Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2004 (17/05/2004)
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TEXTO DE LA PÁGINA 3
MORDAZA, lunes 17 de MORDAZA de 2004
NORMAS LEGALES
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cias Arancelarias Andinas, se considera conveniente para el MORDAZA iniciar las gestiones para lograr la suscripcion de un Tratado de Libre Comercio - TLC con los Estados Unidos de Norte America; Que, un TLC con los Estados Unidos de Norte MORDAZA generara un crecimiento de las exportaciones peruanas que redituara un mayor ingreso de divisas, lo que apoyaria la lucha contra la pobreza, y satisfacer necesidades basicas tales como educacion y salud. Asimismo, ofrecera la apertura preferencial de un MORDAZA MORDAZA para productos con valor agregado lo que implica aumentar la produccion y la generacion de nuevos y mejores puestos de trabajo y la transferencia de tecnologia a traves de la importacion de bienes de capital; Que, el dia 3 de MORDAZA de 2004, el Poder Ejecutivo de los Estados Unidos de Norte MORDAZA anuncio formalmente la inclusion del Peru y Ecuador, en las rondas de negociacion en orden a lograr la suscripcion de un TLC; Que, entre los dias 18 y 19 de MORDAZA de 2004, en la MORDAZA de Cartagena, Republica de Colombia, se llevara a cabo la I Ronda de Negociaciones entre las delegaciones de Peru, Colombia y Ecuador, con los Estados Unidos de Norte MORDAZA, con miras a lograr la suscripcion del TLC con este pais; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar el viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo, senor MORDAZA Ferrero Diez Canseco, para que participe en dichas Negociaciones y disponer la encargatura de su Despacho; De conformidad con el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA FERRERO DIEZ CANSECO, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a la MORDAZA de Cartagena, Republica de Colombia, del 18 al 19 de MORDAZA de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa Corpac US$ 1 697,77 US$ 600,00 US$ 28,24
Vistos, el Oficio Nº 275-2004-PCM/PRO.-500 del Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, el Oficio Nº 142-2004-GG/ IRTP y el Informe Legal Nº 021-2004-OGAL/IRTP del Gerente General (e) y del Director General de Asesoria Legal del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, Aros Marimon S.A. suscribio con el Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP el Contrato de compraventa y suministros de espacios publicitarios Nº 001-0704, de fecha 27 de setiembre de 2000, para la emision de publicidad en Radio Nacional por un monto total de US $ 2 400,00; Que, habiendose efectuado la difusion publicitaria encomendada al IRTP, Aros Marimon S.A. solo cancelo la suma de US $ 800,00 existiendo un saldo a favor del IRTP de US $ 1 600,00 distribuidos en las Facturas Nºs. 0013055, 3103, 3054 y 3104 emitidas a Aros Marimon S.A. las Facturas Nºs. 001-3056 y 3105 a Llanta Centro Marimon S.A. y las Facturas Nºs. 001-3057 y 3106 a Llantas Marimon S.A. cada una por la suma de US $ 200,00; Que, segun documento denominado Expediente Nº 0162001-OGA-OF/IRTP, del Jefe de la Oficina General de Administracion del IRTP y el Informe de vistos se indica que se han agotado las gestiones de cobranza a Aros Marimon S.A. por lo que se ha agotado la via administrativa para el cobro de la deuda que asciende a la suma de US $ 1 600,00; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2003-PCM se adscribio al IRTP al Sector de la Presidencia del Consejo de Ministros como un organismo publico descentralizado; Que, en tal sentido, resulta pertinente en resguardo del interes publico autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779, y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que corresponda contra Aros Marimon S.A., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 09364 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 128-2004-PCM MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2004 Vistos, el Oficio Nº 275-2004-PCM/PRO.-500 del Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, el Oficio Nº 142-2004-GG/ IRTP y el Informe Legal Nº 021-2004-OGAL/IRTP del Gerente General (e) y del Director General de Asesoria Legal del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA suscribio con el Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP el Contrato de compraventa y suministros de espacios publicitarios Nº 001-0110 de fecha 11 de diciembre de 1997, por publicidad por un monto total de US $ 2 400,00;
Articulo 3º.- Encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo, al senor BALDO KRESALJA ROSSELLO, Ministro de Justicia, a partir del 18 de MORDAZA del 2004 y en tanto dure la ausencia del titular. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 09361
Autorizan a procurador iniciar acciones legales con el fin de cobrar montos adeudados por diversas personas naturales y juridicas al IRTP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 127-2004-PCM
MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2004