Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 1998 (23/06/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 23 de junio de 1998

MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora Ejecutiva de Registro Penitenciario, quien ejercio funciones a partir del mes de enero de 1993 al 11.NOV.95 y por ser de la misma naturaleza es conveniente su analisis simultaneo. Que, existen suficientes elementos de juicio que permiten establecer que la ex funcionaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha incumplido lo dispuesto en los Incs. a) y d) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276, faltas administrativas tipificadas en los Incs. a) y d) del Art. 28º del mismo dispositivo legal. Estando al Informe de la Comision Especial de Procesos Administrativos, a los Dictamenes Nº 181-97-INPE/ OGAJ y Nº 012-98-INPE/OGAJ y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos. De conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 26814, Decreto Legislativo Nº 276, su Reglamento el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, R.M Nº 077-93-JUS, modificada por R.M Nº 006-98-JUS y en uso de las facultades conferidas por R.M Nº 235-96-JUS. SE RESUELVE: Articulo 1º.- APERTURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO a la ex funcionaria Nivel F3 MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora Ejecutiva de la Oficina de Registro Penitenciario, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Que, MORDAZA de los actuados se remitan a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para el ejercicio de sus atribuciones. Articulo 3º.- La procesada puede presentar su descargo escrito y las pruebas convenientes a su defensa, conforme a Ley. Articulo 4º.- Notificar la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano para los efectos legales consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NAKANDAKARI KANASHIRO Presidente Comision Reorganizadora 6872 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISION REORGANIZADORA Nº 254-98-INPE/CR/P MORDAZA, 16 de junio de 1998 VISTO: El Informe Nº 019-98-INPE/CEPAD., de fecha 13 de MORDAZA de 1998, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del INPE. CONSIDERANDO: Que, mediante INFORME Nº 025-97-INPE/AG 14.OCT.97." AUDITORIA A LA DIRECCION REGIONAL NORTE-CHICLAYO" la Auditoria General del INPE informa las graves irregularidades en que habrian incurrido, entre otros, los ex funcionarios Nivel F-4 MORDAZA MORDAZA MORDAZA y RIMBERTO MORDAZA MORDAZA, ex Directores Regionales, Nivel F-2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA CARAMUTTI MORDAZA, ex Directores de Administracion, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director Regional y ex Director de Administracion, MORDAZA MORDAZA CAPUNAY, ex Jefe de la Unidad Financiera y Director de Administracion, Nivel F-2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Seguridad. Y los funcionarios Nivel F-4 MORDAZA IRIGOIN, MORDAZA Director Regional y Nivel F-1 JENNER MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Unidad de Personal. Que, el ex funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director Regional no atendio a cabalidad y en su oportunidad el requerimiento efectuado por la Directora de Tratamiento, pese a que era urgente la contratacion de profesionales para cubrir las necesidades de 22 Establecimientos Penitenciarios de la region con una poblacion de

4,366 a diciembre de 1996 y de 4,687 a MORDAZA de 1997 pese a existir presupuesto autorizado para servicios no personales-ejercicio 1996, ademas no se ejecuto S/. 63,944.00 nuevos soles, contratando solamente 4 profesionales y 7 tecnicos, conforme se evidencia de la R.D. Nº 140-97-INPE/ DRN; no dispuso adecuadamente la implementacion de los talleres de trabajo en los E.P. de su Region, ni las areas del Medio Libre y Ejecucion de penas limitativas de derechos. Se han determinado cantidades diferentes como resultado de la comparacion de veinte articulos seleccionados en una muestra en el inventario fisico al 31.DIC.96 con las existencias registradas a la misma fecha tanto en kardex como en bincard. De la evaluacion efectuada a la informacion proporcionada por los Directores de los Diferentes E.P. de la Region, se desprende que sus infraestructuras se encuentran deterioradas y podrian colapsar ante un desman natural, no adopto las acciones efectivas y/o coordinaciones con el Organo competente para prevenir las consecuencias del Fenomeno del MORDAZA, tal como se evidencia de la inspeccion efectuada al E.P.N de Rio Seco. Que, el ex funcionario MORDAZA CARAMUTTI MORDAZA, ex Director de Administracion no cumplio con eficiencia la administracion de los recursos humanos, materiales y financieros de la Direccion Regional Norte, autorizo pagos a las empresas MODA INTERNACIONAL COMERCIAL MORDAZA, NIMPREX por la compra de 1,908 colchones PARAISO MORDAZA PAE con fondos del Tesoro Publico Subcuenta 0019-97 existiendo una sobrevalorizacion de S/. 2,228.00 nuevos soles; asimismo, autorizo pagos a firmas inscritas en el Registro de Proveedores sin acreditar su documentacion sustentatoria, por el importe de S/. 25,909.95. Que, el Sr. MORDAZA MORDAZA CAPUNAY, Administrador de la Direccion Regional Norte y ex Jefe de la Unidad Financiera no cumplio con eficiencia la administracion de los recursos humanos, materiales y financieros de la Direccion Regional Norte, transgredio las normas establecidas en los sistemas administrativos, incumpliendo normas de tesoreria puesto que no dispuso la instalacion y trabajo efectivo de las Comisiones de conformidad a la Resolucion Directoral Nº 956-96-INPE/ OA, tampoco la actualizacion financiera contable y lineamiento tecnico legal; autorizo el giro y cobro de cheques de proveedores por S/. 12,222.50, quienes no cumplieron con los servicios, manteniendose en custodia S/. 9,531.10 al 15.AGO.97, fecha en que se realizo el arqueo; no adopto medidas correctivas ante el pago excesivo por consumo de energia electrica, como consecuencia de las instalaciones electricas clandestinas en diferentes E.P.S., tales como: E.P. El MORDAZA -Trujillo, en los periodos de ENE.96-JUN.97 se pago la suma de S/. 389,749.67 , de OCT.96-JUN.97 S/. 122,395.19, de OCT.-DIC.96 S/. 32,571-91 y de ENE-JUN.97 S/. 89,823.28; en el E.P.S Picsi en el periodo de ENE.96-JUN.97 e pago la suma de S/. 146,196.54, ENE.-DIC.96 S/. 90,440.09 y de ENEJUN.97 S/. 55,756.45 y en el E.P. de MORDAZA en el periodo de ENE.96-MAY.97 se pago la suma de S/. 121,157.94, DIC.96 S/. 77,595.84 y de ENE-MAY.97 S/. 43,562.10; autorizo pagos por llamadas telefonicas a numeros no oficiales por S/. 1,014.10 de MORDAZA a junio de 1997, evidenciandose falta de control para el uso racional de dicho servicio perjudicando los fondos del Estado, ya que de los numeros 231144 y 243956 de la Direccion Regional y el Numero 923488 del E.P.S. Huacaris-Cajamarca sumaron S/. 6,457.45, en la DRNCH de OCT.96JUN.97 se pago la suma de 1,943.54, en el EPS de MORDAZA de ENE.96-MAY.97 se pago S/. 4,513.00. En la existencia de articulos seleccionados en el inventario fisico al 31.DIC.96 comparadas con las registradas en la misma fecha, tanto en Kardex como en el Bincard respectivamente, presentan cantidades diferentes; Suscribio contrato para el pintado de la Sede Regional y E.P.S. de Mujeres de Chiclayo con el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien intervino por la Empresa MORDAZA SERVIS EIRL sin que acredite su transparencia e idoneidad, autorizando el pago de anticipo por S/. 7,000.00, recibiendo como garantia fotocopia simple del Titulo de Propiedad de un lote de terreno con direccion en la Av. Mexico Nº 745 del Pueblo Joven Astuparias, lugar donde no funciona esta ni otra empresa que preste servicios de pintado, los documentos presentados por la Empresa tienen fecha 22.JUL.97, el RUC Nº 35340688 a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex servidor del INPE,