Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2006 (17/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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EP

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LICA DEL P E

RU

324050

NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 17 de MORDAZA de 2006

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONSUCODE Res. Nº 487/2006.TC-SU.- Imponen sancion administrativa de suspension a Cellfast S.A.C. 324080 SUNAT Res. Nº 363-2006-SUNAT/A.- Fijan Factores de Conversion Monetaria 324081

Ordenanza Nº 0053-2006-CR-GRH.- Disponen que Directores de las Instituciones Educativas publicas y privadas del ambito regional pongan en conocimiento de la autoridad competente casos de maltrato fisico, psicologico y otros en agravio de los alumnos 324083

GOBIERNOS LOCALES
PROVINCIAS

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA Ordenanza Nº 052-2006-CR-GRH.- Aprueban el Sistema Regional de Gestion Ambiental para la Region MORDAZA 324082

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TARMA RR.AA. Nºs. 529 y 530-2006-ALC/MPT.- Inician procesos administrativos disciplinarios a servidores y ex servidores de la Municipalidad 324083

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 012-2006 AUTORIZAN MODIFICACIONES A LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL ANO FISCAL 2006 - LEY Nº 28652 Y DICTAN OTRAS MEDIDAS
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, las proyecciones de ingresos del Tesoro Publico en el presente ano fiscal, arrojan mayores recursos respecto a los considerados en el MORDAZA Macroeconomico Multianual 2007-2009, los cuales pueden ser destinados a gastos de caracter ineludible y de prioridad nacional para el bienestar de la ciudadania y del Estado, en los Pliegos Presupuestarios Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa para cubrir los gastos de combustible y lubricantes, a fin de atender los servicios de patrullaje y otras actividades para preservar el orden interno y el mantenimiento de la seguridad ciudadana, asi como para el funcionamiento de las unidades operativas de las Fuerzas Armadas, respectivamente; Que, a efecto de apoyar las funciones que realizan los trabajadores administrativos activos que cumplen labor efectiva en las Instituciones Educativas, las Unidades de Gestion Educativa Local y las Direcciones Regionales de Educacion, es necesario otorgar un incremento mensual en la Asignacion Especial aprobada por el Decreto Supremo Nº 068-2005-EF y dictar otras medidas complementarias orientadas a dicha finalidad. Que, asimismo, es necesario facultar al Ministerio de Economia y Finanzas para que, mediante Decreto Supremo y previa evaluacion de la ejecucion y proyeccion de los ingresos y gastos publicos y dentro

del total del credito presupuestario que dispone el citado Pliego en el ejercicio fiscal correspondiente, pueda efectuar la recomposicion de la estructura de las MORDAZA de financiamiento que le permita cumplir con las obligaciones derivadas del servicio de deuda; Que, a efectos de concluir con el MORDAZA de liquidacion de la Banca de Fomento en Liquidacion - BFL, resulta necesario disponer la MORDAZA por el Ministerio de Economia y Finanzas de obligaciones a cargo de diversas entidades del Poder Ejecutivo con la citada Banca, para proceder a su compensacion, dandose por extinguido el saldo resultante a favor de cualquiera de las partes; Que, de otro lado el Poder Ejecutivo tiene como una de sus funciones esenciales el mantenimiento de la disciplina y equilibrio fiscal, en el MORDAZA de un desarrollo sostenido y responsable de las finanzas publicas, por lo que se debe derogar la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 28773, al constituir una medida de gasto no planteada por el Poder Ejecutivo y que no cuenta con el financiamiento para su implementacion en el Presupuesto del Sector Publico para el presente ano fiscal; Que, las medidas MORDAZA senaladas, constituyen acciones de caracter economico y financiero y, que de no dictarse en forma urgente, las entidades involucradas pueden verse afectadas en el cumplimiento de sus funciones, perjudicando ulteriormente a la colectividad, por lo que es necesario establecer medidas de interes nacional en forma extraordinaria; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, hasta la suma de CIENTO SESENTA Y DOS MILLONES ONCE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 162 011 832,00), de acuerdo al siguiente detalle: