Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2016 (22/06/2016)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Miércoles 22 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

590301

Artículo 2 .- Designar al señor Saúl Yuri Romero Bonilla, funcionario de la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, como Coordinador del Centro de Operaciones de Emergencia Sectorial - COES del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3.- El Coordinador designado por el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, desempeñara sus funciones de acuerdo a las disposiciones establecidas en los "Lineamientos para la Organización y Funcionamiento de los Centros de Operaciones de Emergencia ­ COE", aprobados por la Resolución Ministerial N° 059-2015PCM. Artículo 4.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al señor Saúl Yuri Romero Bonilla, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1394837-1

Aprueban renovación de autorizaciones otorgadas a la Asociación Cultural Bethel, para continuar prestando el servicio de radiodifusión sonora educativa en diversas localidades de los departamentos de Junín y Lima
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 841-2016-MTC/03 Lima, 1 de junio de 2016 VISTO, el escrito de registro Nº 2011-022465 del 18 de mayo de 2011, mediante el cual la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, solicita la renovación de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 1115-2001-MTC/15.03; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 11152001-MTC/15.03 del 21 de diciembre de 2001, se otorgó autorización al señor JOSE ANTONIO ARBULU SOTO, por el plazo de diez (10) años, que incluyó un periodo de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Jauja, departamento de Junín; con vencimiento de su plazo de vigencia al 25 de febrero de 2012; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 4692007-MTC/03 del 10 de agosto de 2007, se declaró aprobada la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 1115-2001-MTC/15.03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, a favor de la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, reconociéndola como su nueva titular; Que, por Resolución Directoral Nº 0741-2007-MTC/28 del 18 de diciembre de 2007, se aprobó la modificación de la finalidad del servicio de radiodifusión de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 1115-2001MTC/15.03, de comercial a educativa; Que, con escrito de visto, la ASOCIACION CULTURAL BETHEL solicitó la renovación de la autorización otorgada con Resolución Viceministerial Nº 1115-2001-MTC/15.03; Que, el artículo 15 de la Ley de Radio y Televisión Ley Nº 28278, concordado con los artículos 21 y 67 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establecen que el plazo máximo de vigencia de una autorización es de diez (10) años, renovable por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los artículos 69 y 71 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovación

de autorizaciones otorgadas para prestar el servicio de radiodifusión; Que, el artículo 19 de la Ley de Radio y Televisión establece, entre otros, que el plazo máximo para resolver las solicitudes de renovación es de ciento veinte (120) días; procedimiento que se encuentra sujeto al silencio administrativo positivo, conforme a lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; Que, la Ley del Silencio Administrativo ­ Ley Nº 29060, modificada con Decreto Legislativo Nº 1029, en su artículo 2 señala que los procedimientos administrativos, sujetos al silencio administrativo positivo, se consideran automáticamente aprobados, si vencido el plazo establecido o máximo, no se hubiere emitido pronunciamiento expreso; Que, por Resolución Viceministerial Nº 109-2004MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM), para las localidades del departamento de Junín, entre las cuales se encuentra la localidad de Jauja, la misma que incluye al distrito y provincia de Jauja; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 0798-2016MTC/28 opina que quedó aprobada al 12 de noviembre de 2011, en virtud del silencio administrativo positivo, la renovación de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 1115-2001-MTC/15.03 a la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, al haber transcurrido el plazo máximo del procedimiento de renovación de la autorización y no haberse emitido pronunciamiento expreso, conforme a lo establecido en la Ley Nº 29060; debiendo expedirse la resolución correspondiente; verificándose el cumplimiento de los requisitos y de las condiciones para la renovación establecidas en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley del Silencio Administrativo Positivo ­ Ley Nº 29060; la Ley de Radio y Televisión ­ Ley Nº 28278 y sus modificatorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias; el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de Jauja, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 109-2004MTC/03 y sus modificatorias; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar aprobada al 12 de noviembre de 2011, en virtud del silencio administrativo positivo, la renovación de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 1115-2001-MTC/15.03, a la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, para continuar prestando el servicio de radiodifusión sonora educativa en la localidad de Jauja, departamento de Junín. Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refiere el artículo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) años; en consecuencia, vencerá el 25 de febrero de 2022. Artículo 3º.- Dentro de los sesenta (60) días de notificada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de renovación y debe haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, se procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 71 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 4º.- La titular de la autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones