Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2006 (17/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano lunes 17 de MORDAZA de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

324075

servidores y funcionarios de los ministerios, de los Organismos Publicos Descentralizados, de los Agregados Militares, Aereos, Navales y Policiales, asi como de las empresas sujetas al ambito de FONAFE, que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijados para el Ejercicio del ano 2006 se efectuara por Resolucion Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Sector correspondiente; exceptuandose aquellos viajes que realizan los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, asi como la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Oficina Central Nacional - INTERPOL de la Policia Nacional del Peru del Ministerio del Interior y los destinados al desarrollo de funciones en el MORDAZA de las negociaciones orientadas a la suscripcion de los Tratados de Libre Comercio, a efectuar acciones de promocion y/o negociacion economica comercial de importancia para el Peru; los que se autorizaran mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, MORDAZA del inicio de la comision de servicios"; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronautica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normas tecnicas vigentes y poder mantener la calificacion otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe efectuar la atencion de las solicitudes de servicios descritas en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervision e inspeccion de todas las actividades aeronauticas civiles; Que, segun Informe Nº 0446-2006-MTC/12, de fecha 3 de MORDAZA de 2006, de la Direccion General de Aeronautica Civil, se senala que la empresa Lan Peru S.A., con Carta OPS.359/06/06, presentada el 28 de junio de 2006, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar el chequeo tecnico en la ruta MORDAZA - MORDAZA, a su personal aeronautico propuesto, durante el dia 18 de MORDAZA de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nº 19658, 19659 y 19660, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 1263-2006-MTC/12.04-SDO designando al Inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Freundt, para realizar el chequeo tecnico en la ruta MORDAZA - MORDAZA, al personal aeronautico propuesto por la empresa Lan Peru S.A., el dia 18 de MORDAZA de 2006, autorizando su estadia en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, durante los dias 18 al 19 de MORDAZA de 2006; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar el chequeo tecnico a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 1263-2006-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619,

el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 006-2006; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Freundt, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, durante los dias 18 al 19 de MORDAZA de 2006, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Lan Peru S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nº 19658, 19659 y 19660, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 400.00 US$ 30.25

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 00065-2

Precisan Derecho de Via de los Tramos Huancayo - Imperial, Imperial Izcuchaca, Izcuchaca - La MORDAZA, La MORDAZA - Mayocc, Mayocc Huanta y Huanta - MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 562-2006-MTC/02

MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º del Decreto Ley Nº 20081 establece que la faja de dominio o derecho de via, comprende el area de terreno en que se encuentra la carretera y sus obras complementarias, los servicios y zonas de seguridad para los usuarios y las previsiones para futuras obras de ensanche y mejoramiento; Que, de conformidad con el articulo 4º del Decreto Ley Nº 20081 corresponde al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, hoy Ministerio de Transportes y Comunicaciones, fijar el derecho de via, en atencion a la categoria y clasificacion de las carreteras, asi como a las caracteristicas topograficas de las regiones en las que se ejecuten los proyectos viales; Que, asimismo por Decreto Supremo Nº 09-95-MTC se aprobo el Clasificador de Rutas del MORDAZA, estableciendose que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante Resolucion Ministerial actualizara el referido Clasificador de Rutas; Que, mediante Informe Nº 98-2006-MTC/14.03, el Director de la Direccion de Desarrollo Vial de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, indica que los Tramos: Huancayo Imperial; Imperial-Izcuchaca; Izcuchaca - La Esmeralda; La MORDAZA - Mayocc; Mayocc - Huanta y Huanta - MORDAZA, se encuentran ubicados entre los departamentos de MORDAZA, Huancavelica y MORDAZA, habiendose determinado el derecho