Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2017 (07/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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MATERIA DELEGADA Aprobar contrataciones directas salvo en los supuestos indicados en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley.

NORMAS LEGALES
APROBACIÓN DE CONTRATACIONES DIRECTAS CARGO DEL FUNCIONARIO que aprueba: Secretario/a General, o quien haga sus veces.

Martes 7 de febrero de 2017 /

El Peruano

APROBACIÓN DE LIQUIDACIÓN DE CONTRATOS DE CONSULTORÍA DE OBRA Y DE EJECUCIÓN DE OBRA MATERIA DELEGADA CARGO DEL FUNCIONARIO que aprueba:

Aprobar, suscribir u observar las Jefe/a de la Oficina de Administración, liquidaciones de consultorías de obras o quien haga sus veces. y ejecución de obras

Artículo Tercero.- Delegar en la Secretaría General de PERÚ COMPRAS, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, que incluye sus anexos. Artículo Cuarto.- Delegar en el/la Jefe/a de la Oficina de Administración de PERÚ COMPRAS, la facultad de representar a PERÚ COMPRAS ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria SUNAT y suscribir documentos, oficios y escritos ante esta Entidad, en el marco de su competencia. Artículo Quinto.- Disponer que las delegaciones previstas por la presente resolución son indelegables, y comprende las facultades de decidir dentro de las limitaciones establecidas en la Ley; más no la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones legales vigentes establecidas para tal caso. Artículo Sexto.- Precisar que corresponde a la Oficina de Administración, la suscripción de los contratos derivados de la aplicación de la Ley Nº 30225 y sus normas reglamentarias, modificatorias y complementarias. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE Jefa (e) de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS 1482470-1

la Dirección de Educación Rural, proporciona asistencia técnica, evalúa y oficializa las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del país. Asimismo, el numeral 2 del referido artículo precisa que las entidades públicas emplean versiones uniformizadas de las lenguas originarias en todos los documentos oficiales que formulan o publican; Que, el artículo 30 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 0112012-ED, señala que para garantizar el derecho de las poblaciones con lenguas originarias a una educación bilingüe acorde con su cultura y lengua, se debe, entre otros, oficializar las reglas de escritura uniforme, en concordancia con la Ley N° 29735; Que, el apartado A del numeral 6.1.2 de la Norma Técnica denominada "Procesos para la normalización de las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del Perú", aprobada por Resolución Viceministerial N° 027-2015-MINEDU, señala que los alfabetos se oficializan mediante Resolución Directoral de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe y que la oficialidad de los alfabetos se reconoce mediante Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Directoral N° 001-2017-MINEDU/VMGP/DIGEIBIRA/DEIB, la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe oficializó el alfabeto de la lengua originaria kawki, el mismo que comprende treinta y nueve (39) grafías; Que, a través del Informe N° 011-2017-MINEDU/ VMGP/DIGEIBIRA la Directora General de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural sustenta la importancia de reconocer la oficialidad del alfabeto de la lengua originaria kawki mediante Resolución Ministerial; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Norma Técnica denominada "Procesos para la normalización de las reglas de escritura uniforme de las lenguas originarias del Perú", aprobada por Resolución Viceministerial N° 027-2015-MINEDU; SE RESUELVE:

EDUCACION
Reconocen la oficialidad del alfabeto de la lengua originaria kawki, realizada mediante R.D. N° 001-2017-MINEDU/VMGP/ DIGEIBIRA/DEIB
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 106-2017-MINEDU Lima, 6 de febrero de 2017 Vistos; el Expediente N° 04498-2017, el Informe N° 072-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el literal f) del artículo 8 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece como uno de los principios en los que se sustenta la educación, la interculturalidad, que asume como riqueza la diversidad cultural, étnica y lingüística del país, y encuentra en el reconocimiento y respeto a las diferencias, así como en el mutuo conocimiento y actitud de aprendizaje del otro, sustento para la convivencia armónica y el intercambio entre las diversas culturas del mundo; Que, el numeral 1 del artículo 21 de la Ley Nº 29735, Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú, señala que el Ministerio de Educación, a través de la Dirección de Educación Intercultural y Bilingüe y

Artículo Único.- RECONOCER la oficialidad del alfabeto de la lengua originaria kawki, realizada mediante Resolución Directoral N° 001-2017-MINEDU/VMGP/ DIGEIBIRA/DEIB, conforme a las siguientes treinta y nueve (39) grafías:
a ch chh ch' cx cxh cx' i p' q qh q' r s j k kh k' l ll m n ñ nh p ph w y

sh t th t' ty tyh ty' ts tsh ts' u

Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1482747-1

INTERIOR
Autorizan viaje de personal policial a Chile, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 047-2017-IN Lima, 2 de febrero de 2017 VISTOS; la Carta, de fecha 24 de junio de 2016, de la Secretaria Ejecutiva del Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas Extranjeras (CECIPU); y, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 14-2017-DG PNP/DIRASINT-DB, de fecha