Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2008 (02/03/2008)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

367814
DECRETA:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de marzo de 2008

Articulo 1°.- MORDAZA plazo para la MORDAZA de documentacion 1.1 Establezcase hasta el dia 10 de marzo de 2008 como MORDAZA plazo de recepcion para las entidades que no cumplieron con presentar la documentacion a que se refiere el numeral 4.1 del articulo 4° del Decreto Supremo N° 012-2008-EF. 1.2 Para efecto del abono a que se refiere el articulo 6° del Decreto Supremo N° 012-2008-EF, el plazo establecido en dicho articulo se contara a partir del dia siguiente del vencimiento del plazo a que se refiere el numeral 1.1 del presente articulo. 1.3 Facultese al Ministerio de Economia y Finanzas para que, mediante Resolucion Ministerial, amplie los plazos establecidos en el numeral 1.1 del presente articulo y en el articulo 6° del Decreto Supremo N° 012-2008EF, en el caso que resulte necesario para la adecuada aplicacion del Decreto de Urgencia N° 051-2007 y el Decreto Supremo N° 012-2008-EF. Articulo 2°.- Modificacion del MORDAZA parrafo del numeral 4.2 del articulo 4° del Decreto Supremo N° 012-2008-EF Modifiquese el MORDAZA parrafo del numeral 4.2 del articulo 4° del Decreto Supremo N° 012-2008-EF, por el siguiente texto: "Articulo 4°.- Sustentacion documentaria (...) 4.2(...) Aquellos Formatos que no cumplan con las formalidades establecidas en el presente Decreto Supremo o que contengan errores de fondo o de forma, se tendran por no presentados en la parte de los beneficiarios materia de observacion y no seran considerados para el abono, si no son subsanados dentro de los cinco (5) dias calendario de comunicado por el MEF. Dicha subsanacion se limita unicamente a lo indicado en dicha comunicacion." Articulo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, el primer dia del mes de marzo del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 170988-4

Autorizan adecuacion de la Escala Remunerativa de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA Sin Drogas, a fin de incorporar el cargo del Presidente Ejecutivo
DECRETO SUPREMO Nº 035-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Comision para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA es un Organismo Publico Descentralizado, adscrito al Sector Presidencia del Consejo de Ministros y constituye un Pliego Presupuestal, el cual cuenta con un Consejo Directivo que esta presidido por un Presidente Ejecutivo, designado por el Presidente de la Republica mediante Resolucion Suprema, de conformidad con el articulo 3° del Decreto Legislativo N° 824 - Ley de Lucha Contra el Narcotrafico, modificado por el articulo 2° de la

Ley N° 28003 y en la cual se senala a dicho Presidente Ejecutivo con el cargo de Rango de Ministro; Que, mediante el articulo 1° del Decreto de Urgencia N° 126-2001 se establecio la compensacion por ejercicio de funciones para los altos funcionarios del Estado; como son el Presidente de la Republica, Presidente del Consejo de Ministros, Ministros, Viceministros y Secretarios Generales; ampliandose dicha disposicion, entre otros, al Presidente Ejecutivo del Directorio de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA Sin Drogas - DEVIDA, mediante el articulo 3° del Decreto Supremo N° 048-2002PCM; Que, de acuerdo a la Primera Disposicion Complementaria de la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, solo tienen rango de Ministros, los funcionarios nombrados por el Presidente de la Republica, para la Direccion de un Ministerio, quedando derogada toda disposicion que establezca lo contrario. En este sentido, el Presidente Ejecutivo de DEVIDA, al perder su condicion de funcionario con rango de Ministro, pierde el derecho a seguir percibiendo la asignacion especial dispuesta por el Decreto de Urgencia N° 1262001 y articulo 3° del Decreto Supremo N° 048-2002PCM, cuyo pago se efectuaba por la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 008-2008, se autoriza al Poder Ejecutivo a realizar el MORDAZA de adecuacion o aprobacion de escalas remunerativas y documentos de gestion de las entidades, cuyos funcionarios, como es el caso de DEVIDA, ostentaban el rango de Ministro, MORDAZA de la vigencia de la Primera Disposicion Complementaria de la Ley N° 29158, exonerandolos de lo dispuesto en el articulo 5° de la Ley N° 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; Que, el numeral 1.2 del articulo 1° del Decreto de Urgencia senalado en el considerando precedente, establece que la adecuacion de la escala remunerativa, se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, en un plazo de treinta (30) dias calendario, considerando para los fines de pago, el limite senalado en la Ley N° 28212 y modificaciones efectuadas por el Decreto de Urgencia N° 038-2006, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 1) de la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley N° 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, en aplicacion de lo anteriormente senalado, la Presidencia del Consejo de Ministros ha remitido un proyecto de Decreto Supremo mediante el cual se adecua, a partir del mes de marzo del presente ano, la Politica Remunerativa de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA, aprobada mediante el Decreto Supremo N° 053-2003EF, incorporando la remuneracion MORDAZA mensual por todo concepto, aplicable al cargo del Presidente Ejecutivo de la Institucion; Que, el Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA Sin Drogas - DEVIDA, mantiene vinculo laboral con dicha Institucion, segun lo dispuesto por el articulo 30° del Reglamento de Organizacion y Funciones de DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2002-PCM; Que, el Cuadro de Asignacion de Personal- CAP del Pliego Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Resolucion Suprema N° 398-2002-PCM, contiene el cargo de Presidente Ejecutivo; Que, mediante Decreto Supremo N° 053-2003EF, de fecha 16 de MORDAZA de 2003, se aprobo la Politica Remunerativa del Pliego Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA Sin Drogas - DEVIDA, que establecio como nivel MORDAZA el cargo de Gerente General sin considerar al Presidente Ejecutivo, por lo que es necesario la inclusion del referido cargo en el Anexo de Politica Remunerativa del citado Decreto Supremo, fijando la remuneracion MORDAZA mensual, por todo concepto, al cargo del Presidente Ejecutivo de dicha Institucion, funcionario del mas alto nivel de la Institucion; aplicando, para los fines de pago, el Decreto de Urgencia N° 0382006; De conformidad con lo establecido en el articulo 1° del Decreto de Urgencia N° 008-2008 y el numeral 1) de la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;