Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2006 (28/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano miercoles 28 de junio de 2006

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NORMAS LEGALES

322677

Prorrogan la MORDAZA Promocional de Adquisicion de Partidas de Nacimiento, Matrimonio o Defuncion a traves de Internet, dispuesta mediante Ordenanza N° 228
DECRETO DE ALCALDIA Nº 24 Miraflores, 27 de junio de 2006 EL MORDAZA DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 228 publicada el 29 de MORDAZA de 2006, se aprobo la "Campana Promocional de Adquisicion de Partidas de Nacimiento, Matrimonio o Defuncion a traves de Internet"; Que, la citada Ordenanza dispone que la adquisicion de partidas debera ser solicitada ingresando a la pagina web www.miraflores.gob.pe, las mismas que tendran un valor promocional de S/. 5.00 (cinco nuevos soles), incluida la entrega a domicilio dentro de MORDAZA Metropolitana, efectuando el pago correspondiente a traves de tarjeta de credito, MORDAZA que duraria 30 dias calendario; Que, se ha visto por conveniente continuar brindando mayores facilidades a los vecinos y publico en general para la adquisicion de las partidas de hechos vitales, quienes podran solicitarlas desde su domicilio, oficina o cabina publica, lo que permitira contribuir a seguir implementando nuevas formas de comunicacion y acceso a los servicios que brinda la Municipalidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE DECRETA: Articulo Unico.- Prorrogar hasta el 29 de MORDAZA de 2006 la "Campana Promocional de Adquisicion de Partidas de Nacimiento, Matrimonio o Defuncion a traves de Internet" dispuesta mediante Ordenanza Nº 228, por los considerandos MORDAZA expuestos. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11328

MORDAZA Aredo, por su actuacion como Contador de la Municipalidad Provincial de Julcan; por los fundamentos esgrimidos por la Comision Permanente de Procesos Administrativos que ara estos efectos se reproducen. ANTECEDENTES: Por Resolucion de Alcaldia Nº 198-2006-MPJ de fecha 7 de MORDAZA del 2004, aclarandose que corresponde al presente ano 2006, corriente de folios 53 y 54, se dispuso instaurar MORDAZA administrativo disciplinario al ex trabajador de la Municipalidad Provincial de Julcan, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aredo, por los cargos de: a) No MORDAZA de la informacion requerida por la Contaduria Publica de la Nacion para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica dentro del plazo fijado, y b) Negligencia en el desempeno de las funciones; Corrido el traslado, conforme a los emplazamientos de folios 55, 56 y 64 a 65, el investigado no formula sus descargos dentro del plazo de ley, prosiguiendose la secuela del procedimiento en su rebeldia, conforme al tenor de la resolucion Nº 05 de folios 67. Habiendose allegado el MORDAZA los medios de prueba necesarios y pertinentes, sin el informe oral del investigado por no haberlo solicitado, y emitido el Informe de Vistos, corresponde emitir el pronunciamiento final que ponga fin a la instancia; y, considerando, ademas los siguientes: FUNDAMENTOS: Primero: Que, la falta relativa a la no MORDAZA de la informacion requerida por la Contaduria Publica de la Nacion para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica del ejercicio 2003, dentro del plazo fijado, se encuentra tipificada en el Articulo 25º de la Ley Nº 27312 - Ley de Gestion de la Cuenta General de la Republica, entonces vigente, y atane al hecho que el investigado incumplio con la elaboracion y MORDAZA de la informacion financiera y presupuestal del ano 2003 a la Contaduria Publica de la Nacion dentro del plazo que vencio el 31 de marzo del 2004; falta que se encuentra demostrado con la Resolucion de Contaduria Publica Nº 174-2004-EF/93.01, publicada en Diario Oficial El Peruano de fecha 10 de MORDAZA del 2004. Segundo: Que, la falta sobre negligencia en el desempeno de las funciones, esta prevista en el articulo 28º, inciso d), del Decreto Legislativo Nº 276; y, en primer lugar esta referida a que el investigado no cumplio con elaborar y presentar la informacion financiera y presupuestal correspondiente al I, II, III y IV trimestre del ejercicio 2004, a la Contaduria Publica de la Nacion dentro de los quince dias habiles siguientes de concluido el respectivo trimestre, hecho que fue admitido por el investigado, al registrar la informacion de la situacion de la documentacion contable en el Anexo I, que fuera requerida por la Contraloria General de la Republica en su Oficio Circular Nº 006-2004-CG/VC de fecha 30 de diciembre del 2004. Cabe senalar que conforme a las normas vigentes sobre la materia, la MORDAZA de la informacion financiera y presupuestal correspondiente al IV trimestre del ejercicio 2004, si aparece presentada con ocasion de la remision anual de la misma a la citada entidad rectora, tal como es de verse de la Publicacion de la Resolucion de Contaduria Nº 1812005-EF/93.01, en el Diario Oficial El Peruano de fecha 13 de MORDAZA del 2005, de cuyos Anexos se verifica que esta Comuna ya no aparece en calidad de omisa; empero, esta situacion no enerva la responsabilidad del investigado, habida cuenta que la obtencion de la totalidad de la informacion remitida fue reconstruida en su totalidad por servicios de terceros y sin intervencion de aquel. Tercero: En MORDAZA lugar, el hecho de llevar con atraso los registros de los Libros Diario y de Inventarios y Balances en el periodo enero 2003 a diciembre 2004 se encuentra admitida por el investigado,

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE JULCAN
Sancionan con destitucion a ex servidor de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 294-2006-MPJ

Julcan, 25 de MORDAZA del 2006 VISTOS: El Informe Nº 03-2006-MPJ-CPPAD, emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta Municipalidad, con los demas antecedentes que contiene el presente MORDAZA disciplinario seguido contra don MORDAZA MORDAZA