Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2005 (11/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2005

Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la presente Resolucion Jefatural para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHU MORDAZA Jefa Nacional Oficina Nacional de Procesos Electorales 08842

Aprueban modelo de cedula de votacion para la Eleccion de Consejeros del CNM por los miembros de los Colegios Profesionales del MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 126-2005-J/ONPE MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2005. VISTOS: El Memorandum Nº 160-2005-GIEE/ONPE, de la Gerencia de Informacion y Educacion Electoral, de fecha 6 de MORDAZA de 2005 mediante el cual se propone a este despacho la aprobacion del diseno de las cedulas de sufragio, con las especificaciones tecnicas que las caracterizan, para la Eleccion de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios Profesionales del pais; el Informe Nº 056-2005CGN, y el Memorandum Nº 243-2005-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 009-2005-J/ ONPE publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de enero de 2005, se ha convocado a la Eleccion de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios Profesionales del MORDAZA para el MORDAZA 19 de junio de 2005; Que, de conformidad con el articulo 37º de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales tiene a su cargo la organizacion y ejecucion de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujecion a la Constitucion y su Ley Organica; Que, el literal c) del articulo 5º de la Ley Nº 26487, Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, senala que es funcion de la Oficina Nacional de Procesos Electorales planificar, preparar, y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normatividad vigente; Que, asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 2º de la citada Ley Nº 26487, esta institucion tiene como funcion esencial velar por la obtencion de la fiel y libre expresion de la voluntad popular, manifestada a traves de los procesos electorales, de referendum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones establece en su articulo 159º que corresponde a la Oficina Nacional de Procesos Electorales determinar las caracteristicas de las cedulas de sufragio, disponer lo relacionado con la impresion y distribucion de las mismas en la forma de que estime mas conveniente, asi como las indicaciones ilustrativas que debe llevar la cedula para facilitar el MORDAZA al elector; Que, el articulo 5º literal b) de la Ley Nº 26487, Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, dispone en concordancia con el precitado dispositivo legal, que es funcion de la Oficina Nacional de Procesos Electorales disenar la cedula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realizacion de los procesos a su cargo; Que, conforme lo dispuesto en el articulo 29º de las "Normas Complementarias para la Eleccion de Consejeros representantes de los Colegios Profesionales del MORDAZA ante el Consejo Nacional de la Magistratura", aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 057-2005-J/

ONPE, la ONPE determina las caracteristicas del material electoral necesario para el desarrollo de la eleccion; Que, conforme lo senalado en el articulo 2º de las "Disposiciones Adicionales de las Normas Complementarias para la Eleccion de Consejeros representantes de los Colegios Profesionales del MORDAZA ante el Consejo Nacional de la Magistratura", aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 101-2005-J/ONPE, la ONPE debera publicar el diseno y el procedimiento de ubicacion de los candidatos, dentro de los dos dias naturales despues de efectuada la publicacion de la relacion provisional de candidatos inscritos; Que, dicha publicacion, conforme lo dispuesto en el articulo 26º del "Reglamento de Candidatos para la Eleccion de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los Colegios Profesionales del Pais", aprobado por Resolucion Jefatural Nº 093-2005-J/ONPE, debera efectuarse el 9 de MORDAZA de 2005. La citada publicacion ha sido realizada mediante Resolucion Jefatural Nº 1222005-J/ONPE, de fecha 6 de MORDAZA de 2005. Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 103-2005-J/ ONPE, de fecha 20 de MORDAZA de 2005, se aprobo el Manual de Procedimientos Electorales (MAPRO Electoral) de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en el cual se encuentra debidamente incorporado el procedimiento de ubicacion de candidatos (Codigo PE07.0-2005GP/ONPE), que debera publicarse conforme las normas senaladas en los parrafos precedentes. Que, de acuerdo al literal 62º, literal f) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado mediante Resolucion Nº 051-2004-J/ONPE, es funcion de la Gerencia de Informacion y Educacion Electoral, elaborar el diseno grafico de la cedula de sufragio, actas electorales, formatos y cualquier otro material electoral, incorporando las especificaciones tecnicas formuladas por la Gerencia de Gestion Electoral y proponer dichos materiales a la Jefatura Nacional para su aprobacion; Que, asimismo, el literal f) del articulo 9º del citado Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE dispone que es funcion de la Jefatura de la ONPE aprobar el diseno de la cedula de sufragio, actas electorales, formatos y cualquier otro material electoral. En uso de las atribuciones que se le confieren al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales en los articulos 5º, 13º y 21º de la Ley Nº 26487, el articulo 182º de la Constitucion Politica del Peru; y el articulo 9º literal f), del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 051-2004-J/ONPE, modificado mediante Resoluciones Jefaturales Nº 201-2004-J/ ONPE y Nº 252-2004-J/ONPE; Con el visado de las Gerencias de Asesoria Juridica y de Informacion y Educacion Electoral; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el modelo de la cedula de votacion para la Eleccion de Consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los miembros de los Colegios Profesionales del MORDAZA, cuyos formatos aparecen en los Anexos 1 y 3, los que forman parte integrante de la presente Resolucion Jefatural. Articulo 2º.- Los formatos del modelo de cedula de sufragio a que se refiere el articulo precedente tienen las especificaciones tecnicas consignadas en los Anexos 2 y 4, que forman parte integrante de la presente Resolucion Jefatural. Articulo 3º.- Las dimensiones de estos modelos de cedula y las de sus variantes podran modificarse de acuerdo al numero de candidatos que postulan en cada eleccion. Articulo 4º.- Publicar el Procedimiento de sorteo de ubicacion de las candidaturas en la cedula de votacion, incorporado en el Manual de Procedimientos Electorales, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 103-2005-J/ ONPE, de fecha 20 de MORDAZA de 2005, conforme al Anexo 5 que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 5º.- Pongase la presente Resolucion Jefatural en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHU MORDAZA Jefa Nacional Oficina Nacional de Procesos Electorales