Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2020 (27/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Jueves 27 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES
Y al Cuadro General de Áreas: DESCRIPCIÓN Área Total del Terreno (Área bruta) DESCRIPCIÓN Área Útil Área Cedida para Vías Área Aporte AREA (m2) 44,465.71 m2 AREA (m2) 30,984.92 m2 13,480.73 m2 5,988.69 m2

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Que, se pudo encontrar en el Expediente matriz, un Certificado Registral Inmobiliario, con Atención Nº101816012, de fecha 14 de noviembre del 2011, en donde se menciona lo siguiente: "Se deja constancia que en la presente partida se han aprobado los Proyectos de Habilitación Urbana y se han independizado de manera PROVISIONAL de la Mz A los lotes 1 al 37, de la Mz B los lotes 1 al 33 de la Mz D los lotes 1 al 27,de la Mz E los lotes del 1 al 9, de la Mz F los lotes 1 al 4, de la Mz G los lotes 1 al 13 y de la Mz H el lote 1", poniendo en evidencia que ya cuentan con la aprobación de la Habilitación urbana. Que, en uso del Acta de Calificación de la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas de la sesión de fecha 19 de abril de 2013, la comisión calificadora de Habilitaciones Urbanas Aprueba la Recepción de Obras a favor de la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA MÁRQUEZ DE VILLA, dictaminando PROYECTO CONFORME, con observaciones; Que, con fecha 12 de julio del 2013, la ASOCIACION DE VIVIENDA MARQUEZ DE VILLA, ingreso su levantamiento a las observaciones, planteadas por lo comisión en el párrafo anterior, quedando zanjado ese punto. Que, en virtud a lo antes mencionado, el administrado cumple con adjuntar a su expediente de Recepción de Obras con Variación, los requisitos establecidos en el Artículo 32º del del Reglamento de la Ley Nº 29090, y son los siguientes: - FUHU en tres (03) juegos originales, suscritos por el administrado. - Declaración Jurada del representante legal, así mismo adjunta la partida de la Vigencia de los miembros titulares de la Asociación. - Conformidad del Servicio Eléctrico, DPBT.1035357, emitido por la Empresa Luz del Sur. - CARTA Nº2404-2010-EPG-S de Recepción de Obras de agua potable y alcantarillado emitido por la empresa SEDAPAL. - Plano de Ubicación - Plano Perimétrico - Plano de replanteo de trazado y lotización. - Memoria descriptiva - Partida Nº 42176931 de SUNARP Zona Registral Nº IX Sede Lima Que, en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº27972; y conforme las disposiciones de la Ley 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, así como al amparo de lo dispuesto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, de la Corporación Edil y en la Ley 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, LA RECEPCIÓN DE OBRAS CON MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE LA HABILITACIÓN URBANA para Uso Residencial RDM, con un área neta de 44,465.71 m.2, ubicado en el Sub-lote A2-1B del Ex-fundo Márquez de Corpa del Distrito de Chorrillos, Provincia y Departamento de Lima, e inscrito en la Partida Nº 42176931 de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), a favor de la Asociación de Vivienda Márquez De Villa. Artículo Segundo.- El área de terreno materia de la Recepción de Obras con modificación de Habilitación Urbana corresponde a un área total de 44,465.71 m.2 distribuidos de la siguiente forma:
APORTES REGLAMENTARIOS % AREA DE APORTES Recreación Publica 8% 3,557.26 m2 Educación 2% 889.31 m2 Otros Fines 2% 889.31 m2 Parques Zonales (SERPAR) 1% 444.66 m2 redimido en dinero (*) PROYECTO 3,812.27 m2 899.19 m2 909.73 m2 367.50 m2

Artículo Tercero.- DISPONER, la inscripción registral a uso Residencial RDM el lote que conforma la Recepción de Obra con Modificación de Proyecto de Habilitación Urbana, que se aprueba de acuerdo a los planos; U-1 (ubicación), PP-01 (perimétrico) y PTL-01 (trazado y lotización), que forman parte de la presente resolución. Artículo Cuarto.- DISPONER que la ASOCIACION DE VIVIENDA MARQUEZ DE VILLA, efectúe la publicación de esta Resolución en el diario oficial El Peruano, en el plazo de 30 días contados a partir del día siguiente de notificado; sufragando los gastos a que hubiere lugar. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el cumplimiento de los artículos precedentes. Regístrese, comuniquese, cumplase y archívese. SILVIA ALICIA REATEGUI RAMIREZ Gerente de Desarrollo Urbano 1858803-1

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Aprueban el Reglamento de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Ejercicio Fiscal 2019
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 315-2020-MDC Cieneguilla, 14 de febrero del 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Nº 03-2020 de fecha 14 de febrero del 2020, Informe Nº 045-2020-MDC/GPP, suscrito por la Gerencia de Planificación y Presupuesto de fecha 06 de febrero del 2020, Informe Nº 016-2020MDC/GAJ de fecha 06 de febrero del 2020 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; sobre "ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA AUDIENCIA PUBLICA DE RENDICION DE CUENTAS DEL EJERCICIO FISCAL 2019 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA". CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades. La autonomía que la Constitución política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico Que, el Artículo 197º de la Constitución Política del Perú, establece que "las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el

TOTAL 13% 5,780.54 m2 5,988.69 m2 (*) El área de aportes reglamentario de Parques Zonales (SERPAR), serán redimidos en dinero.