Norma Legal Oficial del día 30 de julio del año 2009 (30/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de MORDAZA de 2009

de MORDAZA de 2009. La Entidad Prestadora senala que los datos presentados aun no son los mas optimos para la determinacion de las tarifas definitivas, debido a que recien cuentan con poco mas de 01 mes de operacion comercial; Que, con fecha xx de xx de 2009, mediante Resolucion Nº xxx el Consejo Directivo autorizo la prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano de la propuesta de fijacion de tarifa por el uso de gruas portico en el Terminal Portuario del Callao; Que, de conformidad al Articulo 4º de la Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, aprobada por la Ley Nº 27838 y los Articulos 42º y 43º del Reglamento General de Tarifas de OSITRAN, con fecha xx de xx de 2009 se llevo a cabo la Audiencia Publica en la MORDAZA de MORDAZA, en la que OSITRAN sustento la propuesta de fijacion de Tarifas Maximas por Uso de Gruas Portico para El Embarque y Desembarque de Contenedores en el Terminal Portuario de Callao (Muelle Nº 5) ­ Version x.x; Que, en consecuencia, se han realizado todas las actuaciones necesarias a efectos de cumplir con el procedimiento establecido por la Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas y el Reglamento General de Tarifas de OSITRAN; De conformidad con lo establecido en el Literal a) del Articulo 12º de la Ley Nº 26917 y Literal c) del Numeral 3.1 de la Ley Nº 27332; asi como con lo establecido en los Articulos 22º y 24º del Reglamento General de OSITRAN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las tarifas maximas aplicables al uso de Gruas Portico para el Embarque y Desembarque de Contenedores en el Terminal Portuario de Callao (Muelle Nº 5), que se senalan el anexo de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar la publicacion de la presente Resolucion y la exposicion de motivos en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Notificar a la Entidad Prestadora Empresa Nacional de Puertos S.A. la presente Resolucion, asi como disponer su aplicacion de conformidad al Reglamento General de Tarifas de OSITRAN. Articulo 4º.- Autorizar la publicacion de la presente Resolucion, la exposicion de motivos y del texto integro de Informe para la Fijacion de Tarifas Maximas por Uso de Gruas Portico para El Embarque y Desembarque de Contenedores en el Terminal Portuario de Callao (Muelle Nº 5) Version x.0 den la pagina web del OSITRAN (www. ositran.gob.pe). Con la participacion del Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ugarte, Ing. MORDAZA Tamayo MORDAZA e Ing. MORDAZA MORDAZA Modena. Comuniquese, publiquese y archivese.

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO PROPUESTA TARIFARIA FIJACION DE TARIFAS MAXIMAS POR USO DE GRUAS PORTICO PARA EL EMBARQUE Y DESEMBARQUE DE CONTENEDORES EN EL TERMINAL PORTUARIO DE CALLAO (MUELLE Nº 5) Exposicion de Motivos Gerencia de Regulacion MORDAZA, MORDAZA de 2009 PROPUESTA TARIFARIA FIJACION DE TARIFAS MAXIMAS POR USO DE GRUAS PORTICO PARA EL EMBARQUE Y DESEMBARQUE DE CONTENEDORES EN EL TERMINAL PORTUARIO DE CALLAO (MUELLE Nº 5) ANTECEDENTES La Empresa Nacional de Puertos S.A. (ENAPU) instalo dos gruas portico en los amarraderos A y B del Muelle 5 del Terminal Portuario de Callao. Dichas gruas se utilizaran para movilizar contenedores (llenos y vacios) de 20 y 40 pies, asi como cargas pesadas en general de hasta 61 toneladas bajo la viga del gancho cabezal. La descarga y embarque de Contenedores con Gruas Portico de Muelle, sustituye a las gruas de las naves, y se efectuara obligatoriamente en el caso de los amarraderos 5 A y 5 B del Terminal Portuario del Callao, teniendose prevista la operacion de descarga y embarque directamente a/de los terminal tracks, bajo el Sistema de Planificacion y Control de Contenedores ­ SPARCS, para lo cual el Terminal Portuario del Callao empleara su flota de equipos de transferencia y manipuleo, servicios que no se encuentran comprendidos dentro de la tarifa que se propone. La Autoridad Portuaria Nacional (APN) propuso una tarifa por uso de gruas portico en el TPC de US$ 644.00 por hora o fraccion por grua de manera provisional y por contenedor por grua de manera definitiva. Con relacion a la productividad por el uso de gruas, la aplicacion de la unidad de carga TEU (twenty equivalent unit) en lugar de MORDAZA fisicas (cajas) se vincula principalmente a los fines comerciales de la operacion de un terminal. No es apropiado contabilizar el ritmo de embarque o descarga en TEU ya que aumentaria artificialmente la productividad de la grua, y no se puede considerar como una medida correcta. Por tanto la variable apropiada para el control de la productividad debe referirse a contenedores/hora. DETERMINACION DE LA TARIFA Para estimar la tarifa provisional del servicio de descarga y embarque de contenedores con gruas portico de muelle se utilizara la metodologia de costos incrementales y el flujo de MORDAZA descontado, cuyo Valor Actual Neto (VAN) sea igual a cero. Ingresos

ANEXO TARIFAS MAXIMAS PROVISIONALES POR CONTENEDOR PARA EL SERVICIO DE GRUAS PORTICO DE MUELLE
Productividad Contenedor/Hora Mayor o igual : Menor a: 20 25 20 25 Tarifa por Contenedor ( US $) 30.00 30.00 22.00 22.00 Periodo 2009 2010-2013 2009 2010-2013

Los ingresos se determinan en funcion del numero de contenedores por hora que se movilizaran por los amarraderos A y B del Muelle Nº 5 del Terminal Portuario del Callao, descontando los tiempos no operativos.