Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2017 (07/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Martes 7 de febrero de 2017 /

El Peruano

provincia y departamento de Huancavelica, debido a que se declaró la vacancia de Roberto Carlos Ccente Antonio, alcalde de dicha comuna, por la causal de fallecimiento prevista en el artículo 22, numeral 1 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES En sesión extraordinaria de fecha 02 de enero de 2017 (fojas 7 y 8), el Concejo Distrital de Nuevo Occoro, provincia y departamento de Huancavelica declaró la vacancia del alcalde distrital Roberto Carlos Ccente Antonio, por la causal de fallecimiento prevista en el artículo 22, numeral 1 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM). Dicha decisión se materializó en el Acuerdo de Concejo Nº 001-2017-CMNO de la misma fecha (fojas 7 y 8). En tal sentido, mediante escrito ingresado el 06 de enero de 2017, el primer regidor Alberto Gonzales Ortega solicitó la convocatoria de candidato no proclamado y adjuntó, entre otros documentos, el acta de defunción del alcalde municipal (fojas 6), así como el original del comprobante de pago de la respectiva tasa electoral (fojas 4). CONSIDERANDOS 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 9, numeral 10 concordante con el artículo 23 de la LOM, el concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. Sin embargo, la Resolución Nº 539-2013-JNE también ha considerado que no solo resultaría contrario a los principios de economía y celeridad procesal y de verdad material, sino atentatorio de la propia gobernabilidad de las entidades municipales, que en aquellos casos en los que se tramite un procedimiento de declaratoria de vacancia en virtud de la causal de fallecimiento de la autoridad municipal, tenga que esperarse el transcurso del plazo para la interposición de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte quede consentido y, recién en ese escenario, el Jurado Nacional de Elecciones pueda convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos. 3. En el presente caso, en vista de que está acreditada la causal de vacancia contemplada en el artículo 22, numeral 1 de la LOM, mediante el acta de defunción, debe dejarse sin efecto la credencial otorgada al alcalde distrital y convocar al suplente, de conformidad con el artículo 24 de la LOM, que establece que en caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, quien es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. En el caso del teniente alcalde, lo reemplaza el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral y, finalmente, en caso de los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su lista electoral, y en el supuesto de que no haya suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, que deben ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio. 4. Por consiguiente, corresponde convocar a Alberto Gonzales Ortega, identificado con DNI Nº 09318170, para que asuma el cargo de alcalde, conforme al orden de los resultados electorales remitidos por el Jurado Electoral Especial de Huancavelica, con motivo de las elecciones regionales y municipales del año 2014. 5. Asimismo, con el objetivo de completar la conformación del concejo distrital, se debe convocar a Yovana Ccente Antonio, identificada con DNI Nº 71819490, del partido político Movimiento Regional Movimiento Independiente de Campesinos y Profesionales, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Nuevo Occoro, provincia y departamento de Huancavelica. Dicha convocatoria se realiza de conformidad con el acta de proclamación de resultados de fecha 05 de noviembre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huancavelica.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Roberto Carlos Ccente Antonio, como alcalde de la Municipalidad Distrital de Nuevo Occoro, provincia y departamento de Huancavelica, emitida con motivo de las elecciones regionales y municipales del año 2014, por la causal de fallecimiento establecida en el artículo 22, numeral 1 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Alberto Gonzales Ortega, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Nuevo Occoro, provincia y departamento de Huancavelica, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018, para lo cual se le entregará la respectiva credencial que lo acredite como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Yovana Ccente Antonio identificada con DNI Nº 71819490, para que asuma el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Nuevo Occoro, provincia y departamento de Huancavelica, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018, para lo cual se le entregará la respectiva credencial que la acredite como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1482520-4

Aceptan renuncia de secretario general del Jurado Nacional de Elecciones
RESOLUCIÓN Nº 0051-2017-JNE Lima, veintiséis de enero de dos mil diecisiete VISTA la renuncia del abogado Michell Samaniego Monzón al cargo de secretario general del Jurado Nacional de Elecciones, presentada el 13 de enero de 2017. CONSIDERANDOS De conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, este organismo electoral cuenta con un secretario general que, en ejercicio de sus funciones, coadyuva en las labores jurisdiccionales de este Colegiado, actúa como fedatario de los acuerdos adoptados y tiene a su cargo la agenda del Pleno. Así, mediante Resolución Nº 333-2013-JNE, de fecha 24 de abril de 2013, se designó al abogado Michell Samaniego Monzón en el cargo de secretario general del Jurado Nacional de Elecciones, a partir del 25 de abril de 2013. Con fecha 13 de enero de 2017, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo de secretario general del Jurado Nacional de Elecciones. Al respecto, el numeral 6 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por Resolución Nº 601-2010-JNE y modificado por las Resoluciones Nº 0738-2011-JNE, Nº 122-2012-JNE, Nº 159-2012-JNE, Nº 873-2012-JNE y Nº 001-2016-JNE, establece que son funciones del Pleno