Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2004 (15/05/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 15 de MORDAZA de 2004

Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL y sus antecedentes, mediante los cuales se solicita que se autorice al Procurador Publico Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del PROVIAS NACIONAL para que en representacion del Estado, proceda a la interposicion de las acciones legales que correspondan para obtener el pago del saldo a favor del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, derivado de la Liquidacion del Contrato Nº 023-98-MTC/ 15.02.SINMAC, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 316-2001-MTC/15.02.SINMAC; CONSIDERANDO: Que, con fecha 26 de febrero de 1998 el Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras suscribio el Contrato Nº 023-98-MTC/15.02.SINMAC con la empresa AGRONOVO S.A. Contratistas Generales para la Construccion de la Unidad de Peaje Catac y Obras Complementarias, ubicada en el departamento de Ancash; Que, mediante Decreto Supremo Nº 051-2001-MTC, se transfirio a partir del 1º de enero del 2002, las actividades que realizaba el Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras al Proyecto Especial Rehabilitacion Infraestructura de Transportes; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2002-MTC se creo el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, encargado de las actividades de preparacion, gestion, administracion y ejecucion de proyectos de infraestructura de transporte relacionadas a la Red Vial Nacional, asi como de la planificacion, gestion y control de actividades y recursos economicos que se emplean para el mantenimiento y seguridad de las carreteras y puentes de la Red Vial Nacional, asumiendo todos los derechos y obligaciones del Programa Rehabilitacion de Transportes del Proyecto Especial Rehabilitacion Infraestructura de Transportes; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 316-2001MTC/15.02.SINMAC del 21 de junio del 2001, se aprobo la Liquidacion del Contrato Nº 023-98-MTC/ 15.02.SINMAC, la cual ha quedado consentida al no haberse interpuesto recurso impugnativo alguno; Que, en el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 316-2001-MTC/15.02.SINMAC se aprobo la Liquidacion Final del Contrato Nº 023-98-MTC/15.02.SINMAC suscrito con AGRONOVO S.A. Contratistas Generales, para la Obra Construccion de la Unidad de Peaje de Catac y Obras Complementarias, con un costo total ascendente a S/. 989 494,63 incluido el I.G.V.; y, en el articulo 4º de dicha Resolucion se dispuso que la Oficina de Administracion y Finanzas gestione la recuperacion de S/. 34 778,00 que AGRONOVO S.A. Contratistas Generales adeudaba al SINMAC; Que, segun lo senalado en los Memorandos Nº 10192003-MTC/20.GAD y 471-2004-MTC/20.GAD de la Gerencia de Administracion del PROVIAS NACIONAL existe un saldo deudor a favor del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, por S/. 20 749,60 (Veinte Mil Setecientos Cuarenta y Nueve y 60/100 Nuevos Soles), mas los intereses legales que se devenguen hasta la fecha de pago; Que, mediante Carta Notarial Nº 364-2003-MTC/ 20.GAD notificada el 18 de MORDAZA del 2003 a AGRONOVO S.A. Contratistas Generales, se le requirio que devuelva a la Gerencia de Administracion, dentro de las 72 horas de recepcionada dicha comunicacion, la cantidad de S/. 20,749.60, y que en caso de incumplirse el requerimiento en el citado plazo, se iniciarian las acciones correspondientes a fin de recuperar los saldos que arroja la Liquidacion; Que, por Informe Nº 008-2004-MTC/20-GAL/ERV, la Gerencia de Asuntos Legales del PROVIAS NACIONAL concluye que se debe autorizar al Procurador Publico Ad Hoc encargado de los asuntos judiciales del PROVIAS NACIONAL, para que en nombre y representacion del Estado, inicie y culmine las acciones le-

gales que resulten necesarias para efectuar el recupero de la deuda contraida con el PROVIAS NACIONAL ascendente a S/. 20 749,60 (Veinte Mil Setecientos Cuarenta y Nueve y 60/100 Nuevos Soles), mas los intereses legales que se devenguen hasta la fecha de pago, generada de la suscripcion del Contrato Nº 02398-MTC/15.02.SINMAC; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 081-2003JUS se ha designado al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Ad Hoc, para que asuma la representacion y defensa de los derechos e intereses del Estado, en los procesos judiciales iniciados y por iniciarse relacionados al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 126-2003JUS se amplio las facultades conferidas al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Resolucion Suprema Nº 081-2003-JUS, para que en su calidad de Procurador Publico Ad Hoc, asuma la representacion y defensa del PROVIAS NACIONAL, en los procesos y procedimientos en que se ventilen sus derechos e intereses; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 050-2004JUS se ampliaron las facultades conferidas al Procurador Publico Ad Hoc del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL mediante Resolucion Suprema Nº 081-2003-JUS, para que asuma adicionalmente la representacion y defensa del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVIAS DEPARTAMENTAL y del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL, en los procesos y procedimientos en los que se ventilen sus derechos e intereses; Que, en consecuencia, en salvaguarda de los intereses del Estado, resulta necesario autorizar al Procurador Publico Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del PROVIAS NACIONAL, PROVIAS DEPARTAMENTAL y PROVIAS RURAL para que inicie y culmine las acciones legales que correspondan contra la empresa AGRONOVO S.A. Contratistas Generales a fin de recuperar el saldo deudor a favor del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, los Decretos Leyes Nº 17537 y 17667, la Ley Nº 27791 y las Resoluciones Supremas Nºs. 081-2003-JUS, 126-2003-JUS y 050-2004-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, del Proyecto Especial de Infraestructura de Transpor te Depar tamental - PROVIAS DEPARTAMENTAL y del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL, para que en nombre y representacion del Estado, inicie y culmine las acciones legales que correspondan contra la empresa AGRONOVO S.A. Contratistas Generales, a fin de recuperar el saldo deudor a favor del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL, derivado de la Liquidacion del Contrato Nº 023-98-MTC/15.02.SINMAC, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial asi como los antecedentes del caso mencionado al Procurador Publico Ad Hoc, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 09159