Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2002 (09/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, MORDAZA 9 de junio de 2002

NORMAS LEGALES

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procesos de extradicion que se siguen contra los procesados MORDAZA MORDAZA Schutz Landazuri o MORDAZA MORDAZA Schutz Mertz, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carreno; Que la Oficina General de Administracion del Ministerio de Justicia mediante Oficio Nº 501-2002-JUS/OGA, establece que la propuesta presentada por la Procuraduria Ad Hoc para la contratacion del Estudio MORDAZA MORDAZA, Abogados & Consultores, para el Servicio de Defensa Penal en el seguimiento del Tramite de Procedimiento de Extradicion contra MORDAZA MORDAZA Schutz Landazuri o MORDAZA MORDAZA Schutz Mertz" esta sustentada por determinadas caracteristicas propias de la persona juridica en mencion, resultando su contratacion de caracter personalisimo al cubrir las "caracteristicas inherentes, particulares o especiales" por estar plenamente identificado con la defensa de causas de contenido moral, y contar con la solvencia moral suficiente para representar los altos intereses contenidos en la lucha anticorrupcion, asociados a un prestigio ya ganado en la sociedad argentina; Que asimismo, la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Justicia mediante Informe Nº 122-2002JUS/OGAJ, concluye que la propuesta presentada por la Procuraduria Ad Hoc para la contratacion del Estudio MORDAZA MORDAZA Abogados & Consultores a efectos que se haga cargo de la defensa del Estado Peruano en MORDAZA en los procesos de extradicion seguidos contra MORDAZA MORDAZA Schutz Landazuri o MORDAZA MORDAZA Schutz Mertz, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carreno, se ha efectuado tomando en cuenta la conformacion del Estudio y las cualidades profesionales de sus integrantes, su solvencia moral para el desempeno de dicho cargo y la propuesta de honorarios presentada; Que de otro lado, la Comision a que se refiere el Decreto Supremo Nº 007-2002-JUS, mediante Acuerdos Nºs. 03015/2001-CESSCPAH y 05-016/2002-CESSCPAH, ha recomendado al Ministerio de Justicia la contratacion del citado Estudio de Abogados; Que conforme a lo establecido en el literal b) del Articulo 10º del Decreto de Urgencia Nº 122-2001, el pago para la prestacion de los servicios de la Procuraduria Ad Hoc seran destinados del Fondo Especial de Administracion del Dinero Obtenido Ilicitamente en perjuicio del Estado - FEDADOI; Que el Articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, segun Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, contempla en su inciso h) el supuesto de exoneracion de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, cuando se trata de adquisiciones y contrataciones de servicios personalisimos, para lo cual, conforme a lo senalado por el Articulo 111º del Reglamento de la citada Ley aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, debe tenerse en cuenta como requisito esencial a la persona del Locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion ciencia, arte u oficio; Que conforme a lo senalado en los considerandos precedentes, resulta procedente la declaracion como servicios personalisimos aquellos que vienen brindando el Estudio MORDAZA MORDAZA Abogados & Consultores como representante del Estado Peruano en los procesos de extradicion seguidos contra MORDAZA MORDAZA Schutz Landazuri o MORDAZA MORDAZA Schutz Mertz, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carreno en la Republica de Argentina; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27573 y el inciso h) del Articulo 19º del Decreto Supremo Nº 0122001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar como Servicios Personalisimos los servicios que vienen prestando el Estudio MORDAZA MORDAZA Abogados & Consultores como representante del Estado peruano en los procesos de extradicion seguidos contra MORDAZA MORDAZA Schutz Landazuri o MORDAZA MORDAZA Schutz Mertz, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carreno en la Republica de Argentina. Articulo 2º.- Exonerar del requisito de Concurso Publico la contratacion de los servicios senalados en el Articulo 1º de la presente Resolucion, la cual se efectuara por un plazo de seis meses contados a partir del 1º de MORDAZA de 2002, por un valor referencial de US$ 50,000.00 y que estara financiada con los recursos que destine el Fondo Especial de Administracion de los Dineros Obtenidos Ilicitamente en Perjuicio del Estado - FEDADOI. Articulo 3º.- Disponer que la contratacion de los servicios de los mencionados profesionales se efectue por la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia o a traves del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD. Articulo 4º.- Disponer que dentro del plazo establecido por la Ley, se envie MORDAZA autenticada de la presente Reso-

lucion y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 10268

PESQUERIA
Otorgan concesion a empresa para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala del recurso MORDAZA de abanico en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 074-2002-PE/DNA
MORDAZA, 4 de junio de 2002 Visto los escritos con Registro Nº CE-00031001 del 15 de febrero y 15 de marzo del 2002, presentados por la empresa PRODUCTOS DE LOS ANDES S.A., mediante los cuales solicita concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala; CONSIDERANDO: Que el Articulo 14º, numeral 14.1 de la Ley Nº 27460, Ley de Promocion y Desarrollo de la Acuicultura dispone que el Ministerio de Pesqueria otorga concesiones para el desarrollo de la acuicultura en terrenos de dominio publico, fondos o aguas marinas y continentales; Que mediante Resolucion Directoral 0245-97/DCG del 26 de agosto de 1997, ampliada por Resolucion Directoral Nº 375-99/DCG del 21 de setiembre 1999, se considero como extension habil para el desarrollo de la actividad de maricultura, a favor del Ministerio de Pesqueria las zonas ubicadas en la MORDAZA de Samanco, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; Que mediante el escrito del visto, la empresa PRODUCTOS DE LOS ANDES S.A., solicita concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala, mediante el cultivo del recurso "Concha de abanico" (Argopecten purpuratus), en un area de mar de 70.00 has., ubicada en la MORDAZA de Samanco, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se concluye que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 38 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE, asimismo, cuenta con el Certificado Ambiental Nº 004-2002-PE/DINAMA otorgado por la Direccion Nacional de Medio Ambiente; por lo que deviene procedente otorgar la concesion solicitada; Estando a lo informado por la Direccion de Maricultura y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, Ley Nº 27460 ­ Ley de Promocion y Desarrollo de la Acuicultura y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2001-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa PRODUCTOS DE LOS ANDES S.A., concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala, mediante el cultivo del recurso MORDAZA de abanico (Argopecten purpuratus), en un area de mar de setenta hectareas (70.00 has.), ubicada en la MORDAZA de Samanco, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, delimitada por las siguientes coordenadas geograficas: VERTICE A B C D LATITUD SUR 09° 09° 09° 09° 15' 15' 15' 15' 48.5" 27.8" 27.8" 48.5" LONGITUD OESTE 78° 78° 78° 78° 31' 31' 30' 30' 22.8" 22.8" 38.0" 55.8"