Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2005 (11/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2005

PRODUCE
Suspenden actividades extractivas del recurso anchoveta y anchoveta MORDAZA en area del dominio maritimo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 117-2005-PRODUCE MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2005 Visto el Oficio Nº PCD-100-214-2005-PRODUCE/IMP del 9 de MORDAZA del 2005, del Instituto MORDAZA del Peru, mediante el cual alcanza el "Reporte de la pesqueria de Anchoveta en la Costa Peruana del 11 de MORDAZA al 8 de MORDAZA del 2005". CONSIDERANDO: Que el articulo 2º de la Ley General de Pesca -Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que el articulo 9º de la citada Ley contempla que, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, la autoridad pesquera determinara segun el MORDAZA de pesqueria, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, temporadas y zonas de pesca, regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos pesqueros; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 103-2005PRODUCE, se autorizo la ejecucion de un Regimen Provisional de Pesca de los recursos anchoveta Engraulis ringens y anchoveta MORDAZA Anchoa nasus en la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16°00' S; Que por Resolucion Ministerial Nº 096-2005-PRODUCE, se suspendio las actividades extractivas del recurso anchoveta Engraulis ringens y anchoveta MORDAZA Anchoa nasus, a partir de las 00:00 horas del dia 22 de MORDAZA del 2005 en el area comprendida entre los 5°30' y 11°30' S; suspension que se mantiene vigente conforme lo dispone el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 103-2005-PRODUCE; Que por Resolucion Ministerial Nº 106-2005-PRODUCE, se suspendio las actividades extractivas del recurso anchoveta Engraulis ringens y anchoveta MORDAZA Anchoa nasus, entre los 11°30' S y 11°59' S, a partir del dia 30 de MORDAZA del 2005; Que la Resolucion Ministerial Nº 111-2005PRODUCE autorizo, a partir de las 00:00 horas del dia 6 de MORDAZA del 2005, el reinicio de las actividades extractivas del recurso anchoveta Engraulis ringens y anchoveta MORDAZA Anchoa nasus, en area distinta a los 6° 00' S y los 9° 59' S que fuera suspendida por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 096-2005-PRODUCE, 103-2005-PRODUCE y 106-2005-PRODUCE; y, cuyo articulo 2º, dispone que entre los 6° 00' S y los 9° 59' S se efectuaran actividades extractivas por un periodo de 2 dias calendario contados a partir de las 00:00 horas del 6 de MORDAZA hasta las 24:00 horas del dia 7 de MORDAZA del 2005; Que mediante el Oficio Nº PCD-100-214-2005PRODUCE/IMP, el Instituto MORDAZA del Peru alcanzo el "Reporte de la pesqueria de Anchoveta en la Costa Peruana del 11 de MORDAZA al 8 de MORDAZA del 2005", donde se informa que entre los dias 6 y 7 de MORDAZA, en la region norte-centro se registro pesca de anchoveta entre los 04°30' - 06°30' S, 09°00' - 12° 30' S y 14° S. Debido a razones de mal tiempo la flota no opero normalmente entre los 07°00' - 09°00' S. Entre los 09°30' 10°59' S se observo cardumenes de ejemplares adultos mezclados con cardumenes de juveniles; mientras que al sur de los 11° 00' S la estructura se mantuvo

como los dias anteriores, aunque con un porcentaje persistente de incidencia de juveniles superiores a la tolerancia permitida. Al sur de los 12°00' la estructura es basicamente de ejemplares adultos; recomendando adoptar medidas de conservacion de juveniles en el area 10°30' S - 11°59' S por un periodo no menor de cinco dias; asi como adoptar acciones para monitorear el area de los 6° 00' S y 09°59'S; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE y la Resolucion Ministerial Nº 103-2005PRODUCE; y, Con el visado del Viceministro de Pesqueria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta Engraulis ringens y anchoveta MORDAZA Anchoa nasus, a partir de las 00:00 horas del dia 12 de MORDAZA del 2005 por un periodo de cinco (5) dias calendario, en el area comprendida entre los 10°30' y 11°59' S. Articulo 2º.- En el area comprendida entre los 6°00' S y los 9°59' S se efectuaran actividades extractivas de los recursos anchoveta Engraulis ringens y anchoveta MORDAZA Anchoa nasus, contados a partir de las 00:00 horas del 12 de mayo; para cuyo efecto el Instituto MORDAZA del Peru efectuara un riguroso monitoreo de lo previsto en las medidas de conservacion de la Resolucion Ministerial Nº 103-2005-PRODUCE. Articulo 3º.- Los armadores que incumplan las normas establecidas en la presente resolucion, seran sancionados de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamento de Inspeccion y del Procedimiento Sancionador de las Actividades Pesqueras y Acuicola, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-PE y sus normas ampliatorias y modificatorias. Articulo 4º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y las Direcciones Regionales con competencia pesquera, velaran por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LEMOR BEZDIN Ministro de la Produccion 08903

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de Embajador para participar en eventos programados en la "Cumbre de Jefes de Estado y/o de Gobierno de MORDAZA del Sur - Paises Arabes"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0363-2005-RE MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que entre los dias 10 y 11 de MORDAZA se realizara en la MORDAZA de Brasilia, Republica Federativa del Brasil, la "Cumbre de Jefes de Estado y/o de Gobierno de MORDAZA del Sur - Paises Arabes", la cual sera precedida por una reunion de altos funcionarios y de Ministros de Relaciones Exteriores, los dias 8 y 9 de MORDAZA de 2005; De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; en concordancia con el articulo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la