Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2006 (17/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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324078

NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 17 de MORDAZA de 2006

Que, en el MORDAZA del Convenio de Cooperacion Interinstitucional suscrito entre la Contraloria General de la Republica y la Unidad de Inteligencia Financiera suscrito el 18.JUN.2004, MORDAZA entidades asumen el compromiso de brindar el apoyo en la interpretacion y aplicacion del MORDAZA normativo legal en materia de prevencion y deteccion del MORDAZA de activos, asi como en temas afines a su competencia, contribuyendo al rol institucional en la lucha contra la corrupcion; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica preside el Grupo Especial de Trabajo de Lucha contra el MORDAZA de Dinero de la Organizacion Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores ­ INTOSAI, cuyos objetivos son promover la cooperacion internacional entre las entidades de fiscalizacion y con otras organizaciones en la lucha contra el MORDAZA de dinero, ademas de identificar y compartir estrategias en esta materia dentro de sus competencias y facultades; Que, dentro de los temas de agenda a ser desarrollados se contempla, entre otros, la MORDAZA del informe general de avances del GAFISUD, asi como el informe sobre diagnostico de necesidades y vinculos entre la corrupcion y el MORDAZA de activos; asi como las evaluaciones mutuas de los diferentes paises de la region sobre la materia; Que, la citada reunion constituye un espacio tecnico que permitira captar informacion y asimilar los avances tecnicos normativos en materia de prevencion y deteccion de MORDAZA de activos y temas afines a la lucha contra la corrupcion administrativa, ademas de reforzar los vinculos de cooperacion con otras entidades en esta linea estrategica de trabajo, impulsando actividades coordinadas de investigacion que facilite el analisis de problemas comunes en temas de lucha contra la corrupcion; Que, este Organismo Superior de Control viene emprendiendo acciones orientadas a la institucionalizacion de lucha contra la corrupcion en el MORDAZA de su Plan Estrategico; por lo que, resulta conveniente autorizar la comision de servicios de la abogada MORDAZA MORDAZA Peirano, integrante del Grupo de Trabajo de Prevencion de la Corrupcion de la Contraloria General de la Republica y representante de este Organismo Superior de Control ante el Consejo Consultivo de la UIF; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 0472006-CG de 15.FEB.2006 se aprobo el Plan Anual de Viajes al Exterior de la Contraloria General de la Republica correspondiente al ano 2006, el mismo que no incluye las citadas reuniones, por constituir actividades determinadas en fechas posteriores a la aprobacion del aludido documento, siendo necesaria su incorporacion; Que, el financiamiento el costo que irrogue la comision de servicios de la citada profesional a la MORDAZA de Brasilia, Brasil, sera asumido con cargo a los recursos de la Contraloria General de la Republica conforme al Memorando Nº 566-2006-CG/FI de la Gerencia de Finanzas; De conformidad con las facultades conferidas por el articulo 32º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785; y con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje en comision de servicios, de la Abog. MORDAZA MORDAZA Peirano, miembro del Grupo de Trabajo de Prevencion de la Corrupcion de la Contraloria General de la Republica y representante de este Organismo Superior de Control ante el Consejo Consultivo de la Unidad de Inteligencia Financiera, a la MORDAZA de Brasilia, Brasil del 18 al 22 de MORDAZA de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje de la citada profesional seran asumidos con cargo al presupuesto del Pliego 019: Contraloria General, conforme al detalle siguiente: Pasaje Aereo: US$ 1 760,55 Viaticos: US$ 800,00 Tarifa CORPAC: US$ 30,25

Articulo Tercero.- La citada profesional presentara a la Alta Direccion un informe sobre el alcance y resultados del evento, con MORDAZA a la Gerencia de Cooperacion Tecnica, asi como un ejemplar de los materiales tecnicos obtenidos, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion a favor de la profesional cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 00101-1

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de la Municipalidad Distrital de Barranco
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 210-2006-CG

MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2006 VISTO, el Informe Especial Nº 079-2006-CG/ORLC resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Barranco, periodo 1993 al 2006; y; CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control 2006, de la Oficina Regional de Control MORDAZA ­ Callao de la Contraloria General de la Republica, se dispuso un Examen Especial a la Municipalidad Distrital de Barranco, a fin de evaluar, entre otros, si los procesos de aprobacion, adjudicacion y contratacion, mediante los cuales la Municipalidad Distrital de Barranco otorgo en concesion diversos proyectos a ejecutarse en las playas de su jurisdiccion, se realizaron de conformidad con las normas legales pertinentes; Que, como resultado del Examen Especial efectuado a dicha entidad, la Comision Auditora ha evidenciado que funcionarios y autoridades del citado Municipio, que intervinieron en la aprobacion del Proyecto "Complejo Deportivo Sport Point"; incumplieron el MORDAZA normativo correspondiente, en la medida que retomaron un contrato de concesion, no obstante que el procedimiento de adjudicacion, en el ano 1995, fue observado por la Contraloria General de la Republica; siendo materia de una sentencia penal por el delito de Negociacion Incompatible con el Cargo; asimismo, que mediante Acuerdo de Concejo Nº 074-95-CMB, se habia dejado sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 027-94-CMB, mediante el cual se otorgo en cesion en uso al concesionario terrenos de la Costa MORDAZA (Playa Las Cascadas). Que, se ha evidenciado que se recomendo, viso y suscribio dos contratos de arrendamiento y una adenda, y que se aprobo una iniciativa privada vinculada al proyecto a que se refiere el parrafo precedente, sin cumplir los procedimientos y requisitos que establece la legislacion aplicable. Que, los hechos mencionados, constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos de Negociacion Incompatible o Aprovechamiento Indebido del Cargo y Omision, rehusamiento o demora de actos funcionales previstos y penados en los articulos 399º y 377° del Codigo Penal, respectivamente, vigente en el periodo de ocurrencia de los hechos; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales