Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2008 (02/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de marzo de 2008

Establecen disposiciones complementarias para la determinacion de los Arbitrios de Limpieza Publica y Serenazgo para el Ejercicio 2008
ORDENANZA N° 345-MDMM MORDAZA MORDAZA, 27 de diciembre de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria No. 25 de la fecha, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local, que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Articulo 200º de nuestra Carta Magna; Que, el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99/EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria, para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, y exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, estando a lo establecido en la Ordenanza Nº 339-MDMM, MORDAZA que establece el monto de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2008 a partir del monto determinado el Ejercicio 2007 (Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recoleccion de RRSS) y Serenazgo), incrementado con la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor a agosto de dicho ano, y teniendo en cuenta que se hace necesario complementar dicha MORDAZA a fin de poder determinar los arbitrios municipales de las nuevas unidades inmobiliarias y/o predios que hayan sufrido modificaciones en los parametros de calculo que modifiquen los montos liquidados el Ejercicio 2007; y Estando a lo dispuesto por los Articulos 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECEN DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS A EFECTOS DE LA DETERMINACION DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2008 Articulo 1º.- En el caso de deudores tributarios que hubieran efectuado modificaciones en su declaracion jurada que modifiquen los parametros de calculo de los Arbitrios Municipales (Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recoleccion de RRSS) y Serenazgo) o se encuentren afectos a partir del Ejercicio 2008, se tomara como base a efectos de la determinacion del monto de los Arbitrios Municipales 2008, las caracteristicas del predio vigentes al 1 de enero de 2008. Articulo 2º.- Apliquese para los deudores tributarios comprendidos en el Articulo 1º, lo dispuesto en la Ordenanza Nº 246-MDMM. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 170702-1

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Autorizan la realizacion de campanas de Matrimonios Civiles Comunitarios 2008
ORDENANZA Nº 166 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito del MORDAZA visto en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 26 de febrero de 2008; el Informe Nº 026-2008-TDARC/SG-MDR de fecha 06.02.08 de la Unidad de Tramite Documentario, Archivo y Registro Civil; el Informe Nº 049-2008-MDRGM/OAJ de fecha 14.02.08 de la Oficina de Asuntos Juridicos; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º modificado por la Ley Nº 28607 de nuestra Constitucion Politica del Peru reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, nuestra Constitucion Politica del Peru 1993, establece en su articulo 4º la promocion del matrimonio, reconociendolo como instituto natural y fundamental de la sociedad. En ese sentido los gobiernos locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como instituto siendo la familia celula fundamental de la sociedad; Que, el articulo 233º del Codigo Civil establece que la regulacion juridica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamados en la Constitucion Politica del Peru; Que, es deber de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, ayudar a aquellos vecinos que se encuentran sin formalizar aun su situacion conyugal, facilitando para ello el procedimiento establecido; Que, con el fin de coadyuvar al logro de los fines senalados precedentemente, la Unidad de Tramite Documentario, Archivo y Registro Civil, ha propuesto la realizacion de un programa de matrimonios Civil Comunitario a realizarse los dias 29 de Marzo, 24 de MORDAZA, 23 de Agosto y 15 de Noviembre del 2008. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º inciso 8) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA unanime de los senores regidores, con la dispensa del tramite del Dictamen de Comision y del tramite de aprobacion del Acta se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE AUTORIZA LA REALIZACION DE CAMPANAS DE MATRIMONIOS CIVILES COMUNITARIOS ­ 2008 Articulo Primero.- AUTORIZAR al Sr. MORDAZA la realizacion de las campanas de Matrimonios, segun el cronograma siguiente: 1. Matrimonio Civil Comunitario, ceremonia Sabado 29 de Marzo del 2008 2. Matrimonio Civil Comunitario, ceremonia Sabado 24 de MORDAZA del 2008 3. Matrimonio Civil Comunitario, ceremonia Sabado 23 de Agosto del 2008 4. Matrimonio Civil Comunitario, ceremonia Sabado 15 de Noviembre del 2008 Articulo Segundo.- ESTABLECER como pago unico por derecho de tramite la suma de Sesenta y ocho Nuevos Soles (S/. 68.00). Articulo Tercero.- DEJAR sin efecto toda MORDAZA o dispositivo legal que se oponga a la presente Ordenanza.