Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2006 (28/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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LICA DEL P E

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322664

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 28 de junio de 2006

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 11339

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 646-2006-JEF/RENIEC

MORDAZA, 21 de junio de 2006 VISTOS: Los Oficios Nºs 002560-2005-GP/SGDAC/RENIEC y Nº 002574-2005-GP/RENIEC, y el Informe Nº 5412006-GAJ/RENIEC de fecha 18 de MORDAZA de 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO:

2006/SGDAR/GP/RENIEC, 042-2006/SGDAR/GP/ RENIEC, han procedido a la exclusion de las inscripciones Nº 01824074, 42325528, 04819848 y 25306020, respectivamente, y como consecuencia los Documentos Nacionales de Identidad emitidos se encuentran cancelados, esto en resguardo de la identidad de las personas afectadas, que los hechos MORDAZA descritos se desprende que el comportamiento realizado por los ciudadanos MORDAZA SAIRE PLATERO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA al haber declarado datos falsos en instrumento publico, con el objeto de suplantar la identidad de ciudadanos inscritos validamente en el Registro, perjudicando de esta forma la seguridad juridica registral, constituyen indicios razonables de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA SAIRE PLATERO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE NAJARRO; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:

Que, la Gerencia de Procesos, a traves de la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, organo de linea encargado de la depuracion y actualizacion de datos del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, ha detectado que el ciudadano MORDAZA SAIRE PLATERO, obtuvo la Inscripcion Nº 01824074 a nombre de MORDAZA SAIRE PLATERO, conforme a la Declaracion Jurada que el mismo ciudadano MORDAZA Saire Platero quien declaro haber utilizado la Partida de nacimiento de su hermano para obtener su inscripcion; Que, asimismo, se ha determinado que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien se identifico bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA obtuvo irregularmente la Inscripcion Nº 42325528 con datos correspondientes al ciudadano MORDAZA MORDAZA RUIZ. Que, se ha determinado que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA obtuvo irregularmente la Inscripcion Nº 04819848 bajo el nombre de LENI MORDAZA WATANABE. Luego, la ciudadana afectada LENI MORDAZA WATANABE solicita la cancelacion de la inscripcion 04819848 por tratarse de una usurpacion de identidad; Que, por otro lado, se ha determinado que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA obtuvo la Inscripcion Nº 25306020 a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA PUMA. Posteriormente, la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita la cancelacion de la inscripcion Nº 25306020 por usurpacion de identidad; Que, mediante los Informes de Homologacion Monodactilar Nº 333/2004/GP/BG/RENIEC, 174/2003/ UDGIA/GP/RENIEC, 1011/2005/GP/BG/RENIEC, 991/ 2005/GP/BG/RENIEC y 492/2005/GP/SGDAC-AP, respectivamente, se ha determinado que existe suplantacion de identidad de los ciudadanos MORDAZA SAIRE PLATERO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, LENI MORDAZA WATANABE y MORDAZA MORDAZA MORDAZA PUMA; Que, si bien la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central (actualmente Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral) y la entonces Division de Procesamiento, mediante Resoluciones Nº 278-2003GP/SGDAC-RENIEC, 230-2003-GP/DP/RENIEC, 043-

Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA SAIRE PLATERO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 11221

Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Miraflores, distrito de Nauta, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 647-2006-JEF/RENIEC

MORDAZA, 23 de junio de 2006 VISTOS: el Informe Nº 001683-2006/SGREC/GO/ RENIEC de fecha 18 de MORDAZA del 2006 y el Informe Nº 000548-2006-GAJ/RENIEC de fecha 23 de MORDAZA del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica.