Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2008 (02/03/2008)
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TEXTO DE LA PÁGINA 42
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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
NORMAS LEGALES
El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de marzo de 2008
POR CUANTO Vistos, los Informes N° 011-2008-PVL/MPCH, Informe N° 012-2008-PVL/MPCH, de fecha 14 de Febrero del 2008, presentado por la Encargada del Programa de Vaso de Leche, informe N° 065-2008-SGA/MPCH, presentado por el Sub Gerente de Abastecimiento, Informe Legal N° 015-2008-GAJ/MPCH, de la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre compra de insumos para el Programa de Vaso de Leche por Situacion de Emergencia; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por el Articulo Unico de la Ley No. 28607, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipales Nº 27972, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales como organos de Gobierno Local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, por Decreto Supremo N° 11-2008-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 10 de febrero de 2008, se prorroga el Estado de Emergencia en el Departamento de Ica y otras ciudades, por el termino de (60) dias a partir del 12 de febrero de 2008; Que, por Resolucion N° 42-2008-A/MPCH, de fecha 28 de Enero de 2008, se aprobaron las Bases para la Adjudicacion Directa Publica N° 001-2008-MPCH/CE, Primera Convocatoria, para la compra de insumos para el Programa de Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Chincha (Leche Evaporada Entera S/. 348,599.04 y Hojuela de Quinua MORDAZA S/.107,09.60), para el periodo de Enero a Diciembre 2008, por el valor referencial de S/.455,690.94; Que, mediante Informe N° 011-2008-PVL/MPCH, de fecha 14 de Febrero del 2008, la encargada del Programa del Vaso de Leche, informa que el dia 13 de febrero de 2008, se llevo a cabo la reunion con las presidentas de los comites del programa del vaso de leche de la jurisdiccion de Chincha Alta, adjuntando para ello MORDAZA del Acta con las firmas de las asistentes, donde se acordo por unanimidad, realizar la compra por emergencia de los insumos para el programa del Vaso de Leche, indicando ademas que se llevara a cabo el MORDAZA empadronamiento de los Beneficiarios, ya que por efectos del sismo ocurrido el 15 de Agosto de 2007, sus viviendas colapsaron, teniendo muchos de ellos que ir a vivir a otro domicilio; Que, con Informe N° 012-2008-PVL/MPCH, de fecha 14 de febrero de 2008, la Encargada del Programa de Vaso de Leche, comunica que se ha solicitado la compra por situacion de emergencia de los insumos del programa del Vaso de Leche, con su respectiva partida, de los productos Leche Evaporada entera y Hojuelas de Quinua MORDAZA, correspondientes a los meses de enero y febrero del 2008, por el monto referencial de S/. 75,944.68 Nuevos soles; Que, con Informe N° 065-2008-SGA/MPCH, de fecha 14 de febrero de 2008, el Sub Gerente de Abastecimiento, solicita la procedencia de declarar en emergencia el Programa de Vaso de Leche por motivos que el MORDAZA de elaboracion del padron de beneficiarios del 2008, no se ha podido cumplir porque la mayoria de beneficiarios en algunos casos han tenido que cambia o variar su domicilio porque no han podido vivir en sus MORDAZA, por el dano causado por el sismo del 15 de Agosto de 2007; y que al no existir un padron de beneficiarios del ano 2008, no se puede hacer el calculo de las raciones, cuyos MORDAZA deben de estar consignados en las bases administrativas del MORDAZA de seleccion sin cuyo requisito el MORDAZA de seleccion seria declarado nulo por la entidad competente, considerando que la Provincia de Chincha, se encuentra dentro de la Declaratoria de Emergencia dado por el Gobierno Central; por lo que se observa la existencia de causales que sustentan se declare la situacion de emergencia al programa de Vaso de Leche por el lapso de 60 dias, para asegurar el abastecimiento de los productos alimenticios; Que, conforme lo determina el numeral 2.2 del Articulo 2º de la Ley Nº 27470, modificada mediante Ley Nº 27712 constituye facultad de tener vigente los padrones del Programa del Vaso de Leche, para asi determinar el numero de beneficiarios con que se cuenta para establecer el calculo de la racion alimenticia sin cuyos datos del numero de beneficiarios es imposible detallar los MORDAZA de la racion alimenticia acto que debe ser consignado en las bases administrativas sin cuyos MORDAZA se declararia
el MORDAZA de seleccion en Nulidad. En ese orden de ideas es necesario llevar a cabo el MORDAZA empadronamiento para llegar a la realidad de cuantos beneficiarios existen en la actualidad y saber su domicilio exacto; Que, en los Art. 19º y 20º del DS Nº 083-2004-PCM, determina la exoneracion de procesos de seleccion y las formalidades de los procedimientos, precisandose que las exoneraciones deberan de ser aprobadas mediante Acuerdo de Concejo Municipal contando para tal efecto con los informes tecnicos y legal; y el Articulo 22, del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la Situacion de Emergencia es aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afectan la defensa nacional, siendo la entidad exonerada de la tramitacion del expediente administrativo, pudiendo ordenar la ejecucion de la estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidades sobrevenidas sin sujetarse a los requisitos formales de la presente Ley; Que, el Articulo 142°, del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, contenida en el D.S N° 084-2004-PCM, indica ademas que toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar la Situacion de Emergencia debera de regularizarse dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la finalizacion del evento que la produjo incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolucion o Acuerdo correspondiente, en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias siguientes a su emision o adopcion segun corresponda; remitiendolo junto con el Informe Tecnico legal sustentatorio a la Contraloria General de la Republica y al Consejo de Contrataciones y Adquisiciones del Estado-CONSUCODE, adicionalmente deberan de publicarse a traves del SEACE, lo cual es concordante con el Articulo 147°, de la MORDAZA citada; Que, por Directiva N° 11-2001-CONSUCODE/PRE, Publicacion de Avisos referidos a procesos de seleccion, senala que en la Resolucion o Acuerdo, debera de precisar la causal en que se sustenta la exoneracion, en la parte considerativa del instrumento, se sustentara en el informe tecnico-legal que deberan emitir las areas tecnica y de asesoria juridica de la Entidad, asimismo indica que en la parte resolutiva se debera de precisar el MORDAZA y la descripcion basica de los bienes servicios u obras materia de exoneracion, el valor referencial, la fuente de financiamiento, la cantidad o el tiempo en que requiere adquirir o contratar mediante exoneracion, segun corresponda, asi como determinar la dependencia u organo encargado de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, siendo asi es, necesario declarar en situacion de emergencia la adquisicion de productos para el Programa Vaso de Leche, a efectos de no dejar desabastecido a los beneficiarios de la Poblacion Chinchana, mediante adquisicion por Administracion Directa, de conformidad con el Articulo 148°, del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; Estando a los fundamentos expuestos, de conformidad con el D.S. N° 083-2004-PCM y su Reglamento contenido en el D.S. N° 084-2004-PCM, Ley Organica de Municipalidades N° 27972, con la Dispensa de la Lectura y Aprobacion del Acta, el Concejo Municipal aprobo por mayoria en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 20 de Febrero de 2008, el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- Declarese en Situacion de Emergencia la adquisicion de productos para el Programa de Vaso de Leche, por 60 dias, por los meses de Enero y Febrero del ano 2008, en tanto se culmina con el MORDAZA de seleccion convocado por el Comite Especial correspondiente, para la compra de Leche Evaporada Entera y Quinuavena, por el monto total de S/. 75,944.68 Nuevos soles, en la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, segun el detalle siguiente:
MESES: ENERO FEBRERO DEL 2008 ITEM PRODUCTO Leche Evaporada Entera MORDAZA Lata x 410 gramos CANTIDAD MENSUAL DE PRODUCTO 12,725 Unid. x S/. 2.16 = S/. 27,486.00 MONTO TOTAL (Ene-Feb) S/. S/.54,972.00 (Transferencia MEF)
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