Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 1998 (23/06/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 23 de junio de 1998

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA
Aprueban ordenanza que regula el sistema de transporte publico de pasajeros en la MORDAZA de Huancabamba
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013-MPH Huancabamba, 18 de junio de 1998 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA; POR CUANTO: El Concejo Provincial de Huancabamba, en Sesion Extraordinaria de la fecha, por MORDAZA mayoritario y con dispensa del tramite de aprobacion del acta, aprobo lo siguiente: ORDENANZA DE REORDENAMIENTO DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS Articulo Primero.- El objetivo de la presente Ordenanza es lograr el Reordenamiento del Sistema de Transporte Publico en la MORDAZA de Huancabamba, mediante el MORDAZA de senalizacion de las diferentes vias de acceso y ubicacion de los paraderos principales, de los vehiculos motorizados. Articulo Segundo.- Establecer como paradero obligatorio de llegada y salida de los vehiculos dedicados al transporte publico de pasajeros interprovincial, las instalaciones del Terminal Terrestre de Pasajeros de Huancabamba a fin de brindar comodidad y seguridad a los usuarios. Articulo Tercero.- Reubicar en las inmediaciones del Terminal Terrestre de Pasajeros de Huancabamba los paraderos para los vehiculos dedicados al Transporte Publico de Pasajeros de las diferentes rutas urbanas e interurbanas que recorren por la MORDAZA de Huancabamba. Articulo Cuarto.- Establecer que los recorridos de ingreso y salida a la MORDAZA de Huancabamba para los vehiculos dedicados al transporte publico de pasajeros, son: a) Entradas: 1.- MORDAZA HACIA EL TERMINAL TERRESTRE: - Calles: El MORDAZA, Arenal, MORDAZA, Av. Centenario, Terminal Terrestre y playa de estacionamiento. 2.- MORDAZA HACIA EL TERMINAL TERRESTRE: - Calles: El MORDAZA, MORDAZA, Union, Huascar, Av. Centenario y Terminal Terrestre. 3.- MORDAZA HACIA EL TERMINAL TERRESTRE: - MORDAZA Heroes del Cenepa, MORDAZA Dos de MORDAZA, Porvenir, Union, Huascar, Av. Centenario y Terminal Terrestre. b) Salidas: 1.- TERMINAL TERRESTRE, AVENIDA MORDAZA CASTILLA: - Av. Centenario, Gral. MORDAZA, Plaza de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, El MORDAZA y MORDAZA Castilla. 2.- TERMINAL TERRESTRE, EL MORDAZA, MORDAZA MORDAZA - Av. Centenario, MORDAZA MORDAZA, Arenal, El MORDAZA y MORDAZA Castilla. Articulo Quinto.- Establecer como zonas provisionales para estacionamiento de:

a) Vehiculos de transporte pesado y camiones de carga de cualquier tonelaje; el exterior del MORDAZA Municipal prolongacion Morropon 2da. cuadra. b) Vehiculos que venden fruta; la prolongacion MORDAZA Morropon, parte posterior del MORDAZA Municipal 1ra. y 2da. cuadra. Articulo Sexto.- Declarar zonas rigidas en la MORDAZA de Huancabamba, prohibiendo su uso no autorizado como paraderos y/o areas de estacionamiento vehicular motorizado: a) Todo el perimetro de la Plaza de MORDAZA, b) Toda la MORDAZA General MORDAZA, c) Toda la Av. Centenario, d) Toda la prolongacion de la Av. Centenario, e) Todo el perimetro del Terminal Terrestre de Pasajeros, f) Cuadras 3 y 4 de la MORDAZA Union, g) Cuadra 3 de la MORDAZA Huascar, h) Calles de entrada y salida al Terminal terrestre, que se indican en el Articulo cuarto. Articulo Septimo.- Prohibir bajo pena de sancion y multa: a) El uso no autorizado de la via publica como paraderos para transporte publico de pasajeros bajo cualquier modalidad; b) El uso de la via publica para efectuar labores de mecanica, soldaduras, planchado, MORDAZA de vehiculos y similares; c) El estacionamiento indefinido de vehiculos en desuso en la via publica; d) La circulacion de vehiculos dedicados al transporte publico de pasajeros interprovincial e interurbano por vias diferentes a las establecidas. e) Efectuar transporte publico de pasajeros sin autorizacion. Articulo Octavo.- Los vehiculos de carga utilizados en obras de construccion no estan comprendidos en los alcances de la presente Ordenanza, cuando esta cuente con la respectiva Licencia Municipal. Articulo Noveno.- Los taxis y mototaxis tienen MORDAZA libre por la MORDAZA, observando el cumplimiento de la presente Ordenanza. Debidamente organizados pueden solicitar se les habilite paraderos especiales. Articulo Decimo.- Derogar y dejar sin efecto a partir de la fecha todas las autorizaciones de paraderos provisionales, autorizando a la Direccion de Rentas a que proceda a las renovaciones y/o modificatorias que correspondan en un plazo MORDAZA de diez (10) dias calendario contados a partir de la presente fecha. Articulo Decimo Primero.- Establecer que el 1 de MORDAZA de 1998 entre oficialmente en funcionamiento el Terminal Terrestre de Pasajeros de Huancabamba. Articulo Decimo Segundo.- Encargar a la Direccion de Rentas observar el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza, autorizandole para que solicite el MORDAZA de la Policia Nacional del Peru, de ser necesario. Articulo Decimo Tercero.- Facultar para que, por Decreto de Alcaldia se disponga la modificatoria de la presente y se adopten las acciones necesarias para su mejor cumplimiento. Articulo Decimo Cuarto.- Derogar la Ordenanza Municipal Nº 002-96-MPH a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente. Articulo Decimo Quinto.- Modificar y dejar sin efecto en las partes que corresponda las normas municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Decimo Sexto.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6882