Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2019 (06/05/2019)


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NORMAS LEGALES

Lunes 6 de mayo de 2019 /

El Peruano

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionaria diplomática a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0311/RE-2019 Lima, 2 de mayo de 2019 CONSIDERANDO: Que, la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), ha convocado al 65° Período Ordinario de Sesiones de la CICAD, que se realizará en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 8 al 10 de mayo de 2019; Que, en la citada reunión, se abordarán importantes temas como los informes nacionales de evaluación de la séptima ronda del Mecanismo de Evaluación Multilateral (MEM), el informe sobre el consumo de drogas en las Américas 2019, la evaluación de las dinámicas del narcotráfico, enfoque local en programas de prevención del consumo de drogas, evidencia científica para el uso de medicinas basadas en cannabinoides, esfuerzos regionales por implementar y dar seguimiento a las recomendaciones operativas de UNGASS, respuestas innovadoras para tendencias emergentes en la región, respuestas legislativas ante las nuevas tendencias del problema de las drogas incluidas las Nuevas Sustancias Psicoactivas (NSP) en la región, la implementación de alternativas al encarcelamiento, la extinción del dominio, la administración de bienes decomisados y otros mecanismos; y las políticas de drogas y su implementación, entre otros asuntos; Que, se estima importante la participación de la Directora de Control de Drogas de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, en el 65° Período de Sesiones de la CICAD, con el objetivo de asegurar un seguimiento político y diplomático eficaz de los trabajos y decisiones que se adopten y de la protección de la posición del Perú en los diversos asuntos relativos al Problema Mundial de las Drogas (PMD) y al Tráfico Ilícito de Drogas (TID) y delitos conexos, que serán abordados en esta significativa reunión internacional de carácter hemisférico; La Hoja de Trámite (GAC) N.° 692 del Despacho Viceministerial, de 24 de abril de 2019; y los memoranda (DGM) N.° DGM00201/2019, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 22 de abril de 2019, y (OPR) N.° OPR00106/2019 de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 25 de abril de 2019, que otorga la certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 1352010-RE; la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y sus modificatorias; y, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República María Cecilia Rozas Ponce de León, Directora de Control de Drogas de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 8 al 10 de mayo de 2019, para participar en el 65° Período Ordinario de Sesiones de la Comisión Internacional para el Control del Abuso de Drogas (CICAD). Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos

por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137176 Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos María Cecilia Rozas Ponce de León Pasajes aéreos Clase Económica US$ 850.00 Viáticos por día US$ 370.00 Número de Total viáticos días US$ 3 1,110.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, la citada funcionaria diplomática deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1765960-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Decreto Supremo que incorpora los artículos 19, 20 y 21 al Decreto Supremo N° 004-97-TR, Reglamento de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios
DECRETO SUPREMO Nº 005-2019-TR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y modificatorias, este Ministerio es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo y ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales, entre otras, en materia sociolaboral; Que, de conformidad con el numeral 5.2 del artículo 5 de la mencionada ley, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo dicta normas y lineamientos técnicos para el otorgamiento y reconocimiento, entre otros, sobre derechos en las materias de su competencia; Que, el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-97-TR, y modificatorias, establece que para el retiro de los depósitos efectuados de la compensación por tiempo de servicios y sus intereses, el empleador entregará al trabajador una certificación de cese, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de producido este hecho; Que, asimismo, el artículo 46 de la misma norma dispone que en caso de negativa injustificada, demora del empleador o abandono de la empresa por sus titulares, o cualquier otro caso en que se acredite la imposibilidad del otorgamiento de la constancia de cese dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de producido el mismo, dará lugar a que, acreditado el cese la Autoridad Inspectiva