el caso, un tiempo mayor en la entidad, el cual no debera exceder de cinco (05) anos; Que, mediante Resolucion de Contraloria N° 139-2010CG se designo al senor MORDAZA MORDAZA Huambachano en el cargo de jefe del Organo de Control Institucional del Ministerio de Agricultura; Que, de acuerdo a la Hoja Informativa del visto, por razones de interes institucional y convenir a las necesidades del servicio, en el MORDAZA de las nuevas politicas institucionales que se vienen implementando en la Contraloria General de la Republica, resulta necesario dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA Huambachano en el cargo de jefe del Organo de Control Institucional del Ministerio de Agricultura; Que, asimismo, se recomienda designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la Contraloria General de la Republica, en el cargo de jefe del Organo de Control Institucional del Ministerio de Agricultura; Que, el Departamento de Finanzas en lo que corresponde, ha previsto los recursos necesarios para atender las acciones que se realizan mediante la presente Resolucion; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, modificada por la Ley Nº 28557 y a lo dispuesto en el Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 459-2008-CG, modificado mediante Resoluciones de Contraloria Nos 099-2010-CG y 220-2011-CG y en la Resolucion de Contraloria No 2622011-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA Huambachano en el cargo de jefe del Organo de Control Institucional del Ministerio de Agricultura. Articulo Segundo.- Designar en el cargo de jefe del Organo de Control Institucional, al profesional que se detalla a continuacion: Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Entidad Ministerio de Agricultura

Contraloria N° 262-2011-CG, durante el ejercicio efectivo del cargo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ZARZAR Contralor General de la Republica 711267-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Incorporan la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de MORDAZA al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil
RESOLUCION JEFATURAL Nº 534 -2011-JNAC/RENIEC MORDAZA, 28 de octubre de 2011 VISTOS: El Oficio Nº 001268-2011/GPRC/RENIEC (10OCT2011) emitido por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Informe Nº 000063-2011/GPRC/ RENIEC (06OCT2011) emitido por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Oficio Nº 004139-2011/ GPRC/SGIRC/RENIEC (04OCT2011), emitido por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, el Oficio Nº 002829-2011/GOR/RENIEC (03AGO2011), emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Oficio Nº 001642-2011/GPP/RENIEC (02AGO2011), emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Informe Nº 000102-2011/GPP/SGPL/RENIEC (02AGO2011), emitido por la Sub Gerencia de Planificacion; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente MORDAZA, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demas actos que modifican la capacidad y estado civil; Que mediante Resolucion Jefatural Nº 023-96-JEF, se delego a las Oficinas de los Registros Civiles (hoy Oficinas de Registros del Estado Civil) que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales autorizadas a inscribir, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o) y q) del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 26497, establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integracion de las Oficinas de Registros del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposicion Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC; Que con Resolucion Jefatural Nº 1071-2006JEF/RENIEC (07NOV2006) se revoco a partir del 20 de Noviembre del 2006, las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) y o) del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, que fueron conferidas a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, Departamento de Piura;

Articulo Tercero.- Las acciones que se efectuen de acuerdo a lo establecido en los articulos precedentes, deberan realizarse indefectiblemente, dentro de los cinco (05) dias calendario siguientes de publicada la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- El Departamento de Gestion y Desarrollo Humano y el Departamento de Gestion de Organos de Control Institucional de la Contraloria General de la Republica, dispondran y adoptaran las acciones que correspondan en el MORDAZA de lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo Quinto.- El profesional a que se refiere el articulo MORDAZA de la presente Resolucion, mantendra su plaza de origen, teniendo derecho a percibir la asignacion por responsabilidad, respecto del nivel y categoria del cargo, de acuerdo a lo previsto en la Resolucion de