Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2019 (06/05/2019)


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NORMAS LEGALES

Lunes 6 de mayo de 2019 /

El Peruano

la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; De conformidad con lo señalado por la Directiva 001-2017-CEPLAN/PCD, Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, aprobada mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD; la Guía para el Planeamiento Institucional, modificada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 016-2019/CEPLAN/PCD; el Decreto Legislativo N°1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, y en uso de las facultades otorgadas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2009-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Formalizar la aprobación del Plan Operativo Institucional Multianual 2020-2022 del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, el mismo que como anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer el cumplimiento del Plan Operativo Institucional Multianual 2020-2022 por todos los órganos del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­CEPLAN, bajo responsabilidad. Artículo 3°.- Disponer que la Oficina General de Administración gestione la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la publicación de su respectivo anexo en el portal institucional www.ceplan.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER EDMUNDO ABUGATTÁS FATULE Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN 1765883-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Designan Asesora de la Secretaría General de SUSALUD
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 65-2019-SUSALUD/S Lima, 3 de mayo de 2019 VISTOS: El Informe Nº 00298-2019/OGPER de fecha 02 mayo de 2019, de la Oficina General de Gestión de las Personas y el Informe Nº 00336-2019/OGAJ de fecha 02 de mayo de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1158, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 06 de diciembre de 2013, se disponen medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud por Superintendencia Nacional de Salud, constituyéndose como un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales, en concordancia con el numeral 2) del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, se

dispone que el personal de confianza está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 del Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, en cuanto al acceso a dicho régimen vía concurso público, pudiendo solo ser contratado para ocupar plazas orgánicas contenidas en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 021-2015-SUSALUD/S, publicada el 06 de febrero de 2015, se aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Superintendencia Nacional de Salud ­ SUSALUD, aprobado por Resolución Ministerial Nº 730-2014/ MINSA, documento de gestión que tiene previsto el cargo de confianza de Asesor de Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Salud, con el Nº de Orden 017/019, el Código Nº 134022, y clasificación EC; Que, a través del informe de vistos, la Oficina General de Gestión de las Personas efectuó la evaluación de compatibilidad del perfil del puesto de Asesor de la Secretaría General con el de la abogada Sandra Liliana Núñez Benavides, siendo que su perfil profesional es compatible con el perfil establecido en el Clasificador de Cargos de SUSALUD para ocupar dicha plaza; por lo que procede su designación como Asesora de la Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Salud, bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057; Que, de acuerdo al artículo 7 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza. Asimismo, de conformidad con los artículos 3 y 6 de la referida Ley, la designación de funcionarios en cargos de confianza se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad, y surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Con el visado del Secretario General, de la Directora General de la Oficina General de Gestión de las Personas y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud, y; Estando a lo dispuesto por el artículo 9 y los literales d), h) y t) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA, en concordancia con los numerales 4) y 7) del artículo 23 del Decreto Legislativo Nº 1158 y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR a la abogada SANDRA LILIANA NÚÑEZ BENAVIDES en el cargo de confianza de Asesora de la Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Salud, bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057. Artículo 2.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a la interesada para su conocimiento, y a la Oficina General de Gestión de las Personas para los fines correspondientes. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en la página web institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MANUEL ACOSTA SAAL Superintendente 1766137-3