Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2008 (02/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de marzo de 2008

prescribe que es atribucion del Consejo Regional, como organo normativo del Gobierno Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, asi mismo es atribucion del Consejo Regional aprobar los documentos de gestion Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), Manual de Organizacion y Funciones (MOF) y el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de las instituciones publicas del Gobierno Regional, en concordancia con el articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, que establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general en la organizacion y administracion del Gobierno Regional. Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, de fecha 18 de junio de 2004, aprueban lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP por parte de las entidades de la Administracion Publica, establece los requisitos minimos para la elaboracion de los instrumentos de gestion, que se ha cumplido estrictamente. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Articulos 9º y 10º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificado por la Leyes Nº 27902, Nº 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, el Consejo Regional de Ucayali en Sesion Ordinaria de fecha 23 de enero del 2008 se aprobo la siguiente Ordenanza Regional. ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal CAP, y el Cuadro Nominativo de Personal CNP, de la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, conteniendo los siguientes cargos clasificados, 68 directivos, 85 profesionales, 116 tecnicos y 04 auxiliares, segun anexo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administracion la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulacion local y a la Oficina de Sistemas para su difusion a traves del MORDAZA Electronico del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali. Articulo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del acta. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgacion. En Ucayali, a los veintitres dias del mes de enero del dos mil ocho MORDAZA MORDAZA HENDERSON MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional de Ucayali POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, a los veintinueve dias del mes de enero del dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 170460-1

de la Constitucion Politica del Estado , modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV, Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902, Nº 28968, Nº 29053 y demas normas complementarias ; en Sesion Extraordinaria de fecha 31 de enero del 2008; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa, conforme se establece en el articulo 2º y 5º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, en concordancia con lo previsto en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; y en el articulo 8º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion. Que, los articulos 47º, 48º, 49º, y 58º de la Ley 27867´Ley Organica de Gobiernos Regionales, establecen que es competencia de los Gobiernos Regionales: Formular, Aprobar y Evaluar las Politicas, Programas, Proyectos y Planes Regionales en materia de Educacion, Salud, Trabajo, Vivienda y Saneamiento en concordancia con las Politicas Nacionales y Planes Sectoriales y los Planes de Desarrollo de los Gobiernos Locales; Que, en el Acuerdo del Milenio celebrado en setiembre del ano 2000, el Estado Peruano se comprometio a lograr los "Objetivos del Desarrollo del Milenio", los cuales comprometen esfuerzos para lograr metas en materia de reduccion de pobreza, el hambre, la desnutricion, la mortalidad MORDAZA e infantil, entre otros, las mismas que deben ser exhibidas entre el ano 2010 y el 2015. Que, la Decimo MORDAZA Politica del Estado "Promocion de la Seguridad alimentaria y Nutricion" establece que el Estado asegura el acceso de alimentos y una adecuada nutricion, especialmente a los ninos menores de 5 anos y lactantes, mujeres gestantes y ninos en etapa escolar, pobres extremos y vulnerables, asi como familias en situacion de pobreza o riesgo, promoviendo una amplia participacion, vigilancia y autogestion de la sociedad civil organizada y de las familias a beneficiar. Que, mediante el articulo primero del Decreto Supremo Nº 066-2004-PCM; se aprobo la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria 2004-2015, la cual plantea como objetivo general el prevenir los riesgos de deficiencias nutricionales y reducir los niveles de malnutricion, en especial en las familias con ninos y ninas menores de cinco anos y madres gestantes, y en aquellas en situacion de mayor vulnerabilidad. Que, mediante el articulo primero del Decreto Supremo Nº 002-2003-PCM; se aprobaron las "Bases para la Estrategia de Superacion de la Pobreza y Oportunidades Economicas para los Pobres", estableciendo en su articulo 3º la convocatoria a los Ministerios, Organismos Publicos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Locales a una activa participacion en la formulacion de la Estrategia de la Superacion de la Pobreza y Oportunidades Economicas para los mas Pobres. En dicho proposito se senalo que las instituciones del Sector Publico alinearan sus planes estrategicos y presupuestos, de acuerdo a los objetivos y metas que se establezcan en la mencionada Estrategia. Que, en la MORDAZA de MORDAZA, en el mes de febrero del 2007 y en el MORDAZA de una serie de coordinaciones y acciones intersectoriales en el tratamiento de la lucha contra la pobreza, los Presidentes de los Gobiernos Regionales establecieron el compromiso de reducir los indicadores en cinco puntos porcentuales durante el periodo gubernamental. Asimismo, en el MORDAZA del Fondo para la Igualdad el gobierno se ha planteado, como meta para el ano 2011 mejorar las condiciones de MORDAZA en las zonas rurales pobres, dentro de ellas reducir la desnutricion cronica rural en ninos menores de cinco anos (en 2005 era 39%), y reducir la pobreza rural (en 2005 era alrededor del 70%). Es asi que para el logro de las metas propuestas de la politica social se requiere el esfuerzo y dedicacion de todo el Estado en sus diferentes niveles de gobierno y la accion coordinada entre ellas. Que, el Plan de Reforma de Programas Sociales, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2007-PCM, establece como objetivo general el de contribuir a la

Aprueban Estrategia Regional CRECER Ucayali
ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2008-CR-GRU EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO : El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º