Norma Legal Oficial del día 30 de julio del año 2019 (30/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Martes 30 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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f) Tardanzas reiteradas, consideradas como tales la existencia de 5 tardanzas no justificadas dentro de un mes. g) La no presentación o presentación fuera de plazo de la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y rentas. h) Ausencia injustificada en el puesto de trabajo hasta en tres (03) oportunidades en el lapso de un trimestre." Artículo 2.- Aprobar la modificación del Anexo Nº 1 "Listado para el Uso de la Papeleta Electrónica y el Memorándum Electrónico", el cual se adjunta a la presente Resolución. Artículo 3.- Aprobar la incorporación del Anexo Nº 3 "Acuerdo de Descanso Vacacional Remunerado", el cual se adjunta a la presente Resolución. Artículo 4.- Eliminar el literal g) La licencia a cuenta del período vacacional del numeral 9.1.1. Licencias con Goce de Remuneración del Capítulo IX; el quinto párrafo del numeral 10.1.1. La Comisión de Servicios del numeral 10.1. Desplazamiento del Capítulo X Desplazamiento y el numeral 12.5 Faltas que determinan la aplicación de sanción disciplinaria del Capítulo XII Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador del Reglamento Interno de Servidores Civiles del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Artículo 5.- Dejar subsistentes los demás extremos del Reglamento Interno de Servidores Civiles del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Artículo 6.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría General en el Diario Oficial El Peruano, así como la publicación de la misma y sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.

de la República señala que los funcionarios del Servicio Diplomático desempeñan funciones indistintamente, entre otras dependencias, en la Cancillería, conforme a los objetivos de la política exterior; De conformidad con la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y sus modificatorias; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; la Ley N° 30154, Ley que regula un procedimiento especial de contratación para la realización en el Perú de Transmisiones del Mando Supremo y de Cumbres Internacionales Declaradas de Interés Nacional, y sus eventos conexos, que cuenten con la participación de Jefes de Estado, Jefes de Gobierno, Altos Dignatarios y Comisionados; la Resolución Suprema N.° 119-2019RE; y el Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al Ministro en el Servicio Diplomático de la República, José Eduardo Zeballos Valle, Director de América del Sur, de la Dirección General de América, como representante titular del Ministerio de Relaciones Exteriores, para la realización del Encuentro Presidencial y V Gabinete Binacional de Ministros PerúColombia, así como sus actividades y eventos conexos. Artículo 2.- Designar al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Diego Rodrigo Beleván Tamayo, Subdirector de Países Andinos de la Dirección de América del Sur, de la Dirección General de América, como representante alterno del Ministerio de Relaciones Exteriores, para la realización del Encuentro Presidencial y V Gabinete Binacional de Ministros PerúColombia, así como sus actividades y eventos conexos. Regístrese, comuníquese y publíquese.

SILVANA PATRICIA ELIAS NARANJO Secretaria General 1792806-1

NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1792750-1

RELACIONES EXTERIORES
Designan representantes titular y alterno del Ministerio para la realización del Encuentro Presidencial y V Gabinete Binacional de Ministros Perú - Colombia, así como sus actividades y eventos conexos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0518/RE-2019 Lima, 25 de julio de 2019 VISTA: La Resolución Suprema N° 119-2019-RE, publicada el 12 de julio de 2019, que declara de interés nacional el Encuentro Presidencial y V Gabinete Binacional de Ministros Perú-Colombia; CONSIDERANDO: Que, el Encuentro Presidencial y V Gabinete Binacional de Ministros Perú ­ Colombia, así como sus actividades y eventos conexos, se llevarán a cabo en la ciudad de Pucallpa, Departamento de Ucayali, el 26 y 27 de agosto de 2019; Que, en ese sentido, resulta necesario designar a los representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, para la realización del Encuentro Presidencial y V Gabinete Binacional de Ministros Perú-Colombia, así como sus actividades y eventos conexos; Que, el artículo 62° del Decreto Supremo N.° 1302003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático

SALUD
Autorizan viajes de profesionales de la DIGEMID a Chile, Colombia, la India y Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 684-2019/MINSA Lima, 25 de julio del 2019 Vistos, los Expedientes N°s 19-039588-001 y 19039588-003 que contienen la Nota Informativa N° 346-2019-DIGEMID-DG-DICER-UFLAB-AICLAB/MINSA, emitida por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 de la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, establece que la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable de proponer políticas, y dentro de su ámbito, normar, regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar, auditar, certificar y acreditar en temas relacionados a lo establecido en la referida Ley implementando un sistema de administración eficiente sustentado en estándares internacionales; Que, el artículo 11 de la acotada Ley señala que el Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura, emitido por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID como Autoridad Nacional