Norma Legal Oficial del día 30 de julio del año 2009 (30/07/2009)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

399822
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 30 de MORDAZA de 2009

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000102-2009MDSJM de fecha 24 de marzo de 2009, se aprueba la Ordenanza que regula la simplificacion del procedimiento y reduccion de los derechos establecidos en el texto unico de procedimientos administrativos para la expedicion de constancias de posesion; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Articulo Tercero de la Ordenanza Municipal Nº 000102-2009MDSJM, de fecha 24 de marzo de 2009, se faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las Disposiciones Complementarias y amplie el plazo de vigencia de la citada Ordenanza Municipal; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 0007-2009MDSJM-A de fecha 30 de junio del 2009 se prorrogo la fecha de vencimiento de la Ordenanza Nº 102-2009MDSJM el cual regula la simplificacion del procedimiento y reduccion de los derechos establecidos en el texto unico de procedimientos administrativos para la expedicion de constancias de posesion hasta el 31 de MORDAZA de 2009; Que, en uso de las facultades conferidas por el Articulo tercero de la Ordenanza Municipal Nº 000102-

2009-MDSJM de fecha 24 de marzo de 2009 y Articulo 20º, numeral 6 y el Articulo 39 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar la fecha de vencimiento de la Ordenanza Nº 00102-2009-MDSJM el cual regula la simplificacion del procedimiento y reduccion de los derechos establecidos en el texto unico de procedimientos administrativos para la expedicion de constancias de posesion hasta el 31 de agosto de 2009. Articulo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
376873-1

PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO
Proyecto de Resolucion de fijacion de tarifas, su exposicion de motivos y relacion de documentos que constituyen el sustento de la PROPUESTA DE FIJACION DE TARIFAS MAXIMAS POR USO DE GRUAS PORTICO PARA EL EMBARQUE Y DESEMBARQUE DE CONTENEDORES EN EL TERMINAL PORTUARIO DE CALLAO (Muelle Nº 5)
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 026-2009-CD/OSITRAN

MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2009 VISTOS: La Nota Nº 057-09-GRE-OSITRAN de la Gerencia de Regulacion con el Informe que contiene la Propuesta de fijacion de Tarifas Maximas por el Uso de Gruas Portico para el Embarque y Desembarque de Contenedores en el Terminal Portuario de Callao (Muelle Nº 5) Version 1.0, presentado por la Gerencia General en la sesion de Consejo Directivo de fecha 15 de MORDAZA del ano en curso; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.1) del Articulo 3º de la Ley de Supervision de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico, aprobada mediante Ley Nº 26917; establece que OSITRAN tiene como mision regular el comportamiento de los mercados en los que actuan las Entidades Prestadoras con la finalidad de cautelar en forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los Inversionistas y de los Usuarios para garantizar la eficiencia en la explotacion de la Infraestructura de Transporte de Uso Publico; Que, el literal b) del numeral 7.1) del Articulo 7º de la referida Ley atribuye a OSITRAN la funcion de operar el sistema tarifario de la infraestructura bajo su ambito; Que, el literal b) del numeral 3.1) del Articulo 3º de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, aprobada por la Ley Nº 27332, senala que la funcion reguladora de los Organismos Reguladores, comprende la facultad de fijar tarifas de los servicios bajo su ambito;

Que, el 8 de enero de 2009, mediante Oficio Nº 1350-2008-APN/GG, la Autoridad Portuario Nacional (APN) puso en conocimiento de OSITRAN el Informe Nº 046-2008-INDECOPI/ST-CLC de la Comision de Libre Competencia de INDECOPI. Las conclusiones de dicho informe senalan que, hasta que no inicie sus operaciones la Nueva Terminal de Contenedores MORDAZA Sur (en adelante Muelle Sur), el servicio de gruas portico en el Muelle 5 del Terminal Portuario del Callao a cargo de ENAPU no enfrentara "competencia efectiva en un periodo de dos anos"; Que, el 28 de enero de 2009, mediante Oficio Nº 058-2009-APN/PD, la APN presento a OSITRAN, una propuesta para la fijacion de tarifas por uso de gruas portico en el TPC de US$ 644.00 por hora o fraccion por grua. Dicha propuesta fue elaborada por la Empresa Nacional de Puertos S.A. (ENAPU). Asimismo, la APN recomendo que la unidad de cobro propuesta (hora o fraccion) sea aplicable mientras tenga vigencia la tarifa provisional o hasta que se inicie las operaciones del Terminal de Contenedores MORDAZA Sur. En adelante, recomienda establecer una tarifa por movimiento de contenedor/grua, asociada a rendimientos minimos; Que, el 11 de marzo de 2009 se publico en el Diario Oficial El Peruano la Resolucion Nº 008-2009-CDOSITRAN que aprobo el inicio de procedimiento de fijacion de tarifas por el uso de gruas portico para el embarque y descarga de contenedores en el Terminal Portuario del Callao. Asimismo, la mencionada Resolucion fija las tarifas maximas provisionales en tanto concluya el procedimiento de fijacion tarifaria; Que, el 20 de MORDAZA de 2009, mediante Oficio Nº 05909-GRE-OSITRAN, la Gerencia de Regulacion solicita a ENAPU los rendimientos promedios registrados por las gruas portico desde el inicio de operaciones (07 de MORDAZA de 2009);