Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2004 (17/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, lunes 17 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, de acuerdo con el articulo IV de la acotada MORDAZA legal, las Municipalidades promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que, el articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 establece que es competencia de las Municipalidades Provinciales el Reconocimiento, verificacion, titulacion y saneamiento fisico legal de los Asentamientos Humanos; Que, asimismo el articulo 76º de la MORDAZA acotada Ley, establece que las municipalidades pueden delegar por Convenio a otras entidades del Estado las competencias y funciones especificas exclusivas, en los casos que se justifique la necesidad de brindar a los vecinos un servicio oportuno y eficiente, o por economias de escala; Que, mediante Ordenanza Nº 593, del 12.2.2004, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobo el Cambio de Zonificacion de MORDAZA de Reglamentacion Especial - MORDAZA Arqueologico y Ecologico (ZRE-1), a MORDAZA de Reglamentacion Especial para fines de Vivienda (ZRE), del terreno de 80,470.00 m2 que incluye el area ocupada por las familias damnificadas en el incendio ocurrido en Sector denominado "Lomo de Corvina", del distrito de MORDAZA El Salvador; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2004-JUS, del 3.4.2004, se autorizo de manera excepcional a la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, proceda a efectuar las acciones necesarias para la formalizacion gratuita y para la reubicacion de ser necesaria, de las familias damnificadas como consecuencia del incendio ocurrido en la parte superior del medano denominado "Lomo de Corvina", del distrito de MORDAZA El Salvador; Que, mediante Informe Nº 25-2004-DMDU-AS la Asesoria Legal de Desarrollo MORDAZA concluye que es procedente de manera excepcional la delegacion de competencias a COFOPRI, indicando que el mismo debera quedar plasmado en un convenio, delegando las funciones hasta el otorgamiento de los titulos de propiedad, aprobado por Acuerdo de Concejo, indicando asimismo que esto no exime de responsabilidad a la Municipalidad Metropolitana ya que esta es indelegable, sin embargo la Municipalidad debe establecer condiciones de delegacion, respetandose las recomendaciones de INDECI, asi como la Ordenanza Nº 593-MML; Que, atendiendo a la urgencia de reubicar a las familias, es necesario que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, delegue a COFOPRI, a traves de un Convenio, las funciones de identificacion y calificacion de beneficiarios, asi como la aprobacion del Plano Perimetrico, el Plano de lotizacion, con la consiguiente Inscripcion de los Lotes e Independizacion en el Registro Predial MORDAZA y el otorgamiento de los titulos de propiedad y reubicacion de las familias excedentes; Que el mencionado Convenio tiene por objeto delegar de manera excepcional las competencias establecidas en la Ley Organica de Municipalidades, en el articulo 79º numeral 1.4.3 "Reconocimiento, verificacion, titulacion y saneamiento fisico legal de los asentamientos humanos" a fin de atender la urgencia surgida a raiz del incendio ocurrido en el Sector denominado Lomo de Corvina del distrito MORDAZA El Salvador; Que, mediante el presente Convenio la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA conviene en: - Delegar de manera excepcional las competencias de saneamiento fisico legal hasta el otorgamiento de la titulacion para el caso Lomo de Corvina ubicado en el distrito de MORDAZA El Salvador. - Remitir a COFOPRI el expediente correspondiente a Lomo de Corvina para su atencion inmediata via delegacion de funciones. Que, mediante este Convenio la COFOPRI conviene en: - Tramitar y atender el saneamiento fisico legal de Lomo de Corvina hasta el otorgamiento del titulo de Propiedad. - Respetar las recomendaciones de INDECI, lo establecido en la Ordenanza Nº 593 y el Informe Nº 462-2004MML-DMDU-OPDM-DPTN emitido por la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA de acuerdo a la normatividad vigente. Que, el presente convenio tendra una vigencia de tres meses, contados a partir de la suscripcion del presente documento, pudiendo ser renovado de comun acuerdo por las partes;

Que, mediante Dictamen Nº 044-2004-MML-CMDUVN de fecha 30.4.2004, la Comision de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura opina por que se apruebe de manera excepcional y en via de Convenio, la delegacion a la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal COFOPRI, las funciones relacionadas a todo el MORDAZA de Titulacion e inclusive el otorgamiento de los Titulos de Propiedad del Proyecto de "Lomo de Corvina", ubicado en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, de conformidad con el numeral 26) articulo 9º la acotada Ley Organica senala que es atribucion del Concejo Municipal aprobar la celebracion de convenios de cooperacion nacional e internacional y convenios interinstitucionales; Por lo expuesto, teniendo en cuenta la opinion de la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen Nº 044-2004-MML-CMDUVN, y por la Comision Metropolitana de Asuntos Legales en su Dictamen Nº 053-2004-MML/CMAL; y de conformidad al inciso c) del articulo 60º del Reglamento Interior del Concejo Metropolitano de MORDAZA - Ordenanza Nº 571; ACORDO: Articulo Unico.- Aprobar el Convenio Interinstitucional entre la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y la Comision de Formalizacion de Propiedad Informal - COFOPRI, para que de manera excepcional se delegue a la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI las funciones relacionadas a todo el MORDAZA de Titulacion e inclusive el otorgamiento de los Titulos de Propiedad del Proyecto de "Lomo de Corvina" ubicado en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, con las modificaciones efectuadas por esta Comision. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 09314

Modifican conformacion del Comite Directivo de TRANSMET
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 545 MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2004 Visto; el Memorando Nº 334-2004-GM/MML de 22 de MORDAZA de 2004; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 092 de 28 de febrero de 2003 se creo el Comite "Transporte Metropolitano de Lima" - TRANSMET, la misma que fue modificada por el Decreto de Alcaldia Nº 101 de 12 de marzo de 2003 en el sentido de rectificar el cargo del Presidente del Consejo Directivo del Instituto Metropolitano de Planificacion IMP; Que, en el mencionado Decreto de Alcaldia se establecio que la presidencia del TRANSMET estaba a cargo del Director Municipal Metropolitano; Que, se ha propuesto modificar la conformacion del Comite Directivo de TRANSMET, excluyendo del mismo al ex Director Municipal Metropolitano, hoy Gerente Municipal y atribuyendo la presidencia del mismo al Presidente del Consejo Directivo del Instituto Metropolitano de Planificacion; Estando a lo dispuesto en el inciso 6 del articulo 20º y articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el articulo 3º del Decreto de Alcaldia Nº 092 de 28 de febrero de 2003, rectificado por Decreto de Alcaldia Nº 101 de 12 de marzo de 2003, en los terminos siguientes: "Articulo 3º.- El Comite Directivo de TRANSMET se conforma de la siguiente manera: