Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2004 (15/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 15 de MORDAZA de 2004

Que, conforme se da cuenta en los documentos de vistos, este Organismo Superior de Control, ha recibido la convocatoria de la Contraloria General del Estado de la Republica del Ecuador para participar en el MORDAZA Internacional "Auditoria Ambiental: Herramienta de Control en la Conservacion del Medio Ambiente", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador, del 17 al 21 de MORDAZA de 2004; Que, el citado evento tiene como objetivo ampliar la vision del auditor ambiental, dotandole de instrumentos innovadores para planificar, desarrollar, controlar y reportar adecuadamente los resultados de las auditorias ambientales, y asegurar su trascendencia como instrumento de evaluacion y mejoramiento del desempeno ambiental; Que, acorde con el objetivo general de mejorar y modernizar el control gubernamental, el referido MORDAZA constituye una posibilidad para la Contraloria General de la Republica de participar, a traves de su representante, en el intercambio directo de experiencias con otros paises de la Region y recoger los avances en nuevos conceptos, metodologias y tecnicas en materia de auditoria ambiental, con el consecuente efecto multiplicador a nivel institucional, mediante la capitalizacion y aplicacion de los conocimientos adquiridos; Que, en tal sentido, resulta conveniente autorizar el viaje de la CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la Gerencia de Medio Ambiente y Patrimonio Cultural de la Contraloria General de la Republica, para participar en el citado evento; Que, los gastos que irrogue la comision de servicios de la citada profesional, seran asumidos con cargo a los recursos del presupuesto de la Contraloria General de la Republica, conforme al Memorando Nº 379-2004-CG/FI de la Gerencia de Finanzas; De conformidad con las facultades conferidas por los articulos 32º y 33º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica - Ley Nº 27785, la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y la Resolucion de Contraloria Nº 164-2004CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, de la CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la Gerencia de Medio Ambiente y Patrimonio Cultural de la Contraloria General de la Republica, a la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador, del 16 al 22 de MORDAZA de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje de la citada profesional seran asumidos con cargo a los recursos del Pliego 019: Contraloria General, conforme al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa Corpac US$ US$ US$ 313,31 1 200,00 28,24

JNE
Incluyen diversas jurisdicciones en la convocatoria a consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales efectuada mediante Res. Nº 072-2004-JNE
RESOLUCION Nº 090-2004-JNE MORDAZA, 13 de MORDAZA 2004 Vistos, los expedientes de iniciativa de consulta popular de revocatoria del mandato de alcaldes y regidores correspondientes a dieciocho municipalidades distritales y una provincial de la Republica, remitidos por la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para el tramite respectivo; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 072-2004-JNE de fecha 21 de MORDAZA del presente ano, se convoco a consulta popular para la revocatoria de autoridades municipales en 166 circunscripciones de la Republica, para el MORDAZA 17 de octubre del 2004; Que es competencia del MORDAZA Nacional de Elecciones admitir las solicitudes de revocatoria del mandato de autoridades municipales que hayan sido presentadas ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales y que cumplan con los requisitos formales, a fin de convocar a consulta electoral de revocatoria dentro de los noventa (90) dias siguientes de solicitada formalmente, con arreglo a los articulos 8º y 21º, tercer parrafo, de la Ley Nº 26300; Que conforme a lo previsto por los articulos 6º y 22º de la citada MORDAZA, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ha verificado la autenticidad de las firmas de la relacion de adherentes de cada solicitud de revocatoria, emitiendose en cada caso, la MORDAZA que acredita que los promotores han cumplido con presentar las firmas validas de no menos del 25% de electores de la jurisdiccion de acuerdo a lo establecido por la Resolucion Nº 006-2004-JNE; Que las solicitudes elevadas, han cumplido con consignar la fundamentacion de los pedidos de revocatoria, que no requiere ser probada, y los otros requisitos formales de admisibilidad, senalados en los articulos 4º y 21º de la ley acotada; Que de conformidad con lo previsto por el articulo 46º de la Ley Nº 26300, el MORDAZA Nacional de Elecciones esta facultado para acumular las iniciativas de convocatoria de revocatoria de autoridades municipales para someterlas a consulta de los ciudadanos en forma conjunta; Por estos fundamentos, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero: Incluir en la convocatoria a consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales, efectuada mediante Resolucion Nº 072-2004-JNE de fecha 21 de MORDAZA de 2004, a las jurisdicciones enunciadas en el anexo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo: Poner en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros de Estado, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la presente resolucion para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General

Articulo Tercero.- La citada profesional presentara al Despacho Contralor con MORDAZA a la Gerencia de Cooperacion Tecnica, un informe sobre los contenidos del evento y un ejemplar del material tecnico pertinente, dentro de los quince dias (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje. Asimismo, asume el compromiso de difundir los conocimientos adquiridos entre el personal de la Institucion. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion, a la profesional cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicecontralora General de la Republica Contralora General de la Republica (e) 09237