Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2019 (06/05/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

20

NORMAS LEGALES

Lunes 6 de mayo de 2019 /

El Peruano

confianza de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, de conformidad con el artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú el Intendente Nacional es la más alta autoridad de la entidad, ejerce las funciones ejecutivas de dirección, es el titular del pliego y ejerce la representación legal de la entidad, tiene entre sus funciones ejecutivas de dirección, es el titular del pliego y ejerce la representación legal de la entidad, tiene entre sus funciones aprobar y emitir las disposiciones normativas que le corresponda, así como emitir resoluciones de intendencia en el ámbito de su competencia; Que, en uso de sus facultades de las que está investido el Representante Legal de la Intendencia de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 1260 y, en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0252017-IN; y, con el visto bueno de la Unidad de Recursos Humanos, la Oficina de Administración y la Gerencia General de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDA la designación del Abogado LUIS ALBERTO LEZAMA BEDOYA, en el cargo de confianza de Director de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución, debiendo proceder a la entrega de cargo conforme a las normas de orden administrativo. Artículo 2º.- DAR POR CONCLUIDA la designación de la señora RISSY PAOLA CALDERÓN ZEVALLOS, en el cargo de confianza de Directora de Gestión de Recursos para la Operatividad de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución, debiendo proceder a la entrega de cargo conforme a las normas de orden administrativo. Artículo 3º.- DAR POR CONCLUIDA la designación del Licenciado EDGAR ALEJANDRO PISCOYA AGRAMONTE, en el cargo de confianza de Asesor de la Gerencia General de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución, debiendo proceder a la entrega de cargo conforme a las normas de orden administrativo; Artículo 4º.- DESIGNAR a partir de la fecha al Abogado LUIS ALBERTO LEZAMA BEDOYA, en el cargo de confianza de Asesor de la Jefatura de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú. Artículo 5º.- DESIGNAR a partir de la fecha a la señora RISSY PAOLA CALDERÓN ZEVALLOS, en el cargo de confianza de Asesora de la Dirección de Políticas, Normatividad y Regulación de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú. Artículo 6º.- DESIGNAR a partir de la fecha a la Abogada KATHERINE ESTEFANY SALINAS NAVARRO, en el cargo de confianza de Asesora de Gerencia General; y a su vez, ENCARGAR, a partir de la fecha, el cargo de confianza de Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, en adición a sus funciones. Artículo 7º.- ENCARGAR al Ing. WALTER WILLIAM FERNANDEZ PARDO, Sub Director de la Sub Dirección de Gestión de Recursos Materiales y Mantenimiento, en el cargo de confianza de Director de la Dirección de Gestión de Recursos para la Operatividad de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, en adición a sus funciones. Artículo 8º.- DISPONER, que la Unidad de Recursos Humanos de la INBP realice las acciones necesarias para la contratación de los funcionarios designados, conforme lo establece el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057.

Artículo 9º.- DISPONER, que la Oficina de Comunicación Social realice la publicación de la presente Resolución en el Portal de la página web de la entidad (www.inbp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CHARLES E. HALLENBECK FUENTES Intendente Nacional (e) 1766231-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO
Formalizan aprobación de la extensión del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN al periodo 2018-2022
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 00019-2019/CEPLAN/PCD Lima, 30 de abril de 2019 VISTO: El Proveído N° D000633-2019-CEPLANDE de la Dirección Ejecutiva, el Informe N° D0000272019-CEPLAN-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº D000060-2019-CEPLANOAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088 se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho sistema, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158, señala en el artículo 34° que todo organismo público debe contar con un Plan Estratégico Institucional - PEI; Que, la Política General del CEPLAN, aprobada por el Consejo Directivo del CEPLAN en su Centésima Duodécima Sesión Ordinaria de fecha 24 de noviembre de 2016, consiste en el conjunto de lineamientos y normas para orientar y supervisar las actividades de la entidad, resguardando el ejercicio técnico, ético y oportuno de sus funciones, siendo su ámbito de aplicación, entre otros, el planeamiento institucional y la administración necesarios, incluyendo los procesos de todos los sistemas administrativos; Que, de conformidad con el literal d) del numeral 7.2 del artículo 7° de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/ PCD, Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, aprobada mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2017/ CEPLAN/PCD, las políticas institucionales se concretan en los planes estratégicos institucionales (PEI) y los planes operativos institucionales (POI);