Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2006 (08/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de diciembre de 2006

calculo para el reajuste de la Compensacion por Tiempo de Servicios o cualquier otro MORDAZA de bonificaciones, asignaciones o entregas; cualquier acto administrativo que disponga lo contrario sera nulo de pleno derecho. c) No es de alcance a las personas que prestan servicios bajo la modalidad de contratos por servicios no personales o Locacion de Servicios. d) Se afecta al grupo Generico de Gasto Personal y Obligaciones Sociales. Articulo 3º.- Financiamiento El costo de aplicacion de lo dispuesto en la presente MORDAZA, se atendera integramente con cargo al Presupuesto Institucional aprobado al Instituto Nacional Penitenciario ­ INPE, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Para tal efecto, exceptuase al INPE de lo senalado en el literal a) del articulo 8º de la Ley Nº 28652, quedando autorizado a efectuar transferencias en el nivel funcional programatico. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los seis dias del mes de diciembre de dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de diciembre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 6597-4

uso de su periodo vacacional o de licencia con goce de remuneraciones. b) No tienen caracter ni naturaleza remunerativa ni pensionable y no se encuentran afectos a cargas sociales. Asimismo, no constituyen base de calculo para el reajuste de la Compensacion por Tiempo de Servicios o cualquier otro MORDAZA de bonificaciones, asignaciones o entregas; cualquier acto administrativo que disponga lo contrario sera nulo de pleno derecho. c) No son de alcance a las personas que prestan servicios bajo la modalidad de contratos por servicios no personales o Locacion de Servicios. d) Se afecta al grupo Generico de Gasto Personal y Obligaciones Sociales. Articulo 3º.- Financiamiento El costo de aplicacion de lo dispuesto en la presente MORDAZA, se atendera integramente con cargo al Presupuesto Institucional aprobado al Pliego Ministerio de Defensa, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Para tal efecto, queda exceptuado de lo senalado en el literal a) del articulo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, asi como de las restricciones presupuestarias en materia de modificaciones presupuestarias a que se refiere el literal f) del articulo 6º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los seis dias del mes de diciembre de dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

LEY Nº 28922
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de diciembre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 6597-5

Ha dado la Ley siguiente:

LEY Nº 28923 LEY QUE OTORGA UNA ASIGNACION EXCEPCIONAL A FAVOR DEL PERSONAL CIVIL DEL MINISTERIO DE DEFENSA
Articulo 1º.- Objeto de la Ley Otorgase, por unica vez, en el mes de diciembre de 2006, una "Asignacion Excepcional" ascendente a la suma de SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 600,00), al personal civil administrativo de los institutos armados (Ejercito Peruano, MORDAZA de MORDAZA del Peru y Fuerza Aerea del Peru) que vienen realizando labor efectiva en el Pliego Ministerio de Defensa. Articulo 2º.- Caracteristicas de la Asignacion Excepcional Las Asignaciones Excepcionales dispuestas en el articulo precedente, se sujetan a lo siguiente: a) Comprende al personal que se encuentra en planilla, incluido a los que se encuentren haciendo EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE ESTABLECE EL REGIMEN TEMPORAL EXTRAORDINARIO DE FORMALIZACION Y TITULACION DE PREDIOS URBANOS
Articulo 1°.- Objeto de la Ley Declarase de interes publico la formalizacion y titulacion de predios urbanos informales a nivel nacional, MORDAZA publicos o privados y disponese su preferente