Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2005 (11/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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MORDAZA o MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 08809

agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 08810 RESOLUCION JEFATURAL Nº 530-2005-JEF/RENIEC

RESOLUCION JEFATURAL Nº 529-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2005 Visto, el Oficio Nº 761-2005/GO/RENIEC, el Informe Nº 557-2005-GO/SGREC/RENIEC y el Informe Nº 2812005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 17 de marzo del 2005; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, ha detectado que el ciudadano que dice llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en atencion al MORDAZA de veracidad para el procedimiento registral, se presento ante el Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial del Callao, a efectos de inscribir en forma indebida el "fallecimiento" de la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, valiendose para tal efecto de un Certificado de Defuncion presumiblemente falso; hecho que atenta contra la integridad de los Registros Civiles, cuya organizacion y mantenimiento esta encargada por ley al RENIEC; Que, la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central informa que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA es titular de la Partida de Inscripcion Nº 07687757, la misma que fue cancelada por fallecimiento en virtud del Acta de Defuncion Nº 00783405. Asimismo informa que dicha ciudadana con fecha 22 de MORDAZA del 2004, solicita su incorporacion al Registro Unico de Identificacion; realizado la prueba decadactilar, se habilita la inscripcion, lo que corrobora que la ciudadana se encuentra con vida; Que, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsificacion de Documentos y Falsedad Ideologica, previstos y sancionados en los articulos 427 y 428º del Codigo Penal vigente, dado que no solo se ha insertado datos falsos, sino que ademas se ha hecho uso de un documento falso, como si fuera verdadero, afectando la seguridad y funcionabilidad del registro; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion a los considerandos precedentes, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra el ciudadano que dice llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º. Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra el ciudadano que dice llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por la comision de presunto delito Contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsificacion de Documentos y Falsedad Ideologica, en

MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2005 Visto, Oficios Nºs. 105, 310 y 311-2005/GO/RENIEC, Nº 561-2005-GP/RENIEC, y el Informe Nº 326-2005GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 5 de MORDAZA de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos y la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora han detectado que tres ciudadanos quienes dicen llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA SAKODA WINTER y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente, se presentaron ante las oficinas del Registro, a fin de obtener una inscripcion, adjuntando como sustento copias certificadas de partidas de nacimiento, expedidas presuntamente por las Oficinas de Registro Civil de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, de la Municipalidad de La MORDAZA y la Municipalidad de MORDAZA, respectivamente; Que, el Area de Aprobaciones de la Subgerencia de Procesamiento, solicito la verificacion de los documentos presentados como sustento a las Oficinas de Registro Civil correspondientes, quienes informaron que dichas partidas no figuran registradas, deduciendose por tanto, que son documentos falsos; Que, mediante Informes Grafotecnicos Nºs. 014 y 017-2005/BG/GP/RENIEC, se ha podido determinar que los documentos presentados por los ciudadanos en referencia, son falsificados. Asimismo, el Informe Grafotecnico Nº 016-2005/BG/GP/RENIEC, concluye que el documento presentado es un documento fraudulento y que la firma atribuida al registrador civil de la Municipalidad de La MORDAZA, senor MORDAZA MORDAZA ARCHIMBAUD BATTIFORA, proviene del MORDAZA grafico de su titular, es decir es una firma autentica, ademas se desprende que los sellos utilizados en la MORDAZA certificada de la partida presentada proceden de la misma matriz, es decir, es un sello autentico; Que, de los hechos MORDAZA descritos, se desprende que el comportamiento realizado por los ciudadanos que dicen llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA SAKODA WINTER y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al haber presentado documento fraudulento ante el Registro, con el objeto de obtener su inscripcion conteniendo datos falsos; asimismo el comportamiento del ciudadano senor MORDAZA MORDAZA ARCHIMBAUD BATTIFORA quien presuntamente ha realizado la certificacion de un documento registral inexistente, vulnerando de esta forma la seguridad juridica registral, constituye indicio razonable de la comision del presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsificacion de Documentos y Falsedad Ideologica, previstos y sancionados en los articulos 427º y 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra los ciudadanos que dicen llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA SAKODA WINTER y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el ciudadano identificado