Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2005 (11/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2005

y de los interesados de la presente Ordenanza, para su conocimiento y fines. Articulo Sexto.- Disponer su publicacion mediante el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y archive. MORDAZA CARCAMO MORDAZA MORDAZA Provincial 08801

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios de asesoria tecnica legal en fiscalizacion y cobranza a principales y medianos contribuyentes
ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2005-AC-MDDH MORDAZA MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2005 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTOS:

Que, de acuerdo a los informes aludidos se aprecia una considerable deuda tributaria y no tributaria que no ha sido cobrada, ni exigida coactivamente por la complejidad para su determinacion y posterior cobranza y que podrian quedar prescritas si no se adoptan medidas urgentes. Que, segun el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de de la Ley de Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM estan exonerados del MORDAZA de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos de acuerdo a lo que establezca el Reglamento. Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas, se realizan mediante acciones inmediatas y se aprobaran mediante Acuerdo de Concejo Municipal, en el caso de gobiernos locales. Que, la empresa COSEMSA, cuenta con personal capacitado y especializado en Fiscalizacion y Cobranza en deuda tributaria a favor de la Municipalidad; conforme lo acredita con la documentacion evaluada, aunado que lo efectuara con su propio peculio y solo cobrara un 28% de porcentaje de lo que efectivamente logre recaudar, siendo estos hechos los que la diferencian de los demas competidores del MORDAZA, por lo que resulta procedente la contratacion de dicha contratista para la realizacion del trabajo mencionado. En consecuencia, conforme a las facultades conferidas en el articulo 9º y 20º la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta por unanimidad de votos de sus miembros asistentes, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA adopta el siguiente acuerdo. SE ACUERDA:

En Sesion Extraordinaria del Concejo de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA de fecha 21 de MORDAZA del 2005, el Informe Nº 24-2005-MDDH/GM de 19 de MORDAZA del 2005, el informe Nº 023-MDDH/GPP de 18 de MORDAZA del 2005, Informe de la Subgerencia de Rentas y/o MORDAZA (e) Nº 056-MDDH/SGR. de fecha 30 de marzo del 2005, y el informe Tecnico Legal Nº 01-2005-ALE/MDDH, de fecha 17 de MORDAZA del 2005. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de gobierno local que emanan de la voluntad popular que son Personas Juridicas de Derecho Publico con Autonomia Economica y Administrativa, en los asuntos de su competencia. Que, mediante Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 21 de MORDAZA del 2005, se ha tratado como uno de los puntos de agenda evaluar los informes presentados por la Gerencia Municipal, Gerencia de Presupuesto y Planificacion, Subgerencia de Rentas y el Informe Tecnico Legal del Asesor Externo de la Municipalidad. Que, conforme a los informes que sustentan, existen entidades en nuestra jurisdiccion que no cumplen con sus obligaciones para con la Comuna, por lo que es necesario fiscalizar y determinar deudas tributarias y no tributarias a favor del Municipio y que no es posible realizarlas con los recursos humanos y tecnicos con que cuenta la Municipalidad, por carecer de personal tecnico especializado en estos asuntos. Que de acuerdo a los informes, que sustentan a la configuracion del supuesto del Servicio Personalisimo, previsto en el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, asi como la consiguiente exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de Asesoria Tecnica y Legal de Fiscalizacion y Cobranzas de deudas tributarias y no tributarias. Que la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA carece actualmente de personal especializado en los asuntos de Fiscalizacion y Cobranza de deudas tributarias y no tributarias de MORDAZA y medianos contribuyentes, que, de acuerdo con la evaluacion del proyecto presentado por la empresa COSEMSA, este cuenta con recursos humanos con especializacion en materia tributaria y amplia experiencia en el recupero de deudas tributarias y no tributarias de Gobiernos Locales.

Articulo Primero.- Declarar la contratacion de la empresa COSEMSA como servicios personalisimos de conformidad el MORDAZA f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Articulo Segundo.- Exonerar a la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del MORDAZA de seleccion de Adquisicion Directa Publica para la contratacion del servicio de Asesoria Tecnica Legal especializada en Fiscalizacion y Cobranzas a principales y medianos contribuyentes a favor de la Municipalidad. Articulo Tercero.- La contratacion a la que se refieren los articulos precedentes sera brindada durante el periodo que dure el servicio pactado y su fecha limite es el 31 de diciembre del 2006 y se establece como valor referencial del costo el VEINTIOCHO (28%) POR CIENTO, incluidos los Impuestos de Ley sobre la recaudacion efectiva que ingresa a MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Hernandez. La realizacion del MORDAZA correspondiente estara a cargo de un comite especial que seguira el procedimiento dispuesto por el articulo 148º del Reglamento de Adquisiciones del Estado, aprobado el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Articulo Cuarto.- La fuente de financiamiento para asumir el costo del servicio es de recursos propios precisando que seran los efectivamente recaudados como consecuencia de la prestacion de servicios efectuada. Articulo Quinto.- El presente Acuerdo de Concejo asi como los informes, se remitiran a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion del presente Acuerdo de Concejo. Articulo Sexto.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y el Diario Oficial de la Region y remitir el original del mismo dentro de los diez (10) dias habiles de su aprobacion a la Contraloria de la Republica y al Consucode. Registrese, publiquese y cumplase. FREDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08883