Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2008 (02/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, establece que las concesiones, asi como las asignaciones de espectro que corresponda, se otorgaran a solicitud de parte o mediante concurso publico de ofertas; Que, el articulo 123º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senala que el otorgamiento de la concesion, asi como las asignaciones de espectro que correspondan, se efectuaran obligatoriamente por concurso publico de ofertas cuando: a) En una determinada localidad o area de servicio, exista restriccion en la disponibilidad de frecuencias o banda de frecuencias disponible, para la prestacion de un determinado servicio publico de telecomunicaciones, b) se senale en el Plan Nacional de Asignacion de Frecuencias ­ PNAF; Que, la nota P48 del PNAF, dispone que las bandas comprendidas entre 452,5 ­ 457,5 MHz y 462,5 ­ 467,5 MHz estan atribuidas a titulo primario para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones utilizando sistemas de acceso fijo inalambrico. El otorgamiento de la concesion y la asignacion de espectro para la explotacion de servicios publicos en estas bandas sera mediante concurso publico de ofertas para la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; Que, el subtitulo II del capitulo III del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones establece los parametros a seguir para el otorgamiento de concesion y asignacion de espectro mediante el mecanismo de concurso publico de ofertas, senalando en su articulo 159º que mediante Resolucion del Titular del Ministerio se podra, para casos especificos, encargar a otra entidad la conduccion del concurso publico de ofertas y el otorgamiento de la buena pro; Que, en ese sentido, mediante Resolucion Ministerial Nº 094-2007-MTC/03, publicada el 04 de marzo de 2007, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones dispuso la realizacion del Concurso Publico de Ofertas para seleccionar al operador al que se asignara las frecuencias y de ser el caso, se otorgara la concesion para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones utilizando sistemas de acceso fijo inalambrico en las bandas 452,5 ­ 457,5 MHz y 462,5 ­ 467,5 MHz en la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, de acuerdo a las condiciones que se establezcan en las Bases del Concurso. Asimismo, encargo a la Agencia de la Promocion de Inversion Privada ­ PROINVERSION, la conduccion del citado Concurso Publico de Ofertas y el otorgamiento de la buena pro, precisandose que el concurso publico se regira por el MORDAZA legal aplicable a los procesos de promocion de inversion privada a cargo de PROINVERSION; Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 019-2007-EF, publicada el 14 de marzo de 2007, se ratifico el acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, en virtud del cual se acordo incorporar al MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada la seleccion del operador al que se asignara las frecuencias y de ser el caso, se otorgara la concesion para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, utilizando sistemas de acceso fijo inalambrico en las bandas 452,5 ­ 457,5 MHz y 462,5 ­ 467,5 MHz en la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, de acuerdo a las condiciones que se establezcan en las bases del concurso, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas. Asimismo, se encargo al Comite de PROINVERSION en Proyectos de Infraestructura y Servicios Publicos la conduccion del citado MORDAZA de seleccion; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 044-2007-EF, publicada el 31 de MORDAZA de 2007, se ratifico el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en su sesion de fecha 27 de febrero de 2007, mediante el cual se acordo aprobar el Plan de Promocion de la Inversion Privada para la seleccion del operador al que se asignara las frecuencias y de ser el caso, se otorgara la concesion para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones utilizando sistemas de acceso fijo inalambrico en las bandas 452,5 - 457,5 MHz y 462,5 - 467,5 MHz en la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 064-2007-EF, publicada el 01 de agosto de 2007, se ratifico el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en

su sesion de fecha 26 de junio de 2007, mediante el cual se acordo la modificacion del Plan de Promocion de la Inversion Privada para la seleccion del operador para la entrega en concesion de la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, utilizando sistemas de acceso fijo inalambrico en las bandas 452,5 ­ 457,5 MHz y 462,5 ­ 467,5 MHz en la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, en el extremo referido a la modalidad del otorgamiento de la concesion; Que, el 09 de enero de 2008, se adjudico la buena pro de la Licitacion Publica Especial para entregarse en concesion la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, utilizando sistemas de acceso fijo inalambrico en las bandas 452,5 ­ 457,5 MHz y 462,5 ­ 467,5 MHz en la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, a la empresa TELEFONICA MOVILES S.A.; Que, con Oficio Nº 2/2008/CPI-TEL/PROINVERSION, del 29 de enero de 2008, el Jefe de Proyectos en Telecomunicaciones de PROINVERSION, solicita que se adopte las acciones pertinentes para el otorgamiento de la concesion y la respectiva asignacion de espectro al adjudicatario de la referida Licitacion Publica Especial, TELEFONICA MOVILES S.A., encontrandose apta para la suscripcion del contrato respectivo; Que, mediante los Informes Nº 210 y 243-2008MTC/27, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, senala que es procedente el otorgamiento de concesion para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, utilizando sistemas de acceso fijo inalambrico a favor de la empresa TELEFONICA MOVILES S.A.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, las Resoluciones Supremas Nº 019, 044 y 064-2007-EF, el Texto Unico Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa TELEFONICA MOVILES S.A., concesion para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, utilizando sistemas de acceso fijo inalambrico, a que se refiere la parte considerativa de la presente resolucion, por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa TELEFONICA MOVILES S.A., para la prestacion del servicio publico a que se refiere el articulo precedente, el que consta de veintiun (21) clausulas y ocho (08) anexos que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2° de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa TELEFONICA MOVILES S.A. en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 170989-1