Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2008 (06/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
CALIFICACION DE ORGANISMOS PUBLICOS 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 Instituto Nacional de Innovacion Agraria - INIA Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP Instituto Nacional de Salud - INS Instituto Nacional Penitenciario - INPE Instituto Peruano de Energia Nuclear -IPEN Instituto Peruano del Deporte - IPD Instituto Tecnologico Pesquero - ITP Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI Seguro Integral de Salud - SIS Servicio Aerofotografico Nacional - SAN Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia del Peru - SENAMHI Servicio Nacional de Sanidad Agraria -SENASA MORDAZA Exportadora Superintendencia Nacional de Bienes Estatales Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico OSITRAN Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN e Energia y Mineria - OSINERGMIN Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL Superintendencia Nacional de Servicios de saneamiento - SUNASS Autoridad Nacional del Agua - MORDAZA

El Peruano MORDAZA, martes 6 de MORDAZA de 2008

Ejecutor Ejecutor Ejecutor Ejecutor Ejecutor Ejecutor Ejecutor Ejecutor Ejecutor Ejecutor Ejecutor Ejecutor Ejecutor Ejecutor Ejecutor Regulador Regulador Regulador Regulador Tecnico especializado Tecnico especializado Tecnico especializado Tecnico especializado Tecnico especializado Tecnico especializado Tecnico especializado Tecnico especializado Tecnico especializado Tecnico especializado Tecnico especializado Tecnico especializado Tecnico especializado Tecnico especializado

47 Autoridad Portuaria Nacional - APN 48 Centro Nacional de Planeamiento Estrategico - CEPLAN 49 Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV 50 Consejo Nacional del Ambiente - CONAM 51 Consejo Superior del Empleo Publico - COSEP 52 Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE 53 Instituto Geologico Minero y Metalurgico - INGEMMET 54 Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI

55 Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI Estadistica Informatica 56 Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA 57 Oficina de Normalizacion Previsional - ONP 58 Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud - SEPS 59 Superintendencia Nacional de Registros Publicos - SUNARP

196542-2

AGRICULTURA
Prorrogan la Reserva de Agua otorgada al Proyecto Minero Toromocho de propiedad de la empresa estatal Activos Mineros S.A.C.
DECRETO SUPREMO Nº 010-2008-AG
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, segun el inciso a) del Articulo 7º de la Ley General de Aguas, aprobada mediante Decreto Ley Nº 17752, el Poder Ejecutivo podra reservar aguas para cualquier finalidad de interes publico; Que, el Articulo 9º de la citada MORDAZA declara de necesidad y utilidad publica conservar, preservar e incrementar los recursos hidricos, regularizar el regimen de las aguas para obtener una racional, eficiente, economica y multiple utilizacion de los recursos hidricos; promover, financiar y realizar las investigaciones, estudios y obras necesarias para tales fines; Que, el inciso a) del Articulo 10º del Reglamento de los Titulos I, II y III de la Ley General de Aguas,

aprobado por Decreto Supremo Nº 261-69-AP, senala que las reservas de agua que establezca el Estado tendran un plazo de dos (2) anos, renovables, cuando existan razones tecnicas o planes especificos que asi lo justifiquen; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2006-AG, se reservaron las aguas subterraneas del acuifero de las subcuencas Rumichaca, Huascacocha y Pucara del sistema hidrografico de la MORDAZA del rio Mantaro a favor del Proyecto Minero Toromocho de propiedad de la empresa Minera del Centro del Peru S.A. - CENTROMIN, por un periodo de dos (2) anos, para fines minero y poblacional, por un volumen anual de hasta 34.69 MMC (1.10 m3/s); Que, mediante Oficio Nº 523-2008-MEM/DM el Ministro de Energia y Minas, solicita la extension de la prorroga de la reserva de agua senalada en el considerando precedente; Que, con Informe Nº 202-2008-INRENA-IRH-DIRHI/ JAH/EZT-ACF, la Direccion de Recursos Hidricos de la Intendencia de Recursos Hidricos del Instituto Nacional de Recursos Naturales concluye que las aguas subterraneas de los acuiferos carsticos localizados en las unidades hidrograficas Huascacocha, Rumichaca y Pucara pertenecientes a la unidad hidrografica del rio Yauli de la MORDAZA del rio Mantaro son recursos de libre disponibilidad y potencialmente aprovechables para satisfacer la demanda hidrica del Proyecto Minero Toromocho los mismos que no han sufrido reduccion alguna durante la vigencia de la reserva de agua otorgada a traves del Decreto Supremo

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