Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2005 (11/05/2005)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

Pag. 292380

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2005

Articulo Segundo.- La autorizacion indicada en el Articulo Primero se sujetara a las siguientes condiciones: 1. La presente autorizacion comprende la explotacion por parte de LINEAS AEREAS COSTARRICENSES S.A. - LACSA y la comercializacion por parte de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU, de los derechos de trafico de Tercera, Cuarta y MORDAZA MORDAZA del Aire en las rutas PANAMA - SAN MORDAZA Y VV., SAN MORDAZA - PANAMA - MORDAZA Y VV. , MORDAZA - MORDAZA Y VV., SAN MORDAZA - MORDAZA DE MORDAZA Y VV. , SAN MORDAZA - MORDAZA y VV., SAN MORDAZA - MORDAZA - BUENOS AIRES Y VV. y; la explotacion por parte de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU y la comercializacion por parte de LINEAS AEREAS COSTARRICENSES S.A. - LACSA de los derechos de trafico de Tercera, Cuarta y MORDAZA MORDAZA del Aire en las rutas SAN MORDAZA - MORDAZA y VV., PANAMA - MORDAZA Y VV., SAN MORDAZA - PANAMA Y VV., SAN MORDAZA - PANAMA - MORDAZA Y VV., MORDAZA - MORDAZA Y VV.; 2. En la publicacion y comercializacion de los servicios materia del Acuerdo de Codigo Compartido que se autoriza, ambos transportadores deberan hacer mencion expresa al publico usuario, que se trata de vuelos de codigo compartido de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta. Articulo Tercero.- MORDAZA empresas de transporte aereo se encuentran obligadas a presentar mensualmente a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a las operaciones de codigo compartido que se autorizan por la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- La presente autorizacion queda sujeta a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; asi como al cumplimiento estricto de todas las condiciones y requisitos establecidos en la presente Resolucion Directoral tanto por parte de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU y de LINEAS AEREAS COSTARRICENSES S.A. - LACSA, asi como a las demas disposiciones legales vigentes y directivas que dicte esta Direccion General. Articulo Quinto.- La presente autorizacion sera revocada, previa comunicacion a MORDAZA empresas transportadoras, cuando incumplan las obligaciones contenidas en la presente Resolucion Directoral; o renuncie, se suspenda, se revoquen o caduquen, las respectivas autorizaciones administrativas. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier incumplimiento a la presente autorizacion, sera sancionado en la forma que establece el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley de Aeronautica Civil. Articulo Sexto.- En la presente autorizacion, MORDAZA empresas responden indivisible y solidariamente frente a los pasajeros y carga transportados, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en el respectivo contrato. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA GALLOSO Director General de Aeronautica Civil (e) 08826

CONSIDERANDO: Que, con Documento de Registro Nº 2004-006599 del 20 de MORDAZA del 2004, precisada mediante Documento de Registro Nº 028712 del 21 de MORDAZA del 2004, AEROPOSTAL - ALAS DE VENEZUELA C.A., solicito la Renovacion de su Permiso de Operacion para prestar un Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 060-99-MTC/15.16 del 8 de MORDAZA de 1999, modificada por Resolucion Directoral Nº 110-2001MTC/15.16 del 25 de MORDAZA del 2001 y Resolucion Directoral Nº 241-2002-MTC/12 del 24 de octubre del 2002; Que, segun los terminos del Memorandum Nº 03012004-MTC/12.AL emitido por la Asesoria Legal, de conformidad con el articulo 176º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, corresponde tramitar los documentos anteriormente senalados como de solicitud de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo; Que, segun los terminos del Memorandum Nº 3012004-MTC/12.AL y Memorandum Nº 0401-2004-MTC/ 12.AL emitidos por la Asesoria Legal; Memorandum Nº 258-2004-MTC/12 y Memorandum Nº 078-2005-MTC/ 12 emitidos por la Asesoria de Politica Aerea; y Memorandum Nº 783-2005-MTC/12.04 emitido por la Direccion de Seguridad Aerea; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; Que, la Autoridad Aeronautica Civil de la Republica de Venezuela ha autorizado a AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA C.A., para realizar servicios de transporte aereo regular internacional de pasajeros, carga y correo; Que, en aplicacion del Articulo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a AEROPOSTAL - ALAS DE VENEZUELA C.A., de conformidad con la Decision 582 de la Comision de la Comunidad MORDAZA de Naciones, Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (4) anos, contados a partir del dia siguiente a la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano, sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial: Servicio de Transporte Aereo Regular de pasajeros, carga y correo. AMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AEROCOMERCIALES: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - CARACAS - MORDAZA y vv., hasta siete (7) frecuencias semanales.

Otorgan permiso de operacion a Aeropostal - Alas de Venezuela C.A. para el servicio de transporte aereo regular internacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 056-2005-MTC/12 MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2005 Vista la solicitud de AEROPOSTAL - ALAS DE VENEZUELA C.A., sobre Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo.