Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2017 (07/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Martes 7 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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de Salud y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declárese póstumamente como "Héroes de la Salud Pública" al médico cirujano LUIS JUAN MONTALVO HEREDIA y al señor JESÚS AGUIRRE SALGUEDO, por su valeroso y destacado comportamiento en las actuaciones realizadas por el Sector Salud en el marco del Estado de Emergencia declarado por Decreto Supremo Nº 007-2017-PCM. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución Ministerial a los deudos del médico cirujano LUIS JUAN MONTALVO HEREDIA y del señor JESÚS AGUIRRE SALGUEDO, así como al Gobierno Regional de Lima y a su Dirección Regional de Salud. Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Salud efectuar el seguimiento de las acciones de personal y otras que correspondan como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/index.asp?op=115. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1482715-7

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Autorizan al Programa Mejoramiento Integral de Barrios a realizar intervenciones especiales y el financiamiento por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento del costo de obra y supervisión de un proyecto de inversión pública
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 042-2017-VIVIENDA Lima, 6 de febrero de 2017 VISTO, el Informe Nº 019-2017-VIVIENDA/VMVUPMIB del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, y el Memorando Nº 177-2017-VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se establece que este Ministerio tiene por finalidad, normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; que es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia; y que tiene, entre otras competencias exclusivas, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales así como la gestión de los recursos del Sector; Que, por Decreto Supremo Nº 004-2012-VIVIENDA, modificado por los Decretos Supremos Nº 001-2013-VIVIENDA y Nº 021-2014-VIVIENDA, se crea el Programa Mejoramiento Integral de Barrios - PMIB en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, con el propósito de contribuir a mejorar la calidad de vida de la población urbana, mediante la actuación coordinada y concurrente del MVCS, los Gobiernos Locales y la Comunidad Barrial; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 004-2012-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 021-2014-VIVIENDA, dispone que los ámbitos de intervención del PMIB serán los barrios urbanos en distritos de más de 2,000 habitantes, pudiendo autorizar por excepción, mediante Resolución Ministerial, la realización de intervenciones en los distritos cuya población sea menor a 2,000 habitantes, ubicados en el ámbito urbano o rural; y señala en el numeral 3.2, que por excepción, aprobada en norma expresa, se podrán realizar intervenciones especiales de manera directa, según los requisitos y condiciones establecidos en el Manual de Operaciones del PMIB, en adelante el MOP del PMIB; Que, el artículo 7 del Manual de Operaciones MOP del PMIB, aprobado por Resolución Ministerial Nº 022-2013-VIVIENDA, modificado por las Resoluciones Ministeriales Nº 149-2013-VIVIENDA, Nº 159-2014-VIVIENDA y Nºs. 112 y 137-2015-VIVIENDA, establece que, por excepción aprobada con norma expresa se pueden realizar intervenciones especiales de manera directa, en barrios urbanos ubicados en territorios afectados por fenómenos naturales o caracterizados por altos niveles de pobreza, o por motivaciones sociales; Que, el artículo 34 del MOP del PMIB, dispone que la Comisión de Calificación tiene como función, entre otras, evaluar y calificar las intervenciones especiales según criterios de elegibilidad y priorización; asimismo, el numeral 39.7 del artículo 39 del MOP del PMIB establece, respecto al financiamiento para intervenciones especiales, que se puede disponer parte de los recursos asignados

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Designan Director de la Oficina de Personal de la Oficina General de Administración del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 046-2017 MTC/01.04 Lima, 6 de febrero de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 088-2015MTC/01, se designó al señor Eduardo Jaime Alfaro Esparza, en el cargo público de confianza de Director de la Oficina de Personal de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo, por lo que corresponde aceptar la renuncia; y designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370, la Ley Nº 27594, la Ley Nº 29158 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Eduardo Jaime Alfaro Esparza al cargo de confianza de Director de la Oficina de Personal de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Stalin Elizalde Zeballos Rodríguez, en el cargo público de confianza de Director de la Oficina de Personal de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 1482782-1