Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 1998 (23/06/1998)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

Pag. 1601004
9. Municipalidad Distrital de Salaverry.

NORMAS LEGALES
1996-1997 MORDAZA &. ASOCIADOS ENE/MAR.98 CC.PP. SOCIEDAD CIVIL. 1997 MORDAZA MORDAZA ENE/MAR.98 ASOCIADOS CC.PP. SOCIEDAD CIVIL. 1997 MORDAZA Y ASOCIADOS CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL. MORDAZA BROWN & ASOCIADOS

MORDAZA, martes 23 de junio de 1998

DENUNCIADO : AEROCONTINENTE S.A. (AEROCONTINENTE) MATERIA : PROTECCION AL CONSUMIDOR IDONEIDAD DEL SERVICIO FALTA DE INFORMACION GRADUACION DE LA SANCION PUBLICACION DE RESOLUCION CONDENATORIA ACTIVIDAD : TRANSPORTE POR VIA AEREA

10. Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA

11. Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA ­ SEMDACAJ 12. Instituto Nacional de Estadistica e Informatica ­INE/ Programa de Mejoramiento de las Encuestas de Condiciones de MORDAZA de MORDAZA Latina y El Caribe ­MECOVI-PERU ­BID. 13. Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento MORDAZA S.R. Ltda. 14. Empresa de Cine, Radio y Television Peruana S.A.

1997

1996-1997

MORDAZA MORDAZA CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL.

1997 MORDAZA, MORDAZA Y ENE/MAR.98 ASOCIADOS, CONTADORES PUBLICOS S.C. 1997 MORDAZA MORDAZA & ASOCIADOS CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y ASOCIADOS.

15. Departamento de los Fondos de Seguro de Retiro y Cesacion de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. 16. Consejo Transitorio de Administracion Regional Inka ­CTAR/RI; y Proyectos Especiales Regionales: Plan de Mejoramiento de Riego para la MORDAZA y MORDAZA ­ MERIS INKA, e Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente ­ IMA.

SUMILLA: Se confirma la Resolucion Nº 2 del 3 de diciembre de 1997 emitida por la Comision de Proteccion al Consumidor que declaro fundado el procedimiento tramitado de oficio contra Aerocontinente S.A., por infracciones a la Ley de Proteccion al Consumidor, multando a esta empresa con cuarenta (40) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), toda vez que la denunciada no brindo informacion adecuada ni oportuna a los pasajeros respecto de los retrasos, reprogramaciones, cancelaciones y restricciones de sus vuelos y su servicio no resultaba idoneo de acuerdo a lo que esperaria un consumidor razonable. Finalmente, por considerar que la presente resolucion es de importancia para proteger los derechos de los consumidores, se solicita al Directorio del INDECOPI su publicacion. MORDAZA, 15 de MORDAZA de 1998.

1997

Articulo Segundo.- Autorizar a las citadas entidades a contratar los servicios profesionales de las Sociedades de Auditoria designadas, dentro de las formalidades establecidas en las Bases del Concurso y en el Reglamento de Designacion de Sociedades de Auditoria, debiendo las entidades nombrar una Comision Especial que se encargue de cautelar el cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de las acciones de verificacion que lleve a cabo la Contraloria General. Articulo Tercero.- Declarar desierta la designacion de Sociedades de Auditoria para realizar cuatro (4) examenes a los estados financieros y otros aspectos de gestion de las entidades participantes en el Concurso Publico Nº 03-98-CG: Proyecto de Manejo de Recursos Naturales en la MORDAZA Sur ­ Prestamo Nº 386-PE, Proyecto Subsectorial de Irrigacion ­ PSI Prestamo Nº 4076-PE ­BIRF, Municipalidad Distrital San MORDAZA de Lurin y MORDAZA de Ahorros de MORDAZA en Liquidacion. Articulo Cuarto.- Encargar a la Unidad Normas Tecnicas la coordinacion y procedimientos pertinentes a aplicarse en la designacion de Sociedades de Auditoria. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CASO LAY Contralor General de la Republica 6874

I. ANTECEDENTES Mediante Informes Tecnicos Nº 005-97-S.P.T y Nº 007-97-S.P.T, el Servicio de Proteccion al Turista del INDECOPI -en adelante SPT- puso en conocimiento de la Comision diversos reclamos presentados contra la empresa Aerocontinente por presuntas infracciones a las normas de proteccion al consumidor cometidas con ocasion de diferentes vuelos llevados a cabo por esta empresa a distintos puntos del pais. Mediante Resolucion Nº 1 de fecha 14 de MORDAZA de 1997, la Comision inicio un procedimiento de oficio contra la mencionada aerolinea. Presentados los descargos correspondientes, por Resolucion Nº 2 del 3 de diciembre de 1997, la Comision declaro fundado el procedimiento tramitado de oficio contra Aerocontinente por infraccion a los Articulos 5º inciso b), 8º, 15º y 31º inciso VI del Decreto Legislativo Nº 716, Ley de Normas de Proteccion al Consumidor, sancionando a la referida empresa con una multa de cuarenta (40) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Dicha resolucion fue apelada por la denunciada y, en consecuencia, el expediente fue elevado a la Sala. Se desprende del expediente que entre los meses de noviembre de 1996 a enero de 1997, el SPT tomo conocimiento de 5 reclamos presentados contra Aerocontinente por pasajeros que tomaron el vuelo Nº 1069 del 3 de noviembre de 1996 que cubria la ruta Tarapoto-Lima, referidos al mal servicio y maltrato que dicha empresa les habia brindado. Por otro lado, durante los meses de diciembre de 1996 a marzo de 1997 el SPT recibio mas de 40 reclamos contra la misma aerolinea presentados por pasajeros que habian abordado o debian abordar diferentes vuelos de dicha empresa. Estos reclamos se sustentaban, principalmente, en el excesivo retraso de los vuelos, mal servicio y maltrato a los pasajeros, perdida de equipaje y retraso en la entrega, reprogramacion y cancelacion de los vuelos sin previo aviso, sobreventa de pasajes, salida MORDAZA de tiempo y falta de informacion sobre las restricciones de los boletos adquiridos con tarifa promocional (US$ 44,00).

INDECOPI
Sancionan a Aerocontinente S.A. con 40 UIT por infraccion a la Ley de Proteccion al Consumidor
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Sala de Defensa de la Competencia RESOLUCION Nº 0130-1998/TDC-INDECOPI EXPEDIENTE Nº 124-1997-CPC DENUNCIANTE : COMISION DE PROTECCION AL CONSUMIDOR (LA COMISION)