Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2006 (24/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de diciembre de 2006

personal del Instituto Nacional de Salud por un plazo MORDAZA de tres (3) meses o hasta que se suscriba el contrato para la prestacion del servicio correspondiente al Concurso Publico Nº 001-2006-OPD/INS, Primera Convocatoria. La prestacion del servicio se realizo mediante el Contrato Nº 138-2006-OPD/INS, suscrito el 19 de setiembre de 2006, con la firma MORDAZA SEGURITY S.A.C.; Que, el 14 de noviembre de 2006 fue otorgada la Buena Pro a favor del CONSORCIO MORDAZA SEGURITY S.A.C. ­ FORZA SEGUR S.A.C. ­ BONETTI PERU S.A.C. en el Concurso Publico Nº 001-2006-OPD/INS, Primera para la contratacion del "Servicio de Vigilancia y Seguridad de las Instalaciones, Bienes Muebles e Inmuebles y del personal del INS"; Que, contra dicho otorgamiento de la Buena Pro, el postor SECURITY ZAK S.A. interpuso Recurso de Apelacion el 21 de noviembre de 2006, subsanado el 23 de noviembre de 2006, el mismo que fue resuelto mediante Resolucion Jefatural Nº 711-2006-J-OPD/INS el 5 de diciembre de 2006, modificada en parte por la Resolucion Jefatural Nº 715-2006-J-OPD/INS, de 6 de diciembre de 2006; Que, contra dicha Resolucion, el 14 de diciembre de 2006, la firma MORDAZA SEGURITY S.A.C. interpone Recurso de Revision ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el mismo que viene tramitandose con el Expediente Nº 01807-2006-TC, asimismo, el 15 de diciembre de 2006, la firma EMPRESA DE SEGURIDAD, VIGILANCIA Y CONTROL SAC - ESVICSAC interpone el mismo Recurso ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el mismo que viene tramitandose con el Expediente Nº 01827-2006-TC; Que, mediante Informe Nº 148-2006-EQ.OBT-OGA/ INS de 1 de diciembre de 2006, el Equipo de Obtencion comunica de la culminacion del Contrato Nº 138-2006OPD/INS el 18 de diciembre proximo. En la misma fecha, el Director de la Oficina Ejecutiva de Logistica, mediante Memorando Nº 783-2006-OEL-OGA/INS solicita al Coordinador del Equipo de Patrimonio remita los Terminos de Referencia correspondientes a la contratacion del servicio de vigilancia y seguridad para las cinco sedes del Instituto Nacional de Salud, en prevision de cualquier desabastecimiento, los mismos que son remitidos el 6 de diciembre de 2006, mediante Oficio Nº 097-2006-EPOEL-OGA/INS; Que, mediante Informe Nº 625-2006-OEL-OGA/INS de 7 de diciembre de 2006, el Equipo de Programacion de la Oficina Ejecutiva de Logistica comunica que el Concurso Publico Nº 001-2006-OPD/INS puede ser objeto de revision ante el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado razon por la cual se deben adoptar las medidas tendientes a evitar el desabastecimiento del servicio de vigilancia y seguridad en las instalaciones del Instituto Nacional de Salud, para lo cual precisa que existe disponibilidad presupuestal para atender el requerimiento que surgiria, por un monto total de S/. 120,339 (ciento veinte mil trescientos treinta y nueve nuevos soles); Que, mediante Informe Nº 976-2006-OEL-OGA/INS de 11 de diciembre de 2006, la Oficina Ejecutiva de Logistica, solicita se declare en situacion de desabastecimiento inminente el Servicio de Vigilancia y Seguridad de las Instalaciones, Bienes Muebles e Inmuebles y del Personal del Instituto Nacional de Salud, teniendo en cuenta que el Contrato Nº 138-2006-OPD/INS suscrito como consecuencia de la exoneracion por desabastecimiento inminente declarada mediante Resolucion Jefatural Nº 558-2006-J-OPD/INS vence el 18 de diciembre y que existe la inminencia de que alguno de los postores que participaron en el Concurso Publico Nº 001-2006-OPD/ INS interpongan Recurso de Revision, siendo ese el estado del proceso; Que, la Oficina Ejecutiva de Logistica sustenta el requerimiento en lo siguiente: i) El Instituto Nacional de Salud tiene como funcion asignada la proteccion de la salud publica en el MORDAZA, conforme lo establece la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de

Salud, aprobado por D.S. Nº 001-2003-SA, por lo que debe asegurar el normal desarrollo de sus funciones, actividades y/o operaciones encomendadas por el Estado, a fin de garantizar el derecho constitucional y fundamental de las personas a la salud publica a nivel nacional para la prevencion y control de riesgos y danos asociados a las enfermedades transmisibles y no transmisibles, entre otros, conforme a sus funciones asignadas por ley; y ii) el Instituto Nacional de Salud cuenta con activos fijos de valor muy alto por lo que la posibilidad de no contar con el servicio de vigilancia y seguridad pondria en peligro la seguridad e integridad de los referidos bienes cuya perdida podria general un perjuicio economico al Estado, en tanto los referidos bienes son de propiedad del INS, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Salud, afectando la operatividad de sus sistemas razones por la cuales es necesario declarar el desabas,tecimiento inminente de dicho servicio por un plazo de 90 dias calendario o hasta la suscripcion del contrato correspondiente al Concurso Publico Nº 001-2006-OPD/INS, lo que ocurra primero y por un monto de S/. 120,338.28 (ciento veinte mil trescientos treinta y ocho y 28/100 nuevos soles); Que, finalmente, mediante Informe Nº 258-2006-OGA/ INS de 11 de diciembre de 2006 la Oficina General de Administracion ratifica el contenido del Informe elevado por la Oficina Ejecutiva de Logistica, senalando que la Entidad se encuentra en una situacion de desabastecimiento inminente del servicio de Seguridad y Vigilancia en la Sede Central y los locales anexos del Instituto Nacional de Salud por cuanto lo anteriormente expuesto conllevaria a que la Entidad no cuente con el servicio de seguridad y vigilancia el 19 de diciembre del 2006 lo que impediria a la Entidad continuar con el desarrollo de sus funciones, actividades y/o operaciones encomendadas por ley y pondria en peligro la seguridad e integridad de los bienes con los que cuenta, causandose un perjuicio economico al INS y por tanto al Estado, razon por la cual solicita que en cumplimiento de lo dispuesto en los articulos 20 º y 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado se proceda a declarar en situacion de desabastecimiento inminente el referido servicio; Que, el articulo 19º literal c) del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, senala que estan exoneradas del MORDAZA de seleccion correspondiente, aquellas contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente; Que, el articulo 21º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM en concordancia con el articulo 141º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM sobre la adquisicion o contratacion en situacion de desabastecimiento inminente senala que "(...) se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial." Asimismo que "la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos (...)"; Que, conforme a dichas normas, para proceder a la exoneracion de un MORDAZA de seleccion por la causal establecida en el articulo 19º literal c) del T.U.O. de la Ley Nº 26850 es necesario que se verifique que: i) se trata de una situacion extraordinaria e imprevisible; ii) que la ausencia del bien o servicio comprometa en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; ii) que se trata de una necesidad actual y urgente; Que, teniendo en cuenta dichas consideraciones se tiene que, conforme a los informes tecnicos de la referencia, elaborados por la Oficina General de Administracion y Oficina Ejecutiva de Logistica, la Oficina General de Asesoria Juridica mediante el Informe Nº 281-2006OGAJ/INS opina por la procedencia de la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para la