Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2002 (14/01/2002)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, lunes 14 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 215639

- fortalecer la capacidad de desarrollo economico, social y cultural de las comunidades indigenas, - prestar apoyo en la realizacion de programas del fondo medioambiental en estrecha colaboracion con instituciones estatales y no estatales, asi como con las organizaciones de los grupos objetivo, - implementar un sistema de monitoreo descentralizado y participativo para examinar las repercusiones economicas, sociales y ecologicas del proyecto, considerando los aspectos de genero. 10. El material suministrado para el proyecto por encargo del Gobierno de la Republica Federal de Alemania pasara a su llegada al Peru a la propiedad de la Republica del Peru; el material estara enteramente a disposicion del proyecto y de los expertos enviados para el cumplimiento de sus tareas. 11. Designacion de los organismos ejecutores: a) El Gobierno de la Republica Federal de Alemania confia la realizacion de sus aportaciones a la Deutsche Gesellschaft fur Technische Zusammenarbeit (GTZ) GmbH, Eschborn; b) el Gobierno de la Republica del Peru confia la realizacion del proyecto al Instituto Nacional de Desarrollo (INADE); c) los organismos encargados conforme a las letras a y b fijaran conjuntamente, en un plan operativo o de otra manera adecuada, los detalles de la realizacion del proyecto y, en caso necesario, adaptaran dicho plan al desarrollo del proyecto. 12. En caso de que el presente proyecto no se realice o solo se realice en parte, podra ser reemplazado por otro si ambos Gobiernos asi lo convienen. 13. Por lo demas, tambien se aplicaran al presente Acuerdo las disposiciones del arriba mencionado Convenio sobre Cooperacion Tecnica del 6 de junio de 1974. 14. El presente Acuerdo se concierta en MORDAZA y espanol, siendo ambos textos igualmente autenticos. En caso de que el Gobierno de la Republica del Peru se declare conforme con las propuestas contenidas en los parrafos 1 a 14, esta Nota y la Nota de respuesta de Vuestra Excelencia en la que conste la conformidad de su Gobierno constituiran un Acuerdo entre nuestros dos Gobiernos que entrara en MORDAZA en la fecha de su Nota de respuesta. Aprovecho la ocasion para reiterar a Vuestra Excelencia el testimonio de mi mas alta y distinguida consideracion. MORDAZA BEYER 0765

Articulo Tercero.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KUAN - VENG Director General de Aeronautica Civil GUIA DEL USUARIO PARTE II PERMISO DE VUELO DE AVIACION CIVIL CONTENIDO BASE LEGAL CONSIDERACIONES GENERALES TIPOS DE PERMISO DE VUELO DE AVIACION CIVIL TRAMITACION 4.1 REQUISITOS 4.2 PROCEDIMIENTO 4.3 FORMULARIO SUGERIDO

I. II. III. IV.

I. BASE LEGAL 1. Ley N° 27261 "Ley de Aeronautica Civil del Peru" 2. D.S. N° 050-2001-MTC "Reglamento de la Ley Aeronautica Civil del Peru" 3. Regulaciones Aeronauticas del Peru (RAP) II. CONSIDERACIONES GENERALES 1. Permiso de Vuelo es la autorizacion de caracter administrativo que la Direccion General de Aeronautica Civil (DGAC) otorga a un particular para la realizacion de vuelos de naturaleza esporadica, ocasional o eventual hasta por el plazo de un (1) ano, dentro o fuera de itinerario, o para el MORDAZA, ingreso o salida del territorio nacional, previa solicitud del interesado sustentando su pedido. 2. Permiso de Operacion es la autorizacion de caracter administrativo que la Direccion General de Aeronautica Civil (DGAC) otorga a personas naturales o juridicas, para realizar actividades de Aviacion Comercial o Aviacion General y puede tener una vigencia de hasta cuatro (4) anos. La informacion pertinente a los Permisos de Operacion esta disponible en la Guia al Usuario: Parte I "Procedimientos para Acceder al Permiso de Operacion de Aviacion Civil". 3. La DGAC puede otorgar permisos de vuelo para realizar actividades de Aviacion Comercial y Aviacion General a las personas naturales o juridicas peruanas o extranjeras, titulares de un Permiso de Operacion para Aviacion Comercial. 4. Los titulares de un Permiso de Operacion de Aviacion General solo pueden acceder a permisos de vuelo para esta clase de actividades. 5. Las personas naturales o juridicas extranjeras que no cuenten con Permiso de Operacion pueden operar en el territorio nacional, previo Permiso de Vuelo y por un plazo de hasta noventa (90) dias calendario, unicamente en los siguientes casos: a) Con fines de exploracion y/o estudios cientificos, siempre que la DGAC verifique que no se cuenta en el MORDAZA con aeronaves de similares caracteristicas acondicionadas y/o modificadas especialmente para tal fin. b) Con fines de apoyo civico; c) Con fines de turismo privado, de instruccion y de deportes; d) Con fines de demostracion. El plazo de noventa (90) dias puede ser prorrogado por unica vez por un plazo similar, previa MORDAZA de la documentacion sustentatoria pertinente. 6. Todas las solicitudes a las que se hace referencia en la presente parte de la Guia al Usuario tienen el caracter de Declaracion Jurada. 7. La DGAC dispone de 30 (treinta) dias habiles para resolver las solicitudes de permiso de vuelo. III. TIPOS DE PERMISO DE VUELO DE AVIACION CIVIL (De acuerdo a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil) 1. AVIACION COMERCIAL La Aviacion Comercial comprende el transporte aereo, el transporte aereo especial y el trabajo aereo. 1.1. SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO Traslado por via aerea a personas o cosas, de un punto de partida a otro de destino a cambio de una contraprestacion.

MTC
Aprueban texto de la Parte II de la Guia del Usuario "Permiso de Vuelo"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 202-2001-MTC/15.16 MORDAZA, 28 de diciembre del 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 024-2000-MTC/ 15.16 del 28 de enero de 2000, se aprobo la MORDAZA revision de la Guia del Usuario, cuya Parte II establece los requerimientos, requisitos y tramites que los operadores deben cumplir a fin de obtener los permisos de vuelo; Que, en el MORDAZA del MORDAZA permanente de revision, evaluacion y perfeccionamiento de la regulacion vigente, se ha revisado la Parte II de la Guia del Usuario "Permiso de Vuelo"; por lo que resulta necesario aprobar el MORDAZA texto con las modificaciones correspondientes a fin de que su cumplimiento sea obligatorio a nivel nacional; De conformidad con la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261, el Reglamento, Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, y estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion Aerea, Direccion de Seguridad Aerea y la Oficina de Asesoria Legal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el MORDAZA texto de la Parte II de la Guia del Usuario "Permiso de Vuelo", el cual forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Parte II de la Guia del Usuario correspondiente a "Permiso de Vuelo", aprobada por Resolucion Directoral Nº 024-2000-MTC/15.16.