Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2008 (26/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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De conformidad con el numeral 23) del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones del CONSUCODE, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2007-EF. SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Designar a la Licenciada MORDAZA MORDAZA Olivencia MORDAZA, como responsable de la Entidad para brindar la informacion de acceso al publico, conforme a lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la informacion publica, Ley N.º 27806. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolucion N.º 325-2007-CONSUCODE/PRE, de fecha 22 de junio de 2007. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA B. MORDAZA DE MORDAZA M. Presidente 193651-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Prorrogan plazo para efectuar la declaracion y pago de las obligaciones tributarias para contribuyentes con domicilio fiscal en la provincia de MORDAZA o en la Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 059-2008/SUNAT MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que el articulo 88° del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, senala que la declaracion tributaria es la manifestacion de hechos comunicados a la Administracion Tributaria en la forma y lugar establecidos por ley, reglamento, resolucion de superintendencia o MORDAZA de rango similar; Que el MORDAZA parrafo del articulo 29° del citado TUO, senala que tratandose de tributos que administra la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria SUNAT o cuya recaudacion estuviera a su cargo, el pago de los tributos de determinacion mensual, los anticipos y los pagos a cuenta mensuales se realizara dentro de los doce (12) primeros dias habiles del mes siguiente; Que el inciso d) de la MORDAZA MORDAZA senalada establece que los tributos, los anticipos y los pagos a cuenta no contemplados, entre otros, en el inciso b) del referido articulo 29°, las retenciones y las percepciones, se pagaran conforme lo establezcan las disposiciones pertinentes; Que a su vez el penultimo y ultimo parrafo del articulo 29° del TUO del Codigo Tributario disponen que la SUNAT podra establecer cronogramas de pagos para que estos se realicen dentro de los seis (6) dias habiles anteriores o seis (6) dias habiles posteriores al dia de vencimiento del plazo senalado para el pago, cronogramas de pagos para las retenciones y percepciones a que se refiere el inciso d) del mencionado articulo, asi como disponer la prorroga con caracter general del plazo para el pago de la deuda tributaria; Que mediante la Resolucion de Superintendencia N° 233-2007/SUNAT se establecieron los cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes al ano 2008; Que, de otro lado, el articulo 1° del Decreto Supremo N° 008-2008-PCM declara dias no laborables a nivel de

MORDAZA Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao para los trabajadores de los Sectores Publico y Privado, el jueves 15, viernes 16 y sabado 17 de MORDAZA de 2008, debido a la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobiernos de MORDAZA Latina, el Caribe y la Union Europea ­ Peru 2008; Que, asimismo, el articulo 1° del Decreto Supremo N° 009-2008-PCM declara dias no laborables a nivel de MORDAZA Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao para los trabajadores de los Sectores Publico y Privado, el jueves 20, viernes 21 y sabado 22 de noviembre de 2008, debido a la XVI Cumbre de Lideres del Foro de Cooperacion Economica MORDAZA ­ MORDAZA (APEC); Que los Decretos Supremos Nºs. 008-2008-PCM y 009-2008-PCM establecen que para fines tributarios, los dias MORDAZA mencionados seran considerados habiles; Que sin perjuicio de lo anterior y a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes con domicilio fiscal en la provincia de MORDAZA o en la Provincia Constitucional del Callao que, de acuerdo con la Resolucion de Superintendencia N° 233-2007/SUNAT vencen en los dias declarados no laborables, resulta conveniente prorrogar de manera excepcional el vencimiento de las obligaciones tributarias de periodicidad mensual incluyendo la prevista por el numeral 4.1 del articulo 4° de la citada resolucion, asi como el plazo para efectuar los pagos por concepto del Impuesto a las Transacciones Financieras; En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 29° y 88° del TUO del Codigo Tributario; el articulo 17° de la Ley N° 28194 y modificatoria y el inciso b) del articulo 21° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N° 115-2002PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- PRORROGA DE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EFECTUAR LA DECLARACION Y PAGO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CORRESPONDIENTES A LOS PERIODOS TRIBUTARIOS MORDAZA Y OCTUBRE DE 2008 Excepcionalmente, prorrogase las fechas de vencimiento establecidas en el Anexo N° 1 de la Resolucion de Superintendencia N° 233-2007/SUNAT para los periodos tributarios MORDAZA y octubre de 2008, tratandose de los deudores tributarios que no MORDAZA Buenos Contribuyentes o Unidades Ejecutoras del Sector Publico y que cumplan con los siguientes criterios: 1. Su domicilio fiscal se encuentre ubicado en la provincia de MORDAZA o en la Provincia Constitucional del Callao; y, 2. El ultimo digito del numero de su Registro Unico de Contribuyentes (RUC) sea 0, 1 u 8, 9, segun el mes al que corresponde la obligacion. Para tal efecto, los deudores tributarios tendran en cuenta las fechas de vencimiento que se detallan a continuacion:
MES AL QUE CORRESPONDE LA OBLIGACION MORDAZA 2008 OCTUBRE 2008 FECHA DE VENCIMIENTO SEGUN EL ULTIMO DIGITO DEL NUMERO DEL REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES (RUC) 0 1 19 de MORDAZA de 2008 20 de MORDAZA de 2008 8 9 24 de noviembre de 2008 25 de noviembre de 2008

Articulo 2°.- PRORROGA DE LA FECHA DE VENCIMIENTO PARA EFECTUAR LA DECLARACION Y PAGO DEL IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS (ITF) 2.1 Los agentes de retencion o percepcion, segun sea el caso, y los contribuyentes del ITF que cumplan con los criterios establecidos en el articulo 1° de la presente resolucion, tendran en cuenta las fechas de vencimiento establecidas en dicho articulo para los periodos tributarios MORDAZA y octubre de 2008, para efecto de la MORDAZA de la declaracion jurada de las operaciones en las