Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2002 (18/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, miercoles 18 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

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Articulo 7º.- DECLARACIONES SUSTITUTORIAS Y RECTIFICATORIAS Las declaraciones sustitutorias y rectificatorias se presentaran teniendo en cuenta lo siguiente: 7.1 Si la declaracion original se presento utilizando los formularios virtuales generados mediante PDT, la declaracion sustitutoria o la rectificatoria debera efectuarse a traves de dicho medio. 7.2 Si la declaracion original fue presentada utilizando formularios fisicos preimpresos en papel, el contribuyente podra optar por presentar su declaracion sustitutoria o rectificatoria empleando el PDT, de acuerdo a lo siguiente: a) Tratandose de declaraciones mensuales, tomara en cuenta los periodos tributarios que se senalan a continuacion: 1. PDT Remuneraciones - Solo a partir del periodo tributario enero 1993. 2. PDT ISC - Solo a partir del periodo tributario MORDAZA 1999. 3. PDT Otras retenciones - Solo a partir del periodo tributario enero 1998. 4. PDT IGV Renta Mensual IEV - Solo a partir del periodo tributario enero 1998. b) Tratandose de la declaracion anual de regularizacion del Impuesto a la Renta, se debera utilizar los siguientes PDT: 1. PDT 672 - Tercera Categoria 1998 - Para la declaracion anual de regularizacion del Impuesto a la Renta de Tercera Categoria del ejercicio 1998. 2. PDT 674 - Tercera Categoria 1999 - Para la declaracion anual de regularizacion del Impuesto a la Renta de Tercera Categoria del-ejercicio 1999. 3. PDT 675 - Persona Natural 2000 - Para la declaracion anual de regularizacion del Impuesto a la Renta de Otras Categorias generadas por la persona natural en elejercicio 2000. 4. PDT 676 - Tercera Categoria 2000 - Para la declaracion anual de regularizacion del Impuesto a la Renta de Tercera Categoria del-ejercicio 2000. 5. PDT 677 - Persona Natural 2001 - Para la declaracion anual de regularizacion del Impuesto a la Renta de Otras Categorias generadas por la persona natural en elejercicio 2001 6. PDT 678 - Tercera Categoria 2001 -Para la declaracion anual de regularizacion del Impuesto a la Renta de Tercera Categoria del ejercicio 2001. Si las declaraciones a sustituir o rectificar corresponden a periodos tributarios mensuales anteriores a los senalados en el inciso a), o si corresponden a ejercicios gravables o conceptos no especificados en el inciso b), se debera utilizar el formulario fisico preimpreso correspondiente. A partir de la fecha en que se opte por presentar la declaracion sustitutoria o rectificatoria utilizando los formularios virtuales generados por los PDT, las declaraciones determinativas que se presenten a la SUNAT deberan ser elaboradas utilizando este medio. Articulo 8º.- DEROGATORIAS Derogase la Resolucion de Superintendencia Nº 0422001/SUNAT y modificatorias. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- DEUDORES TRIBUTARIOS OMISOS A LA MORDAZA DE DECLARACIONES Los sujetos senalados en el articulo 3º, que a la fecha de publicacion de la presente MORDAZA se encuentren omisos a la MORDAZA de declaraciones juradas, estan obligados a utilizar los formularios virtuales generados por los PDT para efectuar sus declaraciones determinativas correspondientes a los siguientes periodos tributarios: a) Tratandose de declaraciones mensuales: 1. PDT Remuneraciones - Solo a partir del periodo tributario enero 1993. 2. PDT ISC - Solo a partir del periodo tributario MORDAZA 1999.

3. PDT Otras retenciones - Solo a partir del periodo tributario enero 1998. 4. PDT IGV Renta Mensual IEV - Solo a partir del periodo tributario enero 1998. b) Tratandose de la declaracion anual de regularizacion del Impuesto a la Renta, se debera utilizar los siguientes PDT: 1. PDT 672 - Tercera Categoria 1998 - Para la declaracion anual de regularizacion del Impuesto a la Renta de Tercera Categoria del ejercicio 1998. 2. PDT 674 - Tercera Categoria 1999 - Para la declaracion anual de regularizacion del Impuesto a la Renta de Tercera Categoria del ejercicio 1999. 3. PDT 675 - Persona Natural 2000 - Para la declaracion anual de regularizacion del Impuesto a la Renta de Otras Categorias generadas por la persona natural en el ejercicio 2000. 4. PDT 676 - Tercera Categoria 2000 - Para la declaracion anual de regularizacion del Impuesto a la Renta de Tercera Categoria del ejercicio 2000. 5. PDT 677 - Persona Natural 2001 - Para la declaracion anual de regularizacion del Impuesto a la Renta de Otras Categorias generadas por la persona natural en el ejercicio 2001 6. PDT 678 - Tercera Categoria 2001 - Para la declaracion anual de regularizacion del Impuesto a la Renta de Tercera Categoria del ejercicio 2001. Si las declaraciones corresponden a periodos tributarios mensuales anteriores a los senalados en el inciso a), o si corresponden a ejercicios gravables o conceptos no especificados en el inciso b), se debera utilizar el formulario fisico preimpreso correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 16701

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Autorizan contratacion de servicios personalisimos de asesoria legal para la defensa, fiscalizacion y recaudacion de deudas administrativas que mantienen con el municipio diversas entidades
ACUERDO DE CONCEJO Nº 039-A-2002-SEGE-06-MDEA El MORDAZA, 29 de agosto de 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL MORDAZA VISTO.- En Sesion Ordinaria del 29 de agosto del 2002, el Informe Nº 185-2002-DIRENT-MDEA de la Direccion de Rentas de esta Municipalidad sobre contratacion de Servicios Personalisimos de Asesoria Legal, para la Defensa, Fiscalizacion y Recaudacion Tributaria de deudas a favor de la Municipalidad de El MORDAZA, por concepto de Licencia de Construccion, Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas Administrativas, de empresas deudoras como Sedapal, Telefonica del Peru, Edelnor, Luz del Sur, Edegel, Etecen, Ferrovias Andinas, Cable Magico, Cable Express, etc.; CONSIDERANDO: Que, la Direccion de Rentas de esta Municipalidad, con Informe Nº 185-2002-DIRENT-MDEA indica que al 28-8-2002 existe una deuda tributaria por parte de los contribuyentes del distrito y en especial de los principa-