Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2002 (18/09/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 18 de setiembre de 2002

s) Organizar, dirigir y distribuir los servicios juridicos y administrativos relacionados con su area; t) Velar por el cumplimiento de los plazos establecidos en la Ley Organica del Tribunal para la resolucion de los asuntos materia de su competencia; y, u) Otras que le asigne el Pleno o el Presidente, bajo responsabilidad. Organos de linea Articulo 55º.- Para el cumplimiento de sus funciones, la Secretaria General cuenta con: a) Oficina de Secretaria Relatoria; b) Oficina de Tramite Documentario y Archivo; y, c) Centro de Documentacion e Informacion Jurisdiccional. CAPITULO II DE LA SECRETARIA RELATORIA Definicion Articulo 56º .- La Secretaria Relatoria es el organo auxiliar que presta asistencia tecnica al Pleno Jurisdiccional y a los Magistrados. Designacion Articulo 57º .- El Secretario Relator es designado por el Pleno a propuesta del Presidente. El cargo es de confianza. Funciones Articulo 58º .- Son funciones del Secretario Relator: a) Anunciar en las audiencias publicas las causas materia de la vista y custodiar los expedientes que la Secretaria General le remita para dicho acto; b) Informar diariamente a la Secretaria General las causas que hayan quedado al MORDAZA, con indicacion de las fechas de las respectivas vistas; c) Asistir a las deliberaciones del Pleno Jurisdiccional, cuando asi lo disponga el propio Pleno o el Presidente, guardando absoluta reserva de todo cuanto se trate o resuelva; asi como de los escritos presentados por las partes, MORDAZA de ser proveidos, bajo responsabilidad; d) Dar lectura, en las sesiones plenarias de caracter jurisdiccional, a las piezas del respectivo expediente que indique el Presidente o los Magistrados, asi como a las sentencias del Tribunal; e) Verificar que las resoluciones del Tribunal MORDAZA debidamente visadas y firmadas por todos los Magistrados que hubiesen intervenido; f) Llevar un registro de los votos singulares o fundamentos de MORDAZA discrepantes de los Magistrados; g) Refrendar las resoluciones el mismo dia en que se expidan; h) Registrar en la base de datos respectiva, en el dia, los antecedentes del expediente y la fecha de exposicion de las ponencias en el caso de que esta MORDAZA sido aprobada por el Pleno; i) Informar al Pleno respecto del estado de las acciones de inconstitucionalidad y mantener al dia la base de datos respectiva; j) Dar razon del Despacho solo despues que las resoluciones hayan sido autorizadas; k) Redactar, con autorizacion del Pleno, una sintesis de lo ocurrido en las sesiones plenarias que asista; l) Preparar los proyectos de oficios para la firma del Presidente o del Secretario General, por delegacion de la Presidencia; m) Asegurar que se remitan oportunamente, bajo cargo, los oficios en que se pidan antecedentes para resolver o que se devuelvan causas resueltas; n) Recibir de la Oficina de Tramite Documentario los expedientes y escritos jurisdiccionales que se remitan o presenten al Tribunal; o) Dar cuenta diariamente a la Presidencia del Tribunal de los asuntos para Despacho; p) Dar cuenta diariamente a la Secretaria General de la relacion de los expedientes aptos para el senalamiento de la vista de las causas en audiencia publica; q) Disponer lo necesario para la realizacion de las vistas de los expedientes autorizadas por el Pleno, de acuerdo con el Plan de Trabajo aprobado, dando cuenta al Secretario General y a la Presidencia;

r) Verificar los pedidos de uso de la palabra para la vista de la causa en audiencia publica y dar cuenta al Secretario General; s) Coordinar con los Asesores designados para la clasificacion de los expedientes segun el Plan de Trabajo aprobado por el Pleno; t) Registrar en el libro respectivo y en la base de datos, la asignacion de las causas a los ponentes y a los asesores; u) Notificar a las partes la fecha y hora en que se llevara a cabo la vista de causa en audiencia publica. v) Enviar al Diario Oficial El Peruano, el aviso de la realizacion de las audiencias publicas, indicando la fecha, la hora y el numero de cada uno de los expedientes que seran vistos; w) Facilitar a los interesados y a sus abogados, en la Sala de Abogados, los expedientes para estudio; x) Certificar las copias de las resoluciones para su notificacion y las copias solicitadas de documentos de los expedientes jurisdiccionales en giro; y) Firmar las cedulas de notificacion; y, z) Verificar que se notifiquen las resoluciones en los terminos y formas de Ley. Personal profesional especializado Articulo 59º.- La Secretaria Relatoria cuenta con el personal profesional especializado para la tramitacion de las causas, incluyendo a un linguista. Objeto Articulo 66º.- El Tribunal cuenta con un Gabinete de Asesores, integrado por abogados especializados, los que estan encargados de brindar asesoramiento al Pleno y a los Magistrados, en los asuntos que les MORDAZA encomendados. Sus integrantes son profesionales seleccionados por concurso publico y desempenan el cargo por el plazo de tres anos. El cargo es a dedicacion exclusiva, salvo la ensenanza universitaria en disciplina de derecho. Estan prohibidos de ejercer la abogacia, excepto en causa propia o de su conyuge, ascendientes y descendientes. Naturaleza de la funcion Articulo 71º.- Esta a cargo de un Jefe que depende del Presidente y mantiene relaciones funcionales con la Contraloria General de la Republica. La designacion del Jefe de la Oficina de Auditoria Interna se realiza de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Nº 27785. Funciones Articulo 72º.- Son funciones de la Oficina de Auditoria Interna: a) Asesorar a la Presidencia en la politica de control de acuerdo con la normatividad del Sistema Nacional de Control; b) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Acciones de Control del Tribunal Constitucional; c) Efectuar auditorias y examenes especiales sobre aspectos economicos, financieros y de gestion en los organos del Tribunal, proponiendo las recomendaciones correspondientes; d) Verificar y evaluar el cumplimiento de las medidas de austeridad y otros dispositivos administrativos; e) Elaborar y actualizar metodos y procedimientos de trabajo referentes al control economico, financiero y de gestion; f) Realizar acciones de control posterior sobre la administracion del potencial humano, recursos materiales y financieros y la obtencion de resultados de los organos del Tribunal Constitucional; g) Realizar investigaciones y auditorias dispuestas por el Presidente, en relacion con la gestion institucional; h) Informar oportunamente al Presidente y a la Contraloria General de la Republica sobre los resultados de las acciones de control efectuadas, indicando las recomendaciones pertinentes; i) Efectuar el seguimiento correspondiente a la implementacion de las recomendaciones y demas acciones correctivas derivadas de las acciones de control, cautelando el cumplimiento de los plazos y formas previstas; j) Efectuar el Examen de Estados Financieros para la elaboracion del Informe de Auditoria de la Cuenta General de la Republica, de acuerdo con las Directivas que emanen de la Contraloria General de la Republica;